Representación proporcional en México

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En México, la Representación Proporcional es el principio establecido por la Constitución Política para elegir a 200 Diputados Federales mediante un sistema de cinco listas regionales en que se divide la República y a 32 Senadores de una única lista. Este concepto aparece por primera ocasión en México con motivo de las Reforma Política de diciembre de 1977 para el caso de los diputados y en agosto de 1996 para el caso de los senadores.

En este sistema, cada partido político lista a 200 ciudadanos para acceder a las diputaciones según este principio, de donde, dependiendo del número de votos que en total haya obtenido el partido a nivel nacional, tendrá derecho a una cantidad de diputados federales que proporcionalmente le corresponda según un complicado cálculo aritmético. Una vez determinada la cantidad de diputados, se procederá a designarlos a partir del primero que aparezca en cada lista y hasta que se agote el total de diputados que le correspondan al partido político.

En el caso de los Senadores, a partir de la Reforma Política de agosto de 1996, cada partido elabora su lista de 32 ciudadanos, uno por cada estado de la federación, para que una vez concluida la elección se asignen las senadurías mediante el mecanismo establecido en la ley reglamentaria.

Antecedente

Los Diputados Federales según este principio, substituyeron a los Diputados de Partido que, conforme a la Reforma constitucional de junio de 1963, eran electos por riguroso orden del porcentaje de votos entre los candidatos a diputados del mismo partido, que hubieran sido derrotados en su Distrito Electoral, siempre y cuando el partido lograra al menos el dos por ciento de la votación total y no ganara más de veinte distritos.

Este sistema reconocía que algún candidato podía perder con un número pequeño de votos, pero que, al mismo tiempo, podía obtener más votos que otros candidatos, incluso ganadores, en consecuencia y tomando en cuenta que la Cámara de Diputados se sustenta en la llamada Representación Popular, resultaba justo que estos candidatos accedieran a la Cámara de Diputados, no obstante haber perdido en su distrito y por otra parte, con esto se otorgaba representación política a las denominadas minorías en un sistema dominado dictatorial. El sistema tenía a su favor, en teoría, que beneficiaría democráticamente a los candidatos que despertaran el interés del electorado y abriría opciones a otras opiniones políticas, sin embargo en un escenario de Fraude Electoral generalizado como el que imperaba, no se cumplió con los propósitos.

Actualmente este principio subsiste para elegir a un senador de cada cuatro en cada uno de los estados, en este caso se conoce con el

Aspectos positivos

El sistema electoral mixto que caracteriza al sistema mexicano, consiste en que trescientos diputados (de mayoría) son electos a la Cámara de Diputados mediante el triunfo en el Distrito Electoral de Mayoría Relativa en que compiten contra otros candidatos, en tanto que doscientos diputados de Representación Proporcional son seleccionado según el orden en que aparecen en la Lista Regional del partido, lo cual asegura a los simpatizantes de cada partido político, que al menos algunos dos de sus dirigentes más representativos sean diputados, al obtener su partido cuando menos el dos por ciento de la votación nacional.

Aspectos negativos

Para los principales partidos políticos, que obtienen altas votaciones en los comicios, las diputaciones de Representación Proporcional permiten que políticos destacados en el ámbito burocrático partidista o personalidades ajenas a la política, sean gratificados, los primeros por su disciplina e institucionalidad y los segundos por los servicios prestados. Debido a que la lista es engrosada, en sus primeros lugares, por las personas que designan los dirigentes nacionales, los diputados de Representación Proporcional se convierten en los jefes de la bancada, elaboran la agenda legislativa del partido en la Cámara e imponen la disciplina entre los diputados de su partido.

Los diputados federales pueden volver a serlo, siempre y cuando medie al menos un período legislativo.

Existen miembros de los principales partidos, que nunca han ganado una elección en un distrito electoral por el principio de Mayoría Relativa y sin embargo, han sido dos veces senadores y hasta tres o cuatro veces diputados por el Principio de Representación Proporcional.

Por otra parte, debido al sistema de competencia electoral, los designados en los primeros lugares de las listas para senadores o diputados por este principio, no necesitan hacer campaña proselitista alguna, pues su designación no depende de otro factor que el del lugar que ocupa en la lista respectiva e incluso puede ser que una alta votación en favor de su partido, perjudique sus posibilidades de ser designado senador o diputado.

Existen anteproyectos tendientes a reducir el abultado número de diputados y senadores, reduciendo o excluyendo de plano a los que son insaculados por el Principio de Representación Proporcional.