Diferencia entre revisiones de «Muerte encefálica»

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La '''muerte cerebral''' (o mejor, "'''muerte encefálica'''") se define como el cese completo e irreversible de la actividad [[cerebro|cerebral]] o [[encéfalo|encefálica]]. La aparente ausencia de función cerebral no es suficiente, se requieren pruebas de esta irreversibilidad.
La '''muerte cerebral''' (o mejor, "'''muerte encefálica'''") se define como el cese completo e irreversible de la actividad [[cerebro|cerebral]] o [[encéfalo|encefálica]]. La aparente ausencia de función cerebral no es suficiente, se requieren pruebas de esta irreversibilidad.
UN POCO DE HISTORIA
Antes de la segunda mitad del pasado siglo no existían problemas para definir la muerte puesto que ella se presentaba en una única forma, la cual era entonces muy fácil de identificar: el cese de todas las funciones vitales.
En 1956, Lofstedt y Von Reis (9) reportaron seis pacientes con ausencia completa de función neurológica, apnea, reflejos ausentes, hipotensión, poliuria e hipotermia, con ausencia de flujo intracraneano demostrado por angiografía y en 1959, Mollaret y Goulon (44), neurólogos franceses, reportaron 23 casos de pacientes con daño cerebral masivo y silencio electroencefalográfico, que continúaban "vivos" sin signos de actividad cerebral gracias a la ventilación mecánica, con necrosis cerebral total demostrada después en la autopsia, lo que cuestionaba el entonces bien establecido concepto de muerte. Denominaron a este estado "coma depassé" (interpretado por la literatura anglosajona como “coma irreversible”, pero en estricto francés “mas allá del coma”).
En la siguiente década, se describieron muchos más casos similares en la literatura médica (3,43,45) y en 1968, el Comité de la facultad de medicina de Harvard constituido por 10 médicos, un abogado, un teólogo y un historiador formula el primer criterio para la determinación de muerte basados en un total y permanente daño encefálico (1), acuñándose el concepto de "brain death" (muerte cerebral). Este reporte, mal titulado “Una definición de coma irreversible”, fue el primero que trato en una forma comprehensiva y clara los criterios diagnósticos de la muerte cerebral, y los conceptos hoy utilizados se basan en estos, con pocas modificaciones.
En nuestro idioma es mejor utilizar el término "muerte encefálica" ya que este refleja mejor lo que se quiere expresar, pues en español la palabra cerebral se refiere a los hemisferios cerebrales y el término inglés "brain" se refiere realmente al encéfalo, que incluye además el tallo cerebral y el cerebelo.
Desde entonces han aparecido numerosas revisiones y trabajos sobre "muerte encefálica" que han consolidado el concepto (2,6,17,47,48,62), siendo el más importante el de la Comisión del Presidente para el estudio de problemas éticos en medicina e investigaciones biomédicas y de la conducta, en Washington en 1981 (41,55).
En 1994, la Academia Americana de Neurología, comisionó a Eelco Wijdicks para realizar un análisis basado en la evidencia sobre las pruebas para muerte encefálica (83), produciéndose así el Reporte de la Academia Americana de Neurología para determinación de muerte encefálica en adultos (Practice parameters for determining brain death in adults) en 1995 (56). Este reporte es hoy la principal guía para el diagnóstico de muerte encefálica en los Estados unidos.
En nuestro País se produjo el primer Decreto-Ley sobre "muerte encefálica" en junio 6 de 1989 (19), configurándose el Decreto-Ley Colombiano sobre Muerte encefálica y Donación de órganos (Decreto número 1172 de 1989), el cual ha sido modificado en parte por la Ley 454 de agosto 4 de 1998 (20), (Decreto número 1546 de 1998). En esto decretos se describen algunas pautas medicolegales sobre la muerte encefálica y la donación de órganos y no son una referencia acerca del protocolo diagnóstico de muerte encefálica en Colombia, aunque si sirven de marco conceptual. El texto más importante de estos decretos es transcrito al final de este artículo (Ver Anexos).
Una revisón detallada de la historia de la muerte encefálica ha sido realizada por Bernat (9) y por Derringer y Wijdicks (21).


== Definición ==
== Definición ==

Revisión del 16:05 10 jul 2009

La muerte cerebral (o mejor, "muerte encefálica") se define como el cese completo e irreversible de la actividad cerebral o encefálica. La aparente ausencia de función cerebral no es suficiente, se requieren pruebas de esta irreversibilidad.

