Usuario:Aleqc/Sanciones, penas y castigos por aborto voluntario según los códigos penales en México

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Sanciones, penas y castigos por aborto voluntario según los diferentes códigos penales en México
Entidad federativa Cárcel (mínima)[nota 1] Cárcel (máxima)[nota 1] Multa económica Medidas alternativas Suspensión personal de salud[nota 1] Otras consideraciones
Bandera de Aguascalientes MX-AGU 6 meses a 1 año[nota 2] 1 a 3 años[nota 3] 40 a 80 días y "reparación del daño"[nota 4] 2 a 5 años Artículos 83.º, 101.º, 102.º, 103.º y 196.º Contiene errores de redacción muy graves que lo hacen incomprensible. Aún menciona requisitos para aborto por violación[nota 5]​.[1]
Bandera de Baja California MX-BCN 3 meses a 1 año[nota 2] 1 a 3 años[nota 3] 50 a 200 días (trabajo comunitario)[nota 2] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículo 132.º, 133.º, 135.º y 136.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2021[nota 6]​.[2]
Bandera de Baja California Sur MX-BCS Sin pena para gestantes y colaboradores/as Hasta 60 días a 2 meses (trabajo comunitario)[nota 4] Artículos 151.º, 152.º, 154.º y 156.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2022[nota 6]​.[3]
Bandera de Campeche MX-CAM 6 meses[nota 4] 2 años[nota 4] 24 a 72 jornadas (trabajo comunitario)[nota 4] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 155.º, 156.º, 158.º y 159.º Antes de la semana 12 de gestación corresponden medidas alternativas, después de ese plazo concerniría cárcel. Aún menciona plazos y requisitos para aborto por violación[nota 5][nota 7]​.[4]
Bandera de Chiapas MX-CHP Sin pena para las o los gestantes 1 a 3 años y 3 a 6 años[nota 3] Atención integral[nota 8] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 70.º, 88.º, 178.º, 179.º, 181.º y 183.º Las penas de cárcel aumentan cuando la o el gestante es menor de edad y no existe autorización de sus padres o tutores. Las medidas alternativas no pueden prolongarse más de 2 años. Menciona la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres del estado. Aún menciona plazos para aborto por violación[nota 7]​.[5]
Bandera de Chihuahua MX-CHH 6 meses[nota 4] 3 años[nota 4] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 143.º, 144.º, 145.º, 146.º Aún menciona plazos para aborto por violación[nota 7]​.[6]
Bandera de Ciudad de México MX-CMX 3 a 6 meses[nota 2] 1 a 3 años[nota 3] 100 a 300 días (trabajo comunitario)[nota 2] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 76.º, 144.º, 145.º, 148.º y 201.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2007[nota 6]​.[7]
Bandera de Coahuila de Zaragoza MX-COA 1 año[nota 4] 3 años[nota 4] 2 a 6 años 6 meses a 2 años Artículos 195.º, 196.º, 198.º y 199.º Aborto electivo despenalizado, sin especificar el plazo máximo, desde 2021. La inhabilitación al personal de salud se reducía si solo ayudaban en el procedimiento pero no eran los principales actores. Aún perseguiría la tentativa (lesiones a la o el gestante). Aún menciona plazos para aborto por violación[nota 7]​.[8]
Bandera de Colima MX-COL Sin pena para las o los gestantes 15 días a 2 meses[nota 3] 800 a 1200 UMA[nota 3] 50 a 100 días (trabajo comunitario)[nota 3]1 a 3 meses (tratamiento libertad)[nota 2] Artículos 138.º, 139.º y 141.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2021. Menciona de manera explícita el concepto de persona gestante[nota 6]​.[9]
Bandera de Durango MX-DUR 1 a 3 años[nota 2] 1 a 5 años[nota 3] 72 a 216 UMA[nota 2]72 a 360 UMA[nota 3] 3 a 5 años Artículos 79.º Bis, 148.º, 149.º y 150.º Exige aprobación y aviso al Ministerio Público en casos de aborto terapéutico e imprudencial respectivamente. Aún menciona requisitos para aborto por violación[nota 5]​.[10]
Bandera de Estado de México MX-MEX 6 meses a 2 años 1 a 3 años[nota 2] 1 a 5 años[nota 3] 30 a 200 días[nota 3] 3 a 6 años 20 años Artículos 248.º, 249.º, 250.º y 251.º Aún contiene atenuantes basadas en cláusulas por honor. La pena menor se reduce si se cumplen las condiciones de las atenuantes. La inhabilitación al personal de salud aumenta si son reincidentes.[11]
