Diferencia entre revisiones de «Actor (derecho)»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Diegusjaimes (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 190.40.252.220 a la última edición de VolkovBot
Línea 3: Línea 3:
== Características ==
== Características ==
En primer lugar se distingue a los actores físicos o individuales y los colectivos. Un actor físico se distingue por su [[alteridad]]
En primer lugar se distingue a los actores físicos o individuales y los colectivos. Un actor físico se distingue por su [[alteridad]]

--[[Especial:Contributions/190.40.252.220|190.40.252.220]] ([[Usuario Discusión:190.40.252.220|discusión]]) 22:01 10 ago 2009 (UTC)
Un actor colectivo, por su parte, tendrá un cierto nivel de [[cohesión]] o fragmentación entre sus componentes más básicos. Esto define la [[frontera]] del actor, que puede ser amplia o reducida, y el trasvasamiento del conflicto que puede tener lugar dentro de él. Su organización puede poseer un [[liderazgo]], pero también podría carecer del mismo.
Un actor colectivo, por su parte, tendrá un cierto nivel de [[cohesión]] o fragmentación entre sus componentes más básicos. Esto define la [[frontera]] del actor, que puede ser amplia o reducida, y el trasvasamiento del conflicto que puede tener lugar dentro de él. Su organización puede poseer un [[liderazgo]], pero también podría carecer del mismo.


Línea 54: Línea 54:
[[zh:原告]]
[[zh:原告]]
[[zh-yue:原告]]
[[zh-yue:原告]]
--[[Especial:Contributions/190.40.252.220|190.40.252.220]] ([[Usuario Discusión:190.40.252.220|discusión]]) 22:01 10 ago 2009 (UTC)'''Luis'''

Revisión del 22:01 10 ago 2009

En el ámbito del derecho se conoce como actor a una persona física o de existencia ideal que forma parte de un conflicto. Un actor tiene tres características principales que lo definen: conciencia del conflicto, metas y poder.

Características

En primer lugar se distingue a los actores físicos o individuales y los colectivos. Un actor físico se distingue por su alteridad

Un actor colectivo, por su parte, tendrá un cierto nivel de cohesión o fragmentación entre sus componentes más básicos. Esto define la frontera del actor, que puede ser amplia o reducida, y el trasvasamiento del conflicto que puede tener lugar dentro de él. Su organización puede poseer un liderazgo, pero también podría carecer del mismo.

Conciencia del conflicto

Hay 6 tipos de niveles de conciencia. Por un lado hay dos clases de índoles de la situación: conflictivas y no conflictivas. Cada una de éstas posee a su vez 3 opciones posibles: que los 2 actores crean que hay conflicto, que uno lo crea pero el otro no, o que ninguno lo crea.

Sin embargo, el derecho estudia sólo 5 de esos casos: las situaciones no conflictivas en las cuales ninguno de los actores cree que hay conflicto son habitualmente despreciadas.

Metas u objetivos

Pueden ser de 3 tipos:

  • Ideales: bienes intangibles, sin una representación física. Compensaciones, autorizaciones, relaciones, etc; son ejemplos de bienes ideales
  • Naturales: aquello que existe físicamente: un objeto, un bien inmueble, un documento, etc. Natural no significa en este contexto lo opuesto de artificial, sino lo opuesto de ideal.
  • Culturales: son objetos cuyo valor no es intrínseco al objeto en cuestión sino que depende de quién lo considera. Si bien incluye a los bienes de valor cultural, no se limita a ellos. Obtener un bien de valor familiar, por ejemplo, puede considerarse una meta cultural.

Poder

Todo recurso de cualquier índole que tiene un actor con relación al otro en un conflicto.

Bibliografía

  • Entelman, Remo (2002). Teoría de conflictos. Ed. Gedisa. 8474329442. 

Véase también