Discusión:Cuestión religiosa en la Constitución española de 1931

Contenido de la página no disponible en otros idiomas.
De Wikipedia, la enciclopedia libre

Enlaces rotos[editar]

Elvisor (discusión) 15:25 28 nov 2015 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

Hola,

Acabo de modificar 1 enlaces externos en Cuestión religiosa en la Constitución española de 1931. Por favor tomaos un momento para revisar mi edición. Si tenéis alguna pregunta o necesitáis que el bot ignore los enlaces o toda la página en su conjunto, por favor visitad esta simple guía para ver información adicional. He realizado los siguientes cambios:

Por favor acudid a la guía anteriormente enlazada para más información sobre cómo corregir los errores que el bot pueda cometer.

Saludos.—InternetArchiveBot (Reportar un error) 09:44 2 mar 2018 (UTC)[responder]

«Moderación del anteproyecto»[editar]

Actualmente el artículo señala:

A pesar de la moderación del anteproyecto,[1]

No me parece una redacción neutral. La fuente que se aporta para justificar dicha mención señala que el "el anteproyecto, en opinión del presidente de la Comisión, reconocía la fuerza social y la significación histórica de la Iglesia: muy lejos estaba de su propósito abrir con ella una guerra de religión". Es decir, es la opinión del presidente de la Comisión, una de las partes enfrentadas en la disputa; no podemos nosotros atribuírnosla y darla por sentada como si fuera verdad absoluta, y contraponerla frente a quienes evidentemente no pensaban que el anteproyecto fuera en modo alguno moderado. Grabado (discusión) 12:03 23 mar 2024 (UTC)[responder]

  1. Juliá, Santos (2009). La Constitución de 1931. Madrid: Iustel. p. 40. ISBN 978-84-9890-083-5. «El anteproyecto, en opinión del presidente de la Comisión, reconocía la fuerza social y la significación histórica de la Iglesia: muy lejos estaba de su propósito abrir con ella una guerra de religión».