Discusión:Orden del Mérito de la Guardia Civil

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La Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, creó dicha recompensa para premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve, que redunden en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria. En desarrollo de la citada Ley, se dictó el Reglamento de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por la Orden del Ministro de la Gobernación de 1 de febrero de 1977.


Recientemente, la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, ha modificado la Ley 19/1976, de 29 de mayo, cambiando la denominación de la citada recompensa e introduciendo la categoría de la Gran Cruz.

Por otro lado, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del Reglamento, aprobado por la Orden de 1 de febrero de 1977, resulta conveniente adaptar algunos extremos regulados en la misma a la normativa actual. Con dicho propósito, así como con el fin de introducir en la misma las novedades operadas en la Ley 19/1976, de 29 de mayo, por la Ley 2/2012, de 29 de junio, resulta preciso actualizarla.

== Orden INT/2008/2012 de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil.(Del BOE núm. 231, de 25-09-2012. N.D: 11969). ==


Finalidad.

La Orden del Mérito de la Guardia Civil tiene por finalidad premiar las acciones o conductas de extraordinario relieve que redunden en el prestigio del Cuerpo de la Guardia Civil e interés de la Patria. Esta recompensa, de carácter civil, podrá ser concedida a los miembros de dicho Cuerpo y a cualquier otra persona o entidad que sea acreedor de ello.

Categorías.

La Orden del Mérito de la Guardia Civil comprende las siguientes categorías: a) Gran Cruz. b) Cruz de Oro. c) Cruz de Plata. d) Cruz con distintivo rojo. e) Cruz con distintivo blanco.

Gran Cruz.

La Gran Cruz será concedida a oficiales generales, personal civil, unidades, entidades y patronazgos, para lo que se tendrá en cuenta el rango institucional, administrativo, académico o profesional de la persona, unidad o entidad recompensada, en atención a los sobresalientes méritos y circunstancias que concurran en ellos relacionados con el Cuerpo de la Guardia Civil o la seguridad pública.


Cruz de Oro.

Para la concesión de la Cruz de Oro será necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio, como consecuencia de la intervención relativa a un servicio donde se evidencie un excepcional valor personal. b) Ejecutar o dirigir de forma directa e inmediata con riesgo inminente de la propia vida un servicio o hecho de tan trascendental importancia que redunde en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria y que por las extraordinarias cualidades puestas de manifiesto implique un mérito de carácter excepcional.


Cruz de Plata.

Para la concesión de la Cruz de Plata se deberán realizar hechos, que sin reunir la condición de riesgo personal exigida para la Cruz de Oro, supongan una relevante colaboración con la Guardia Civil o revistan, por su naturaleza, un carácter o mérito tan relevante que requieran el alto reconocimiento y esta especial distinción.


Cruz con distintivo rojo.

Para la concesión de la Cruz con distintivo rojo será necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) En el transcurso de un servicio de manifiesta importancia que comprenda un ineludible riesgo de perder la vida, ejecutar para su cumplimiento acciones claramente demostrativas de extraordinario valor personal, iniciativa y serenidad ante el peligro. b) En acto de servicio o con ocasión de él, resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio sin menoscabo del honor, al afrontar un peligro manifiesto contra la propia vida.


Cruz con distintivo blanco.

Para la concesión de la Cruz con distintivo blanco se deberá haber llevado a cabo alguna de las siguientes acciones: a) Ejecutar, dirigir o colaborar directamente en el éxito de un servicio en el que por su extraordinaria dificultad e importancia se hayan evidenciado relevantes cualidades profesionales o cívicas. b) Sobresalir con perseverancia y notoriedad en el cumplimiento de los deberes de su empleo o cargo, de forma que constituya una conducta ejemplar digna que se resalte como mérito extraordinario. c) Realizar estudios profesionales o científicos, u otros hechos o trabajos sobresalientes, que supongan notable prestigio para el Cuerpo, o utilidad para el servicio oficialmente reconocido.


