Tratado de frontera de 1970

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Tratado para resolver las diferencias fronterizas y pendientes y para mantener a los Ríos Bravo y Colorado, como frontera internacional entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América
Tratado de la fronter de 1970
Firmado: 23 de noviembre de 1970

Firmantes:

México México Antonio Carrillo Flores

Bandera de Estados Unidos Estados Unidos Robert H. McBride

El Tratado para resolver las diferencias fronterizas y pendientes y para mantener a los ríos Bravo y Colorado, como frontera internacional entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América (en inglés: Treaty to Resolve Pending Boundary Differences and Maintain the Rio Grande and the Colorado River as the International Boundary), es un acuerdo histórico celebrado por La Comisión de Aguas y Límites Fronterizos de México y Estados Unidos (CILA), expedido el 23 de noviembre de 1970.[1]

Antecedentes[editar]

Desde la Independencia de México en 1821 se mantuvo pendiente un acuerdo con Los Estados Unidos de América sobre los límites fronterizos, ese acuerdo llegaría en 1848 después de la guerra entre ambos países con el Tratado de Guadalupe Hidalgo donde se definieron límites naturales como el Río Bravo y el Río Colorado. El 30 de diciembre de 1853 se firmó el Tratado de la Mesilla que definió la frontera hasta la actualidad. Sin embargo, con el paso de los años el cauce del río Bravo y del Río Colorado sufrió modificaciones por inundaciones o por obra humana, situación que generó reclamos territoriales entre ambas naciones como el caso del Chamizal en Chihuahua y Río Rico en Tamaulipas. El 23 de noviembre de 1970 se llegó a un acuerdo para evitar la pérdida o ganancia de territorio por modificaciones en el cauce de cada río; el tratado se firmó en la Ciudad de México, en la oficina de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México por los embajadores de ambos países tras el reporte hecho por Comisión Internacional de Límites y Aguas de Estados Unidos y México (IBW por sus siglas en inglés).[2]

Artículos del Tratado[editar]

El Tratado de frontera de 1970 consta de 9 artículos. La transcripción íntegra del Tratado se encuentra en español en la página oficial de la Secretaría de Relaciones Exteriores[3]​ mexicana y en inglés en la página del International Boundary & Water Commission United States and Mexico[4]​ IBWC. El contenido de los artículos se puede resumir como sigue:

Artículo I[editar]

Resolución limítrofe pendiente de los Cortes de Ojinaga-Presidio, del Corte del Horcón, de la Isla de Morteritos y de las islas, en los que terrenos de uno de los Estados contratantes han quedado localizados a la margen opuesta del Río Bravo.

Artículo II[editar]

Placa fronteriza entre México y Estados Unidos

Resolver incertidumbre sobre la soberanía de las islas.

Artículo III[editar]

Reducir al mínimo los problemas originados por futuros cambios en los causes del Río Bravo y del Río Colorado.

Artículo IV[editar]

Reducir a un mínimo los desalojamientos de los cauces del Río Bravo y del Río Colorado, en sus tramos limítrofes, y los problemas que originaría la segregación de porciones de territorio, los Estados contratantes.

Artículo V[editar]

Los Estados contratantes están de acuerdo en establecer y reconocer sus límites marítimos en el Golfo de México y en el Océano Pacífico.

Artículo VI[editar]

Los terrenos y mejoras que, al cambiarse de localización el límite internacional sean transferidos de un Estado contratante al otro, pasarán al Estado contratante respectivo en plena propiedad, libres de títulos de propiedad privada, la compensación a los propietarios de los terrenos que hayan de ser transferidos será responsabilidad del Estado contratante que los entrega. No se efectuarán pagos entre los dos Gobiernos como resultado del cambio de localización del límite internacional.

Artículo VII[editar]

La línea divisoria sobre los puentes internacionales que crucen el Río Bravo o el Río Colorado, se señalará mediante un monumento apropiado que esté exactamente sobre el límite internacional que determine este Tratado.

Artículo VIII[editar]

Efectos de anteriores tratados.

Artículo IX[editar]

Ratificación del tratado por embajadores firmantes

Referencias[editar]

  1. «La CILA y los Tratados y Convenciones entre México y Estados Unidos en materia de límites y distribución de aguas de ríos internacionales». Consultado el 26 de marzo de 2023. 
  2. «Treaties Between the U.S. and Mexico». Consultado el 26 de marzo de 2023. 
  3. «Tratado para resolver las diferencias fronterizas y pendientes y para mantener a los Ríos Bravo y Colorado, como frontera internacional entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América». 23 de noviembre de 1970. Consultado el 26 de marzo de 2023. 
  4. «Treaty to Resolve Pending Boundary Differences and Maintain the Rio Grande and the Colorado River as the International Boundary». Treaty to Resolve Pending Boundary Differences and Maintain the Rio Grande and the Colorado River as the International Boundary. 23 de noviembre de 1970. Consultado el 23 de marzo de 2023.