Bandera de Guanajuato MX-GUA 6 meses a 3 años 1 a 3 años 5 a 30 días 10 a 30 días Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 11.º, 158.º, 159.º, 160.º, 162.º y 163.º [nota 2]
Bandera de Estado de Guerrero MX-GRO Sin pena para las o los gestantes 6 meses a 2 años[nota 3] Artículos 79.º, 154.º, 155.º y 159.º Aborto electivo despenalizado hasta la semana 12 de gestación desde 2022[nota 6]​.[12]
Bandera de Estado de Hidalgo MX-HID 6 meses[nota 4] 1 año[nota 4] 10 a 40 días[nota 4] Por un tiempo igual al de la sanción en cárcel Artículos 154.º, 155.º y 158.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2021[nota 6]​.[13]
MX-JAL 4 meses a 1 año 8 meses a 2 años 2 a 5 años Tratamiento médico integral[nota 8]​. 1 a 5 años Artículos 27.º, 227.º, 228.º y 229.º La pena menor (gestantes y colaboradores/as) aumentaría después del quinto mes de embarazo (se duplicaría para gestantes o se aplicaría la pena mayor para colaboradores/as). La pena mayor también concerniría únicamente a colaboradores/as reincidentes o que procuren a gestantes reincidentes. Establece prisión preventiva cuando gestantes y colaboradores/as son reincidentes o el procedimiento se realizara después del quinto mes. Aún contiene estereotipos de género que imponen maternidad forzada. Las medidas alternativas únicamente afectan a gestante cuando no es reincidente.
Bandera de Michoacán MX-MIC Sin pena para las o los gestantes 6 meses a 2 años 6 meses a 1 año (trabajo comunitario) Doble del tiempo de la sanción en cárcel Artículos 141.º, 142.º, 144.º, 145.º y 146.º La pena de cárcel sólo correspondería a colaborador(a), los trabajos comunitarios únicamente conciernen a gestante. Aún menciona plazos y requisitos para aborto por violación. Igualmente, las causales de inseminación artificial no consentida y razones económicas deberán estar debidamente "justificadas" y realizarse dentro de las primeras 12 semanas de gestación[nota 4][nota 5]​.
Bandera de Morelos MX-MOR 1 a 5 años[nota 3] 3 a 8 años 6 a 8 años 20 a 200 días[nota 3]40 a 400 días Tratamiento médico y psicológico integral [nota 8] 2 a 5 años Cancelación de la cédula Artículos 115.º, 116.º, 117.º, 118.º y 119.º Las sanciones mayores corresponderían al personal de salud (el tiempo en cárcel aumentaría y su cédula sería cancelada sólo si son reincidentes). Igualmente, para colaboradores/as que no formen parte del personal médico y de enfermería, se impondría la pena máxima en cárcel. Las medidas alternativas solo afectan a gestante. Contiene errores de redacción muy graves que lo hacen incomprensible.
Bandera de Nayarit MX-NAY 4 meses a 1 año[nota 2] 1 a 3 años [nota 2]3 a 4 años 20 días 50 días[nota 2] 4 a 10 años Artículos 368.º, 369.º, 370.º, 371.º y 372.º La pena menor corresponderían antes del tercer mes de gestación y la mayor después de ese plazo. Así mismo, la pena mayor aumentaría sólo para colaborador(a) cuando se trate de un reincidente, con o sin sentencia previa. Igualmente, la multa mayor concierne sólo a colaborador(a) en los mismos términos anteriores.[14]
Bandera de Nuevo León MX-NLE 6 meses a 1 año[nota 2] 1 a 3 años[nota 2] 2 a 5 años Artículos 51.º Bis, 327.º, 328.º, 329.º, 330.º y 331.º[15]
Bandera de Oaxaca MX-OAX 3 meses[nota 4] 6 meses[nota 4] 100 a 300 días (trabajo comunitario)[nota 4] 2 a 5 años Artículos 312.º, 314.º, 315.º y 316.º Aborto electivo legal hasta la semana 12 de gestación desde 2019[nota 6]​.[16]
Bandera de Puebla MX-PUE 6 meses a 1 año 1 a 3 años 2 a 5 años Artículos 339.º, 340.º, 341.º, 342.º y 343.º[nota 2]
Bandera de Querétaro MX-QUE 1 año 3 años 1 a 5 años Artículos 136.º, 137.º, 138.º, 139.º, 140.º, 141.º y 142.º Aún contiene atenuantes por progenitor. No castigaría al personal de salud que auxilie a la o el gestante cuando el aborto lo realice un(a) tercero/a. Las penas aumentarían, únicamente para colaborador(a) ("en una mitad más"), si la o el gestante es menor de edad o "no tiene capacidad para comprender el significado del hecho" [nota 3]​.
