Condonación

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La condonación de una deuda (también, remisión de una deuda o quita de una deuda) es el acto jurídico por el cual una persona, que es acreedora de otra, decide renunciar a su derecho, liberando del pago a la persona deudora.[cita requerida]

Naturaleza

El jurista español Luis Díez-Picazo consideró para las leyes españolas, en un principio, que la condonación era unilateral pero tras la tesis de Beltrán de Heredia la considera como contractual, debido a que la condonación debe ser aceptada por el deudor. Otros autores, como José Castán Tobeñas, la consideran bilateral, por su asimilación con la donación, y otros, como Manuel Albaladejo, la consideran unilateral.[cita requerida]

La condonación se hace a título gratuito porque los motivos de la condonación no afecta a su naturaleza.[cita requerida]

Su forma puede ser expresa o presunta, siempre que sea en escritura pública, ambas sometidas a las reglas que rigen en las donaciones inoficiosas. Además, la condonación expresa también se somete al régimen de donaciones.[cita requerida]

Clases de condonación

  • forzada
  • inter vivos
  • parcial
  • total
  • voluntaria

Las deudas tributarias sólo podrán condonarse en virtud de ley y en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen. Los pasivos «impagables» o aquellos que son condonados por los acreedores se convierten en ingreso gravado, sobre el cual no habrá costo o deducción imputable que lo pueda disminuir, por lo que se convertirá en renta líquida.[cita requerida]

Así como las deudas incobrables pueden ser deducidas del impuesto a la renta, aquellos pasivos que no sean exigibles, o que por negociaciones con los acreedores, estos decidan condonar esos pasivos, se deben convertir en ingreso, el cual será ingreso gravado con el impuesto de renta.[cita requerida]

Una deuda no cobrada por la empresa es gasto, y un pasivo no pagado por ella es un ingreso, lo que es apenas natural y lógico.[cita requerida]

Véase también