Diferencia entre revisiones de «Mar chileno»

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'''Mar Chileno''' es la denominación que [[Chile]] le da a los espacios marítimos sobre los que ejerce [[soberanía]], derechos exclusivos y reclamaciones de diverso grado. Corresponde a las aguas que circundan la costa continental hasta las 200 [[milla]]s marítimas al oeste desde la línea de [[Bajamar|marea baja]], y en el caso de [[Isla de Pascua|Rapa Nui]], y [[Isla Sala y Gómez|Salas y Gómez]], 350 millas marinas.
'''Mar Chileno''' es la denominación que [[Chile]] le da a los espacios marítimos sobre los que ejerce [[soberanía]], derechos exclusivos y reclamaciones de diverso grado. Corresponde a las aguas que circundan la costa continental hasta las 200 [[milla]]s marítimas al oeste desde la línea de [[Bajamar|marea baja]], y en el caso de [[Isla de Pascua|Rapa Nui]], y [[Isla Sala y Gómez|Salas y Gómez]], 350 millas marinas.


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Se conoce a la zona también con el nombre de Zona Libre de Caza de Cetáceos a las aguas jurisdiccionales de Chile.
Se conoce a la zona también con el nombre de Zona Libre de Caza de Cetáceos a las aguas jurisdiccionales de Chile.
Esto quiere decir, que por ley en aguas chilenas no se podrá realizar [[Caza de ballenas|caza de cetáceos]]. Además permite animales.
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Revisión del 13:15 25 ago 2010

Mar Chileno es la denominación que Chile le da a los espacios marítimos sobre los que ejerce soberanía, derechos exclusivos y reclamaciones de diverso grado. Corresponde a las aguas que circundan la costa continental hasta las 200 millas marítimas al oeste desde la línea de marea baja, y en el caso de Rapa Nui, y Salas y Gómez, 350 millas marinas.

Por el Decreto Supremo N° 346 de 30 de mayo de 1974, del Ministerio de Relaciones Exteriores se denominó a dichas área "Mar de Chile".[1]

En 1986, la Ley Nº 18.565 modificó diversas normas legales para adecuar el ordenamiento jurídico chileno a la Convención sobre el Derecho del Mar y, en 1991, mediante la Ley N° 19.080, se definió unilateralmente el "Mar Presencial" de Chile.

Respecto al límite norte, el Perú ha planteado una controversia a su respecto.

Se conoce a la zona también con el nombre de Zona Libre de Caza de Cetáceos a las aguas jurisdiccionales de Chile. Esto quiere decir, que por ley en aguas chilenas no se podrá realizar caza de cetáceos. Además permite animales.

  1. Situación jurídica del mar de Chile