Bandera de Quintana Roo MX-ROO 6 meses 2 años 2 a 5 años Artículos 55.º, 92.º, 93.º, 95.º, 96.º y 97.º Aún contiene atenuantes por progenitor. Aún menciona plazos y requisitos para aborto por violación[nota 3][nota 4][nota 5]​.
Bandera de San Luis Potosí MX-SLP 1 año 3 años 100 a 300 UMA 5 años Artículos 148.º, 149.º y 150.º Aún menciona requisitos para aborto por violación[nota 3][nota 4]​.
Bandera de Sinaloa MX-SIN Sin pena para gestantes y colaboradores/as 200 a 700 días[nota 2] 1 a 3 meses (medidas integrales)[nota 2]20 a 50 días (trabajo comunitario)[nota 3] Artículos 154.º, 155.º y 158.º Aborto electivo legal hasta la semana 13 de gestación desde 2022. Sólo indica amonestación para gestantes. Las medidas integrales serán determinadas por las o los jueces/zas según dictámenes de peritajes especializados. Menciona de manera explícita el concepto de persona gestante. Señala que el personal de salud siempre debe notificar a la autoridad competente[nota 6]​.[17]
Bandera de Sonora MX-SON 1 año 6 años 20 a 200 UMA 2 a 5 años Artículos 265.º, 266.º, 268.º, 269.º y 270.º[nota 3]
Bandera de Tabasco MX-TAB 6 meses a 1 año 1 a 3 años 2 a 5 años Artículos 61.º, 130.º, 132.º, 133.º, 134.º, 135.º y 136.º Aún menciona requisitos para aborto por violación[nota 2][nota 4]​.
Bandera de Tamaulipas MX-TAM 6 meses a 1 año 1 a 5 años 4 a 6 años 4 a 8 años Reparación de daños y perjuicios (tratamientos curativos) Tratamiento médico integral[nota 8]​. 3 a 6 años Artículos 356.º, 357.º, 358.º, 359.º, 360.º y 361.º Aún contiene estereotipos de género que imponen maternidad forzada, así como atenuantes por honor. Las medidas alternativas sólo corresponden a gestante cuando no sea reincidente. La pena menor (gestantes) se reduce si se cumplen las condiciones de las atenuantes, la pena mayor (colaboradores/as) aumenta cuando la o el gestante sea menor de edad o incapaz[nota 2]​.
Bandera de Tlaxcala MX-TLA 15 días a 2 meses[nota 3] 2 a 3 años 18 a 36 días 1 a 3 años Artículos 241.º, 242.º y 243.º La pena mayor correspondería a colaborador(a) cuando es reincidente o procura a una o un gestante con sentencia previa. Señala que el personal de salud debe entregar informes pormenorizados a la Secretaría de Salud local con los dictámenes médicos sobre los abortos legales, dentro de las 48 horas posteriores al procedimiento. El tratamiento de esos expedientes se regirán por la Ley de Acceso a la Información Pública del estado.
Bandera de Veracruz de Ignacio de la Llave MX-VER Sin pena para las o los gestantes 15 días a 2 meses[nota 3] 75 UMA[nota 3] 50 a 100 días (trabajo comunitario)[nota 3]15 días a 2 meses (tratamiento libertad[nota 2][nota 8] Artículo 149.º, 150.º y 154.º Aborto electivo despenalizado hasta la semana 12 de gestación desde 2021[nota 6]​.[18]
Bandera de Yucatán MX-YUC 3 meses a 1 año 1 a 5 años Tratamiento médico integral[nota 8]​. 2 a 5 años Suspensión indefinida Artículos 389.º, 390.º, 391.º, 392.º y 393.º La suspensión definitiva del personal de salud únicamente corresponde a reincidentes. Las medidas alternativas sólo conciernen a gestante. Señala que la causal de razones económicas únicamente puede aplicarse cuando se tengan 3 hijos y deberá estar debidamente "justificada"[nota 2]​.
Bandera de Zacatecas MX-ZAC 4 meses a 1 año 1 a 4 años 2 a 5 años Artículos 60.º Bis, 310.º, 311.º, 312.º y 313.º Aún contiene atenuantes por honor (siempre y cuando se realice antes del quinto mes de embarazo) y perseguiría la tentativa (lesiones al producto de la concepción). Las sanciones menores corresponderían tanto a gestante como a colaborador(a) si cumplen las condiciones de las atenuantes (aumentaría "en un tanto más" cuando no se satisfacen). Las penas mayores sólo afectarían a colaborador(a) cuando sea reincidente.
