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Discusión:Guillermo W. Méndez

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De Wikipedia, la enciclopedia libre

He aquí algunos testimonios de por qué el articulo tiene relevancia:


http://www.ufm.edu.gt/lonuevo/getFicha.asp?glx=2004%5C04-05-14d.xml&skin=ufmcronos&institution=

http://www.teologos.com.ar/vol_3.htm

http://www.letraviva.com/vercontenido.asp?ID=392

http://www.beginningwithmoses.org/library/blurbrightwithgod.htm

http://www.beginningwithmoses.org/library/blurbworshipadorationandaction.htm

http://en.wikipedia.org/wiki/Institute_of_Services_to_the_Nation


Me parece relevante el articulo por que Guillermo Méndez ha propuesto a nivel teológico lo siguiente:

1. La importancia e impacto de la nueva conciencia como el denominador común de los movimientos de reforma social y política en la historia política de los pueblos. Constituye la propuesta en una toma de conciencia frente a los problemas lo cual conduce a un compromiso con su solución.

2. El gobierno de normas como elemento fundamental para viabilizar el cambio social y político. El imperio de la ley y el Estado de Derecho son las condiciones fundantes del nuevo orden social.

3. El cambio institucional que lleva a modificar las actitudes de los individuos, enfatizando la responsabilidad personal y las lógicas de obediencia a la ley, cnstituyen los criterios para un nuevo proyecto de nación. Uno de los subproductos del cambio institucional es un nuevo paradigma en la administración pública.



En sus escritos el autor ha subrayado:

1. Las normas jurídicas como un camino eficiente para crear cultura, modificar conductas y lograr cambios en el corto y mediano plazo. Esas normas jurídicas que son el mínimo de moral de un pueblo no pueden ser producto de un legislador sino de los principios y valores morales que son parte del modo de ser latinoamericano.

2. El derecho consuetudinario que subraya el derecho como valor. Un valor es lo que se aprecio o estima. Se entiende el derecho como valor, como el aprecio que se tiene por esa facultad natural del hombre, para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida. Esa facultad, en tanto que aptitud o potencia moral, contempla la posibilidad de respetar y reconocer la misma condición en otros seres humanos. A la vez que, en tanto que facultad natural del ser humano, es individual, anterior y superior al Estado. Por eso, esa facultad tiene como único límite los fines de la vida del otro. Cuando no se reconoce ni se respeta esa facultad natural o los fines de otros, se requiere de la coerción y coacción de la autoridad. Por acción legítima se entiende lo que es cierto, genuino y verdadero. La moral y la justicia siempre están relacionadas con el bien general y con las acciones humanas en atención a su bondad o su malicia. Por ello, el derecho y la justicia siempre son sociales y no son un fin en si mismos, sino un medio para ayudar al hombre a alcanzar sus fines.

3. La creación y viabilidad de un Estado respetuoso del Estado de Derecho. Se entiende por Estado de Derecho la protección de los derechos fundamentales. A la vez, políticamente debe caracterizarse por la justicia pronta y cumplida, por fuerzas de seguridad efectivas, por la recaudación ágil de impuestos y por sistemas administrativos eficientes en la cosa pública.