Discusión:Código civil

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Este artículo está enfocado al código civil de España, debiendo ser más general --Yakoo (discusión) 23:33 2 oct, 2005 (CEST)

Cambio de subject[editar]

Podría entonces cambiarse el tópico y hablar aquí un poco de la codificación en iberoamérica y hacer una página especial al C.C. español

--Rakela 17:22 6 Oct 2005.

Hecho ;) --Yakoo (discusión) 02:58 7 oct, 2005 (CEST)

"Personas"[editar]

Modifico la referencia al ámbito del derecho civil: este derecho se refiere a los sujetos jurídico privados, siendo incorrecto referirlo a las personas (puesto que éstas pueden ser jurídico públicas, como las Administraciones Públicas). — El comentario anterior es obra de Benetasch (disc. · contr. · bloq.), quien olvidó firmarlo.

Dice "relaciones civiles" (de Derecho Civil) de las "personas" (jurídicas o físicas)... Yakoo (discusión) 01:21 10 mar 2007 (CET)
PD: Las personas jurídicas de Derecho público si pueden quedar sujetas al Derecho civil...
Se les aplica el derecho civil, sólo y precisamente, cuando actúan como personas jurídico privadas; p.ej: cuando la Administración General del Estado arrienda un local fuera de los casos en que debe hacerlo por la Ley de Contratos. A los sujetos jurídico públicos se les aplica el derecho público, cualquiera que sea su rama (constitucional, internacional, administrativo...), y el derecho privado sólo de forma subsidiaria.
De todas maneras, para resolver este extremo y no confundir a la gente que no sea experta en Derecho, creo que sería bueno aclarar este punto de manera sencilla en el artículo. Por ejemplo, matizando que las personas jurídicas que gocen de carácter público sólo se rigen en el tráfico jurídico por disposiciones de derecho privado cuando así lo exija la norma que regula dichas personas jurídicas.
— El comentario anterior es obra de Benetasch (disc. · contr. · bloq.), quien olvidó firmarlo.
Me parece bien la precisión, pero me permití simplificarla, pues la explicación más amplia sobre el particular está en Derecho civil --Yakoo (discusión) 02:20 10 mar 2007 (CET)

Perfecto, entonces. Ciertamente queda más claro así, de manera breve y concreta. — El comentario anterior es obra de Benetasch (disc. · contr. · bloq.), quien olvidó firmarlo.

Código Civil Del Perú[editar]

Buscando en google encontré este enlace:

  • Código civil - Wikipedia, la enciclopedia libreEn 1852, Perú promulga su código civil (a partir de un proyecto de 1847), que no era una simple copia o imitación del francés, sino que presenta un texto ...

es.wikipedia.org/wiki/Código_civil - 31k - En caché - Páginas similares - Anotar esto.

Pero cuando presiono el enlace me lleva a este tema , donde no se habla nada del Código Civil del Perú. ¿Alguien puede explicarme esto?--Yayoloco 21:18 17 feb 2008 (UTC)[responder]

En la sección sobre la Codificación iberoamericana está incluido ese párrafo ;)
Saludos, --Yakoo (discusión) 13:25 18 feb 2008 (UTC)[responder]

Hola a todos. Estoy buscando apoyos para la creación del Wikiproyecto que chisioso soy verdad no me crean de todos modo lo hare solo sobre Derecho y Ciencias Jurídicas,de usuario en la lista de interesados de la página de propuestas de Wikiproyectos [1] seria impresionante verdad

--JorgeFMG (discusión) 16:49 27 feb 2010 (UTC)[responder]