Bandera de México México 6 meses a 1 año 1 a 5 años 2 a 5 años Artículos 329.º, 330.º, 331.º, 332.º, 333.º y 334.º Aún contiene atenuantes por honor. La sanción menor sería para gestante (con atenuantes). La pena mayor sería tanto para gestante como colaborador(a) (sin atenuantes).


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  1. «Libro Segundo. Parte Especial. Título Primero. Figuras Típicas Dolosas. Capítulo I. Tipos Penales Protectores de la Vida y la Salud Personales». Código Penal para el Estado de Aguascalientes: 46. 20 de mayo de 2013. 
  2. «Libro Segundo. Parte Especial. Sección Primera. Delitos contra el Individuo. Titulo Primero. Delitos contra la Vida, la Salud Personal y Dignidad Humana. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Estado de Baja California: 37 a 39. 20 de agosto de 1989. 
  3. «Libro Segundo. Parte Especial. Título primero. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur: 38 a 40. 30 de noviembre de 2014. 
  4. «Libro Segundo. Parte Especial. Título primero. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo VI. Aborto». Código Penal del Estado de Campeche: 33 y 34. 20 de julio de 2012. 
  5. «Libro Segundo. Parte Especial. Título primero. Delitos contra la Vida, la Integridad Corporal, la Dignidad Humana de las Mujeres y contra el Derecho a una Vida Libre de Violencia. Capítulo VI. Aborto». Código Penal para el Estado de Chiapas: 63. 14 de marzo de 2007. 
  6. «Libro Segundo. Parte Especial. Título Primero. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo V. Aborto». Código Penal del Estado de Chihuahua: 41 y 42. 27 de diciembre de 2006. 
  7. «Libro Segundo. Parte Especial. Título Primero. Delitos contra la Vida, la Integridad Corporal, la Dignidad y el Acceso a una Vida Libre de Violencia. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Distrito Federal: 40 y 41. 16 de julio de 2002. 
  8. «Libro Segundo. Parte especial. Apartado Primero. Protección de bienes jurídicos personales. Título Primero. Delitos contra la vida. Capítulo Séptimo. Aborto». Código Penal de Coahuila de Zaragoza: 115 a 117. 27 de octubre de 2017. 
  9. «Libro Segundo. De los Delitos en Particular. Sección Primera. Delitos contra las Personas. Título Primero. Delitos contra la Vida y la Salud Personal. Capítulo IV. Aborto punible». Código Penal para el Estado de Colima: 53 y 54. 11 de octubre de 2014. 
  10. «Libro Segundo. De los Delitos. Título Primero. Delitos contra las Personas. Subtítulo Primero. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo IV. Aborto». Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango: 48. 14 de diciembre de 2009. 
  11. «Libro Segundo. Título Tercero. Delitos contra las Personas. Subtítulo Primero. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo V. Aborto». Código Penal del Estado de México: 82 y 83. 20 de marzo de 2000. 
  12. «Libro Segundo. Parte especial. Título Primero. Delitos contra la vida y la integridad corporal. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero: 142 y 143. 1 de agosto de 2014. 
  13. «Libro Segundo. Título Primero. Delitos contra la Vida y la Salud Personal. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Estado de Hidalgo: 33. 9 de junio de 1990. 
  14. «Libro Segundo. De los Delitos en Particular. Título Décimo Octavo. Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal. Capítulo VIII. Aborto». Código Penal para el Estado de Nayarit: 180 a 181. 6 de septiembre de 2014. 
  15. «Libro Segundo. Parte Especial. Título Décimo Quinto. Delitos contra la Vida y la Integridad de las Persona. Capítulo X. Aborto». Código Penal para el Estado de Nuevo León: 132 a 133. 26 de marzo de 1990. 
  16. «Libro Segundo. Título Décimosexto. Delitos contra la vida y la integridad corporal. Capítulo VII. Aborto». Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca: 91 a 93. 9 de agosto de 1980. 
  17. «Libro Segundo. Parte Especial. Sección Primera. Delitos contra el Individuo. Título Primero. Delitos contra la Vida y la Salud Personal. Capítulo VI. Interrupción del embarazo». Código Penal para el Estado de Sinaloa: 48 a 50. 28 de octubre de 1992. 
  18. «Libro Segundo. Título I. Delitos contra la Vida y la Salud Personal. Capítulo V. Aborto». Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave: 31 y 32. 7 de noviembre de 2003.