Definición

Tradicionalmente se ha definido la muerte como el cese de todas las funciones corporales, inclusive la respiración y el latido cardíaco, pero dado que ha sido posible revivir a algunas personas después de un periodo de tiempo sin respiración, actividad cardíaca o cualquier otro signo visible de vida, así como mantener la actividad respiratoria y el flujo sanguíneo artificialmente, se hizo necesaria una mejor definición de la muerte, surgiendo durante las últimas décadas el concepto de muerte cerebral o muerte encefálica. Según este criterio, se puede declarar clínicamente muerta a una persona aún si permanece con actividad cardiaca y ventilatoria gracias al soporte artificial en una unidad de Cuidados Intensivos. La muerte encefálica implica el cese irreversible de la actividad vital de todo el encéfalo incluido el tallo cerebral (estructura más baja del encéfalo encargada de la gran mayoría de las funciones vitales), comprobada mediante protocolos clínicos neurológicos bien definidos y soportada por pruebas especializadas.


Diagnóstico

Para realizar el diagnóstico de muerte encefálica debe satisfacerse el CRITERIO CEREBRAL O ENCEFALICO para diagnóstico de muerte, es decir, la comprobación del cese irreversible de la función del encéfalo como un TODO (no necesariamente de todas las neuronas), aún en presencia de un funcionamiento cardiovascular y ventilatorio artificial.


Marco Legal

En España, el Real Decreto 426/1980, de 22 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos, establece que:

Artículo 10: Los órganos para cuyo trasplante se precisa la viabilidad de los mismos sólo pueden extraerse del cuerpo de la persona fallecida previa comprobación de la muerte cerebral, basada en la constatación y concurrencia, durante treinta minutos, al menos, y la persistencia seis horas después del comienzo del coma, de los siguientes signos:

  a) Ausencia de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de la conciencia.
  b) Ausencia de respiración espontánea.
  c) Ausencia de reflejos cefálicos, con hipotonía muscular y midriasis.
  d) Electroencefalograma «plano», demostrativo de inactividad bioeléctrica cerebral.

Los citados signos no serán suficientes ante situaciones de hipotermia inducida artificialmente o de administración de drogas depresoras del sistema nervioso central.


En Colombia, el decreto 2493 de 2004 del MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, en su Capitulo III establece:

Artículo 12. En el diagnóstico de muerte encefálica en adultos y niños mayores de dos (2) años, previo a cualquier procedimiento destinado a la utilización de componentes anatómicos para fines de trasplantes, deberá constatarse por lo menos, la existencia de los siguientes signos:

  1. Ausencia de respiración espontánea.
  2. Pupilas persistentemente dilatadas.
  3. Ausencia de reflejos pupilares a la luz.
  4. Ausencia de reflejo corneano.
  5. Ausencia de reflejos óculo vestibulares.
  6. Ausencia de reflejo faríngeo o nauseoso.
  7. Ausencia de reflejo tusígeno.

El diagnóstico de muerte encefálica no es procedente cuando en la persona exista cualquiera de las siguientes causas o condiciones que la simulan pero son reversibles:

  1. Alteraciones tóxicas (exógenas).
  2. Alteraciones metabólicas reversibles.
  3. Alteración por medicamentos o sustancias depresoras del sistema nervioso central y relajantes musculares.
  4. Hipotermia.

El diagnóstico de muerte encefálica y la comprobación sobre la persistencia de los signos de la misma, deben hacerse por dos o más médicos no interdependientes, que no formen parte del programa de trasplantes, uno de los cuales deberá tener la condición de especialista en ciencias neurológicas. Dichas actuaciones deberán constar por escrito en la correspondiente historia clínica, indicando la fecha y hora de las mismas, su resultado y diagnóstico definitivo, el cual incluirá la constatación de los siete (7) signos que determinan dicha calificación.


Referencias

  • Bernat JL. A defense of the whole-brain concept of death. Hastings Cent Rep 1998;28(2):14-23.
  • Bernat JL. Brain Death. A historical perspective. 54th Annual Meeting of American Academy of Neurology, 2002; 3AS.006:1-10.
  • Canadian Neurocritical Care Group. Guidelines for the diagnosis of brain death. Can J Neurol Sci 2000;26:64–66.
  • Centanaro GA. Muerte encefálica. Acta Neurol Colomb 2003;19:172-185.
  • Derringer MN, Wijdicks EFM. Brain death in historial perspective. In Wijdicks EFM, ed. Brain Death. Philadelphia: Lippincott Williams & Wilkins, 2001:5-27.
  • Wijdicks EF. Determining brain death in adults. Neurology 1995;45:1003-11.
  • Wijdicks EF, editor. Brain death. Philadelphia: Lippincott Williams & Wilkins, 2001b.
  • Wijdicks EF. The diagnosis of brain death. N Engl J Med 2001a;344:1215-21.