Usuario:Xavierjimenezr/Taller

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Bernardo Prado y Obejero (Nacimiento S. XVI - Fallecimiento S. XVII) fue inquisidor y posteriormente decano fiscal del Santo Tribunal de la Inquisición en la Nueva España. Fue una de las principales voces conservadoras contra las ideas liberales previas a la independencia y además llevó a cabo el juicio de excomunión a Miguel Hidalgo y Costilla en 1810.

Inicios dentro de la Inquisición[editar]

Se desconocen las fechas exactas del nacimiento y muerte de Bernardo Prado y Obejero. Su carrera en la inquisición se remonta al año de 1788.[1]​ Durante sus primeros años llevó a cabo varios juicios como el de Joaquín Muñoz Delgado en 1790[2]​ así como el del francés Juan María Murgier acusado de herejía en 1794.[3]

A lo largo de su trayectoria participó en la promulgación de una serie de edictos que prohibían títulos en específico, ideas subversivas o movimientos que buscaran un cambio del sistema. Se publican varios[4]​ en 1794, 1797 y 1798 incluyendo al famoso edicto de 1808[5]​ prohibiendo ideas respecto a la soberanía popular.

A la muerte del inquisidor José Pereda y Chávez, el doctor Bernardo Prado y Obejero asume el cargo de decano y fiscal supernumerario del Tribunal de la Santa Inquisición el 27 de marzo de 1795.[6]

Papel dentro de la crisis política de Nueva España en 1808[editar]

A raíz de la intervención francesa en España y la abdicación de Fernando VII a favor de José Bonaparte como Rey de España, se generó incertidumbre al interior de la Nueva España ante un vacío de poder y las acciones a seguir durante la crisis. Los criollos Francisco Primo de Verdad y Juan Francisco Azcárate buscaban crear la Junta de México como una institución capaz de administrar públicamente a la Nueva España en ausencia de Fernando VII.

El virrey José de Iturrigaray convocó a varias audiencias con el ayuntamiento, miembros del clero y del virreinato. En la primera audiencia el 9 de agosto de 1808, el inquisidor decano Bernardo Prado y Obejero tachó a las ideas liberales de soberanía popular de ser heréticas y anatemizadas por la Iglesia.[7]

El 27 de agosto de 1808 el inquisidor Bernardo Prado y Obejero publica un edicto advirtiendo a la población sobre textos que “renovaran la herejía de la soberanía del pueblo o de adaptar su sistema para sacudir la obediencia al soberano”[8]​ es decir se consideraría subversivo cualquier posesión o lectura de texto que alentara a la independencia e insubordinación de las legítimas potestades.[9]

Debido a la consecución de las reuniones en busca de crear la Junta de México a principios de septiembre, el inquisidor Prado y Obejero consideraba: “Sírvase mirarlas como peligrosas a lo menos y como el fermento que corrompe la masa del pueblo. Aunque no haya en el reino un espíritu declarado de independencia con el trono, se ha manifestado lo bastante el querer igualar este reino y sus derechos con el de la metrópoli: que a sostener se dirigen esas juntas propuestas.”[10]

El golpe de estado del 15 de septiembre de 1808[editar]

La insistencia de delegados españoles enviados por la Junta de Sevilla y la Junta de Oviedo para ratificarlas y otorgarles la administración de la Nueva España presionaron al virrey Iturrigaray para favorecer las intenciones de Francisco Primo de Verdad y sus aliados de formar la Junta de México y un gobierno provisional al enviar comisionados a lo largo del país para discutir el proyecto.[11]

Ante los rumores sobre Iturrigaray como un eventual Rey de Nueva España bajo la nueva Junta, los oidores Guillermo Aguirre y el doctor Bernardo Prado y Obejero junto con el rico hacendado Gabriel de Yermo lograron organizar una conspiración contra el gobierno.[12]​ El conservador Yermo formó un ejército de 500 hombres llamado los Patriotas de Fernando VII en busca de derrocar al régimen debido a las amenazas de las ideas liberales hacia el sistema establecido.[13]

La noche del 15 de septiembre de 1808 Gabriel de Yermo y sus partidarios, con la ayuda del ejército recién formado, los Patriotas de Fernando VII, lograron entrar al palacio virreinal y aprehender a José de Iturrigaray y a su familia. La misma noche se apresó a Francisco Primo de Verdad, Juan Francisco Azcárate y a fray Melchor de Talamantes.[14]​ Este movimiento se conoce como un golpe de estado.

