Diferencia entre revisiones de «Heráldica eclesiástica»

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Las reglas de composición de escudos eclesiásticos generalmente tienen una base patrimonial común. Dicha base fundamenta todas las variantes heráldicas en el [[cristianismo]], aunque se puedan distinguir elementos propios y distintivos dentro de la [[Iglesia católica]], la [[Iglesia Ortodoxa]], la [[Iglesia anglicana]] y otras [[Iglesia protestante|Iglesias protestantes]]. El derecho a una heráldica propiamente eclesiástica tiene su fundamento en que la Iglesia (en cualquiera de sus ramas) posee una constitución jerárquica. Esta característica marca, pues, la diferencia con la heráldica general, porque no se trata ya (como sucedía con aquellos miembros de la [[nobleza]]), del ejercicio de la profesión de las armas ni del nacimiento en una determinada familia, sino que lo que dará el derecho a usar un escudo eclesiástico es el estado de la persona dentro de la jerarquía. Dicho estado se basa en el ejercicio de cargos eclesiásticos y en el carácter de algún tipo de [[consagración]] ([[Sacramento del orden|Ordenación]] si se trata de [[sacerdote]]s y [[obispos]], la [[Clero#Los votos monásticos|Profesión]] para los religiosos, la Bendición abacial para los [[Abad]]es, o el uso litúrgico pontificio para algunos templos), dentro de la misma comunidad eclesial. De esta manera, el lugar social en el que alguien nace no juega aquí ningún papel decisivo.
Las reglas de composición de escudos eclesiásticos generalmente tienen una base patrimonial común. Dicha base fundamenta todas las variantes heráldicas en el [[cristianismo]], aunque se puedan distinguir elementos propios y distintivos dentro de la [[Iglesia católica]], la [[Iglesia Ortodoxa]], la [[Iglesia anglicana]] y otras [[Iglesia protestante|Iglesias protestantes]]. El derecho a una heráldica propiamente eclesiástica tiene su fundamento en que la Iglesia (en cualquiera de sus ramas) posee una constitución jerárquica. Esta característica marca, pues, la diferencia con la heráldica general, porque no se trata ya (como sucedía con aquellos miembros de la [[nobleza]]), del ejercicio de la profesión de las armas ni del nacimiento en una determinada familia, sino que lo que dará el derecho a usar un escudo eclesiástico es el estado de la persona dentro de la jerarquía. Dicho estado se basa en el ejercicio de cargos eclesiásticos y en el carácter de algún tipo de [[consagración]] ([[Sacramento del orden|Ordenación]] si se trata de [[sacerdote]]s y [[obispos]], la [[Clero#Los votos monásticos|Profesión]] para los religiosos, la Bendición abacial para los [[Abad]]es, o el uso litúrgico pontificio para algunos templos), dentro de la misma comunidad eclesial. De esta manera, el lugar social en el que alguien nace no juega aquí ningún papel decisivo.


==Véase también==
[[Adornos del escudo]]

[[Capelo]]


== Enlaces externos ==
== Enlaces externos ==

Revisión del 12:40 5 nov 2009

Ejemplo de heráldica eclesiástica alemana (1497-1503).

Como toda heráldica, la heráldica eclesiástica es la rama científica y artística del estudio y el diseño de los blasones específicamente en el ámbito eclesíastico.

Aunque generalmente las normas que rigen el diseño de los blasones son las mismas que las referidas a la heráldica general, la eclesiástica tiene sus variaciones específicas -tanto en el campo de los escudos como sobre todo en sus ornamentos exteriores-, las cuales se rigen por su propia tipología y se someten a los cánones y disposiciones de las propias Iglesias.

Las reglas de composición de escudos eclesiásticos generalmente tienen una base patrimonial común. Dicha base fundamenta todas las variantes heráldicas en el cristianismo, aunque se puedan distinguir elementos propios y distintivos dentro de la Iglesia católica, la Iglesia Ortodoxa, la Iglesia anglicana y otras Iglesias protestantes. El derecho a una heráldica propiamente eclesiástica tiene su fundamento en que la Iglesia (en cualquiera de sus ramas) posee una constitución jerárquica. Esta característica marca, pues, la diferencia con la heráldica general, porque no se trata ya (como sucedía con aquellos miembros de la nobleza), del ejercicio de la profesión de las armas ni del nacimiento en una determinada familia, sino que lo que dará el derecho a usar un escudo eclesiástico es el estado de la persona dentro de la jerarquía. Dicho estado se basa en el ejercicio de cargos eclesiásticos y en el carácter de algún tipo de consagración (Ordenación si se trata de sacerdotes y obispos, la Profesión para los religiosos, la Bendición abacial para los Abades, o el uso litúrgico pontificio para algunos templos), dentro de la misma comunidad eclesial. De esta manera, el lugar social en el que alguien nace no juega aquí ningún papel decisivo.

Véase también

Adornos del escudo

Capelo

Enlaces externos