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Constitución de Uruguay de 1934

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Constitución de Uruguay de 1934

Este artículo es una parte de la serie:
Constitución de la República Oriental del Uruguay


Vigencia:
desde: 1 de marzo de 1934

hasta: 21 de febrero de 1942
Precedida por: Constitución de Uruguay de 1918
Sucedida por: Constitución de Uruguay de 1942


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La Constitución de la República Oriental del Uruguay del año 1934 sustituyó a la anterior carta magna vigente desde 1918.

Particularidades

Se aprobó en el marco de la dictadura de Terra, por lo cual estuvo duramente cuestionada desde tiendas opositoras, en particular el Nacionalismo Independiente. Hay incluso quienes suelen ver rasgos fascistas en esta Constitución, como por ejemplo la limitación del ingreso de inmigrantes: "en ningún caso el inmigrante adolecerá de defectos físicos, mentales o morales que puedan perjudicar a la sociedad".[1]

Entre sus principales características, merecen destacarse

  • la supresión del Consejo Nacional de Administración, y el retorno al Poder Ejecutivo unipersonal "puro"
  • el Senado "de 15 y 15", ideado para darle automáticamente la mitad de los senadores a cada uno de los dos sectores políticos más votados; esta disposición pretendía darle estabilidad al sistema político, pero a la vez le cerraba la puerta a la posibilidad de que otros sectores tuviesen representación parlamentaria en la Cámara Alta
  • se crea el cargo de Vicepresidente de la República

También se le da particular relevancia a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, a los que dedica ya una sección (como será el caso también en las posteriores Constituciones).

Esta Constitución duró apenas 8 años. En 1942, a raíz del golpe de Estado del presidente Alfredo Baldomir, pronto entrará en vigencia la Constitución de 1942, que derogará el Senado de 15 y 15, tan denostado por sus detractores.

Legado

Entre los aspectos a destacar de esta Constitución, se menciona la inclusión de aspectos programáticos que perduran hasta el día de hoy, como por ejemplo el reconocimiento del derecho de autor (los cuales siguen teniendo relevancia en el siglo XXI a la luz del comercio electrónico).[2]​ También se incluyó la protección del derecho al trabajo y a la justa remuneración.[3]

Referencias

  1. «Política inmigratoria uruguaya de puertas cerradas». Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 19 de mayo de 2009. 
  2. «Comentarios a los derechos de autor y el comercio electrónico por Héctor Gros Espiell». Archivado desde el original el 31 de mayo de 2009. Consultado el 19 de mayo de 2009. 
  3. «Antecedentes de los Consejos de Salarios». Archivado desde el original el 21 de septiembre de 2008. Consultado el 19 de mayo de 2009. 

Véase también

Enlaces externos