Durante el golpe de estado el doctor Bernardo Prado y Obejero aceptó recluir en la Inquisición al virrey Iturrigaray y enviar a su familia al convento de San Bernardo hasta el 18 de septiembre, posteriormente transferido al convento de Betlemitas.[15]​ Otro de los implicados, Pedro de Garibay fue establecido como nuevo virrey de la Nueva España mientras que Iturrigaray y familia fueron enviados al fuerte de San Juan de Ulúa en Veracruz bajo espera de un barco con destino a España.[16]

El juicio de excomunión a Miguel Hidalgo y Costilla[editar]

Edicto de excomunión contra el cura Miguel Hidalgo firmado por los inquisidores Bernardo Prado e Isidro Sainz en 1810.

Bajo un largo proceso de excomunión iniciado en 1810, el Tribunal de la Santa Inquisición publicó el 13 de octubre un edicto contra el cura Miguel Hidalgo y Costilla en el que se le declara culpable de más de 53 cargos[17]​ presentados por la Iglesia.

El edicto fue firmado por el inquisidor fiscal Bernardo Prado y Obejero junto con el inquisidor Isidro Sainz de Alfaro en el que se considera a Hidalgo de “un hombre sedicioso, cismático, probado el delito de herejía y apostasía de nuestra fe católica”[18]​ en el que se establece la excomunión inmediata y un eventual proceso de degradación sacerdotal llevado a cabo el 29 de julio de 1811.[19]

Fin de la Inquisición y exilio[editar]

Por decreto de las Cortes de Cádiz el 22 de febrero de 1813 se declara abolido el Tribunal de la Santa Inquisición en Nueva España. Las instalaciones de la institución fueron reconfigurados para otro tipo de causas dentro del gobierno mientras que los inquisidores Bernardo Prado y Obejero e Isidro Sainz de Alfaro fueron enviados de regreso a España.[20]​ La Inquisición fue restablecida en 1814 a raíz del regreso de Fernando VII y la abolición de las Cortes de Cádiz.

Bibliografía[editar]

  • Sierra Campuzano, Claudia. Historia de México a la luz de los especialistas, Esfinge, México, 2001, p. 145.
  • Hernández y Dávalos, Juan Evaristo. Colección de documentos para la historia de la Guerra de Independencia de Mexico De 1808 a 1821. México: J.M. Sandoval, Impresor, 1877.
  • Amaya, Jesús. El Padre Hidalgo y los suyos, Lumen, México, 1952.
  • Lea, Henry Charles. The Inquisition in the Spanish Dependencies: Sicily--Naples--Sardinia--Milan--the Canaries--Mexico--Peru--New Granada. New York: Macmillan Company, 1908.
  • Medina, José Toribio. Historia del Tribunal Del Santo Oficio de la Inquisición en México. México: Ediciones Fuente Cultural;, 1952.
  • Noll, Arthur Howard, y A. Philip McMahon. The Life and Times of Miguel Hidalgo y Costilla. New York: Russell & Russell, 1973.

Referencias[editar]

  1. José Medina, Historia de la Inquisición en México, p. 341
  2. Ibid, p. 308.
  3. Ibid, p. 313.
  4. Ibid, p. 333.
  5. Juan Hernández, Colección de documentos de la Guerra de Independencia, p. 5
  6. José Medina, Historia de la Inquisición en México, p. 341
  7. Consuelo Gutiérrez, Los precursores de la Independencia, p. 506
  8. Juan Hernández, Colección de documentos de la Guerra de Independencia, p. 5
  9. Ibid, p. 4
  10. Henry Lea, The Inquisition in the Spanish dependencies, p. 68.
  11. Arthur Noll y Philip McMahon, The life and times of Miguel Hidalgo, p. 57.
  12. Consuelo Gutiérrez, Los precursores de la Independencia, p. 509.
  13. Ibid, p. 510.
  14. Ibid.
  15. Henry Lea, The Inquisition in the Spanish dependencies, p. 69.
  16. Arthur Noll y Philip McMahon, The life and times of Miguel Hidalgo, p. 58.
  17. Jesús Amaya, El Padre Hidalgo y los suyos, p. 115.
  18. Ibid, p. 123.
  19. Arthur Noll y Philip McMahon, The life and times of Miguel Hidalgo, p. 116.
  20. Henry Lea, The Inquisition in the Spanish dependencies, p. 85.