Corbatas orden del mérito de la Guardia Civil

Las unidades, instituciones o entidades que tengan reconocido el uso de banderas, estandartes o enseñas particulares podrán lucir en éstas la corbata que acredite la concesión de la Gran Cruz, la Cruz de Oro o la Cruz de Plata. La ostentación de la corbata será repetible cuando se hubiera concedido más de una de ellas.


Descripciones


Gran Cruz.

1. La Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil concedida como Gran Cruz consta de las siguientes condecoraciones:

a) Placa abrillantada de ráfagas en oro de 70 milímetros de longitud, con la cruz descrita en el párrafo siguiente en el centro, orlada de dos leones y dos castillos en plata, proporcionales al conjunto. La placa irá sobre la parte delantera del uniforme, en el lugar que las normas sobre uso de condecoraciones reservan a las placas.

b) Banda de seda, de color blanco de 100 milímetros de ancho con lista longitudinal verde en el centro de ancho igual a un octavo del ancho total de aquélla, uniéndose en sus extremos con un lazo de la misma cinta, del que penderá la Venera de la Gran Cruz timbrada de Corona Real, en oro, y sujeta a la banda por un aro dorado. La venera estará conformada por una cruz con los cuatro brazos rectos esmaltados en color blanco, con filete en oro, de 40 milímetros de longitud entre sus brazos opuestos. En el centro de la cruz, habrá un círculo de esmalte verde perfilado por una corona de ramas de laurel de veinticinco milímetros de diámetro, con el emblema del Cuerpo en su centro, ambos de metal dorado, y en la parte superior, una leyenda con letras en blanco que diga «AL MERITO». La banda se llevará terciada del hombro derecho al lado izquierdo y su uso será único, aunque se esté en posesión de varias Grandes Cruces del Mérito.

2. El pasador correspondiente a la Gran Cruz se conformará sobre cinta del color de la banda y en su centro irá incorporada la Corona Real en oro.

3. La corbata correspondiente se confeccionará sobre banda de seda de color blanco de 80 milímetros de ancho y 150 centímetros de largo con una lista longitudinal verde en el centro de ancho igual a un octavo del ancho total de aquélla y rematada en sus extremos con flecos dorados de 50 milímetros de largo. En uno de los extremos, y a 100 milímetros de éste, llevará bordada la imagen de la Gran Cruz. La corbata irá sujeta a la moharra de la Bandera o estandarte con una lazada, cayendo los dos extremos de la corbata 500 milímetros a cada lado.


Cruz de Oro.

1. La condecoración será una placa de metal dorado, con cuatro brazos de esmalte verde esmeralda perfilados asimismo en este metal; estos brazos tendrán la forma de triángulos isósceles con las bases al exterior, con lados de treinta y cinco milímetros y bases de veintiocho, distanciados en los extremos veinticinco milímetros. En el centro de la cruz, habrá un círculo de esmalte rojo de veinticinco milímetros de diámetro perfilado por ramas de laurel, con el emblema del cuerpo en su centro, ambos de metal dorado, y en la parte superior, una leyenda con letras en oro que diga «AL MERITO». Entre los extremos de los brazos triangulares llevará siete rayos también dorados. En el reverso, la misma cruz, y en su centro, en círculo de esmalte rojo con el antiguo emblema del cuerpo, GC y en Corona Real, ambos dorados.

2. El pasador de esta cruz constará de tres franjas iguales, roja la central y verdes las laterales; en el centro del mismo irán engarzadas dos hojas de laurel en metal dorado.

3. La corbata correspondiente se confeccionará sobre banda de seda 80 milímetros de ancho y 150 centímetros de largo con tres bandas iguales en sentido longitudinal, siendo roja la central y verdes las laterales y rematada en sus extremos con flecos dorados de 50 milímetros de largo. En uno de los extremos y a 100 milímetros de éste llevará bordada la imagen de la Cruz de Oro. La corbata irá sujeta a la moharra de la Bandera o estandarte con una lazada, cayendo los dos extremos de la corbata 500 milímetros a cada lado.


Cruz de Plata.

