Ir al contenido

Diferencia entre revisiones de «Siervo de Dios»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Rαge (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 88.15.36.179 (disc.) a la última edición de AVBOT
Línea 4: Línea 4:
En el [[catolicismo]] es el primer grado que se le otorga a una persona que es candidata para ser [[beato|beatificada]] y posteriormente [[canonización|canonizada]].
En el [[catolicismo]] es el primer grado que se le otorga a una persona que es candidata para ser [[beato|beatificada]] y posteriormente [[canonización|canonizada]].


El Obispo CABRONdiocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la [[Santa Sede]] un informe sobre la vida y las virtudes de la persona.
El Obispo diocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la [[Santa Sede]] un informe sobre la vida y las virtudes de la persona.


La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico.
La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico.

Revisión del 08:18 24 feb 2010

Siervo de Dios es un título que otorgado en diferentes religiones, como en diferentes ramas del cristianismo o en el hinduismo (donde se emplea el término Dasa, que quiere decir "Siervo de Dios").[1]​ En general se emplea para describir a personas consideradas especialmente pías en su fe.

Catolicismo

En el catolicismo es el primer grado que se le otorga a una persona que es candidata para ser beatificada y posteriormente canonizada.

El Obispo diocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la Santa Sede un informe sobre la vida y las virtudes de la persona.

La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico.

Obtenido el Decreto de "Nihil obstat", el Obispo diocesano dicta el Decreto de Introducción de la Causa del ahora Siervo de Dios.


Predecesor:
Etapas del proceso de Canonización en la Iglesia Católica
Siervo de Dios
Sucesor:
Venerable

Véase también

Referencias

  1. Able exponent of Dwaita philosophy Thursday, September 07, 2000. The Hindu (en inglés)