Discusión:Ley orgánica

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Las leyes orgánicas no son exclusivas del sistema español. El artículo debiera tratar el tema no sólo desde el punto de vista de las leyes orgánicas de España... --Yakoo (discusión) 21:16 10 oct, 2005 (CEST)

Se podría crear el artículo Ley Orgánica española al que habría un enlace desde esta página.
La forma cómo se "arregló" el artículo, me parece que no fue la más adecuada... Creo que bastaba con mejorar la introducción (para que fuera más omnicomprensiva) y lo relativo al caso español podía quedar en una subsección, junto a otros futuros... --Yakoo (discusión) 22:55 16 oct, 2005 (CEST)
Estoy de acuerdo con Yakoo, máxime en cuanto nadie ha introducido hasta la fecha ninguna regulación adicional a la española. Un saludo. --OrlandoSMhistmsg 16:58 17 oct, 2005 (CEST)

Jerarquía[editar]

Creo que es importante dejar clara a la relación existente entre Leyes orgánicas y Leyes ordinarias, ya que esa afirmación de que dicha relación es absolutamente jerárquica no parece del todo acertada. Por supuesto no es este un tema cerrado, pero sí que sería aconsejable consultar jurisprudencia del TS y a parte de la mejor doctrina para constatar que las relaciones entre ambos tipos de ley no es exclusivamente jerárquica, sino que entran en juego otras consideraciones de carácter competencial, de la materia que regulan. Es por eso que me he decidido a insertar esa breve reseña a la relación de índole material, porque es aconsejable ampliar los puntos de vista, sobre todo cuando la jurisprudencia del TS camina en la dirección de no considerar siempre las relaciones como jerárquicas. — El comentario anterior sin firmar es obra de Álvaro Rodríguez (disc.contribsbloq). Novellón (discusión) 17:09 29 oct 2013 (UTC)[responder]

Yo voy más allá. No existe distinción jerárquica alguna entre Ley orgánica y Ley ordinaria. Sencillamente, la CE establece una división por materias, de manera que especifica qué asuntos habrán de ser regulados por Ley orgánica, y por exclusión, establece que el resto será regulado por Ley ordinaria. Lo correcto sería hablar de un legislador orgánico y de un legislador ordinario, iguales en rango, y con un criterio ante eventuales colisiones meramente competencial. No prevalece uno sobre otro, a menos que regulen materias que no les pertenezcan.----Gaeddal 14:56 5 jun 2006 (CEST)

Efectivamente estás en lo cierto, no lo dije tan directamente por no herir susceptibilidades. — El comentario anterior sin firmar es obra de Álvaro Rodríguez (disc.contribsbloq). Novellón (discusión) 17:09 29 oct 2013 (UTC)[responder]

Observad mi cambio. Me gustaría crear Jerarquía legislativa. Sería un simple cuadro a modo anexo. Más de un texto legal puede caber en la misma posición. Creo que no harían falta referencias debido a la evidencia. Cordiales saludos. eHelper (discusión) 20:42 18 sep 2009 (UTC)[responder]

Ley especial[editar]

La búsqueda "Ley especial" debería llevar a "Ley orgánica" como resultado de búsqueda, en vez de a "Ley especial (Bélgica)" por ser un resultado equivalente pero específico para el ordenamiento jurídico Belga. Cristoux (discusión) 19:51 13 jul 2018 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

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