Diferencia entre revisiones de «Tasa de Santillán»

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Promulgada en el año [[1558]] fue el primer conjunto de disposiciones que reglamentaron las relaciones laborales entre [[España|españoles]] e indígenas. Su creador fue el jurista [[Hernando de Santillán]], quien vino junto a García Hurtado de Mendoza.


En la práctica, esta tasa se prestó para que algunos españoles como [[Pedro Avendaño]] abusaran sobradamente de los indios sembrando la semilla de futuras rebeliones, en especial la del pueblo [[huilliche]].y fueron los mas malos
En la práctica, esta tasa se prestó para que algunos españoles como [[Pedro Avendaño]] abusaran sobradamente de los indios sembrando la semilla de futuras rebeliones, en especial la del pueblo [[huilliche]].


[[Categoría:Tasas de Derecho indiano]]
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Revisión del 16:55 13 may 2010

La Tasa de Santillán era una tasa de trabajo indígena aplicada en Chile por el gobernador García Hurtado de Mendoza, que destacó por ser la primera regulación formal del sistema de encomienda en este país.

Descripción

La Tasa era un sistema de mita para el trabajo indígena, que en vez de hacer trabajar a todos los indígenas de un repartimiento, solo fijaba turnos en el servicio; quedando obligado el cacique de cada tribu a enviar a la faena un hombre de cada seis vasallos para la explotación de las minas, y uno de cada cinco para los trabajos agrícolas.

Este trabajador, a quien hasta entonces no se le había pagado salario alguno, debía ser remunerado con la sexta parte del producto de su trabajo. La forma de remuneración, llamada Sesmo, se le debía pagar al indígena regularmente al fin de cada mes la sexta parte de lo que se extragese en la mina. Además la reglamentación eximía del trabajo a las mujeres y hombres menores de 18 años y mayores de 50. Establecía que los indígenas fueran mantenidos sanos por parte del encomendero y además que se procurara su pronta evangelización.

"Lo que son derechos para el encomendero (español a cargo del indigena), son obligaciones para el encomendado (indigena) y los derechos del ecomendado son obligaciones para el encomendero."

La Tasa de Santillán reguló el servicio personal, dandole una dimension más humana. Disminuyó el número de personas que podían asistir a la mita minera y lo fijó en la sexta parte. El resto debía dedicarse a las labores agrícolas en su pueblo, pero la reforma más importante fue la creacion del llamado "sesmo del oro", que consistía en el pago de la sexta parte de lo extraído al trabajador de la mina. La duracion de la Tasa de Santillán en toda su integridad no fue demasiado larga y los gobernadores que reemplazaron a García Hurtado de Mendoza la abolieron casi totalmente.

En reemplazo a la Tasa de Santillán se dictó en 1580 por el gobernador Martin Ruiz De Gamboa una nueva ordenanza, conocida esta como la Tasa de Gamboa.

Historia

Promulgada en el año 1558 fue el primer conjunto de disposiciones que reglamentaron las relaciones laborales entre españoles e indígenas. Su creador fue el jurista Hernando de Santillán, quien vino junto a García Hurtado de Mendoza.

En la práctica, esta tasa se prestó para que algunos españoles como Pedro Avendaño abusaran sobradamente de los indios sembrando la semilla de futuras rebeliones, en especial la del pueblo huilliche.