1. La condecoración será de análoga descripción a la de oro, con las siguientes diferencias: La cruz, así como los siete rayos colocados entre los extremos de los brazos triangulares, la leyenda y el perfil de ramas de laurel, serán de metal plateado. El círculo de esmalte central será blanco. En el reverso, el esmalte será asimismo blanco, y el emblema y la Corona Real lo serán de metal plateado.

2. El pasador de esta cruz será idéntico al de la anterior, con la sola diferencia de que la franja roja será en este caso de color blanco, y la hoja de laurel en metal plateado.

3. La corbata correspondiente se confeccionará sobre banda de seda 80 milímetros de ancho y 150 centímetros de largo con tres bandas iguales en sentido longitudinal, siendo blanca la central y verdes las laterales y rematada en sus extremos con flecos dorados de 50 milímetros de largo. En uno de los extremos y a 100 milímetros de éste llevará bordada la imagen de la Cruz de Plata. La corbata irá sujeta a la moharra de la Bandera o estandarte con una lazada, cayendo los dos extremos de la corbata 500 milímetros a cada lado.


Cruz con distintivo rojo.

1. La condecoración será, sobre la descripción de la Cruz de Oro, con las siguientes peculiaridades: no llevará los siete rayos dorados; los lados de los brazos triangulares serán de veinticinco milímetros, y las bases, de veinticuatro, con separación entre los extremos de quince milímetros. Se llevará pendiente con una cinta, que será de treinta milímetros de ancho, dividida en tres franjas iguales en sentido longitudinal, siendo la del centro roja, y las dos laterales de color verde; su longitud será de treinta y seis milímetros incluyendo el pasador. Llevará sobre el brazo superior, también en metal dorado, una chapa de cuatro por trece milímetros grabada con la fecha de concesión, que servirá de soporte a la anilla dorada para su unión con la cinta. La longitud total de la cruz con inclusión de la anilla será de cincuenta y cinco milímetros.

2. El pasador, idéntico al descrito para la Cruz de Oro, no incorporará las dos hojas de laurel engarzadas.


Cruz con distintivo blanco

1. La Cruz con distintivo blanco tendrá análoga descripción a la anterior, con las diferencias consistentes en que el perfil de la cruz y de las ramas de laurel, así como la leyenda, serán de metal plateado y tanto el esmalte del círculo central como la franja central de la cinta, van en color blanco. 2. El pasador será idéntico al anterior, con la franja central en color blanco.



Boletín Oficial del Estado, núm. 236 de 1 de octubre de 2012, páginas 69730 a 69730 (1 pág.)

La vinculación y la devoción de la Guardia Civil a Nuestra Señora del Pilar se remonta, al menos, al año 1864 y al Colegio de Guardias Jóvenes Duque de Ahumada de Valdemoro. Fruto de la labor desarrollada por generaciones de Guardias Civiles, por Real Orden del Ministerio de la Guerra de 8 de febrero de 1913, reinando S.M. Don Alfonso XIII, la Virgen del Pilar fue declarada Patrona del Cuerpo de la Guardia Civil, y desde entonces le corresponde el patronazgo sobre el Instituto Armado.

Con motivo del CL aniversario fundacional de la Guardia Civil, por Orden del Ministro de Justicia e Interior de 6 de octubre de 1994 se concedió a la Virgen del Pilar la Cruz de Oro de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, entonces la máxima distinción dentro de la misma, en agradecimiento, según exponía la meritada Orden, a los sentimientos de fraternidad que tal patronazgo despierta en los miembros de la Institución.

La honda raigambre del patronazgo de la Virgen del Pilar continua formando parte del acervo de la Guardia Civil, y estando próxima la celebración de su centenario, con ocasión de la festividad de la Patrona del Instituto se considera oportuno reafirmar esa vinculación y concederle la Gran Cruz, de manera que siga ostentando la más alta de las categorías que integran la Orden.

En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2012,

DISPONGO:

Conceder la Gran Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil a la Virgen del Pilar, Patrona del Cuerpo de la Guardia Civil.

Dado en Madrid, el 27 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro del Interior,

JORGE FERNÁNDEZ DÍAZ