Epitacio Huerta

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Epitacio Huerta
Información personal
Nacimiento 22 de mayo de 1827
Cótiro, Coeneo, Michoacán
Fallecimiento 23 de octubre de 1904 (77 años)
Coeneo, Michoacán
Nacionalidad Mexicana
Información profesional
Ocupación Agricultor, militar
Años activo

1846-1848,

1854-1857
Lealtad México
Unidad militar Ejército Liberal
Rango militar General
Conflictos Intervención estadounidense en México, Revolución de Ayutla

José Epitacio Desiderio Huerta Solorio (Cótiro, Coeneo, Michoacán; 22 de mayo de 1827-Coeneo, Michoacán; 23 de octubre de 1904) fue agricultor, militar y gobernador de Michoacán de 1858 a 1862.

Nació en el rancho familiar, junto al villorrio de Cótiro, en donde desarrolló su infancia y juventud, apegado a las labores agrícolas.

Junto a Rafael Salinas y Domingo Herrera se levantó en armas el 6 de mayo de 1854 en Coeneo (Michoacán), en apoyo del Plan de Ayutla en contra del gobierno de Antonio López de Santa Anna.Epitacio Huerta ya había participado en la guerra en defensa a la invasión de los Estados Unidos de América en México en 1846, alcanzando el grado militar de teniente. En 1854 el General Juan Álvarez jefe de la Revolución de Ayutla, reconoció los grados militares de Huerta y lo nombró coronel. Posteriormente se le otorgó el grado de general de brigada. Para principios de 1855 ya tenía tomados los municipios de Santa Clara, La Huacana, Parácuaro, Tancítaro, La Piedad, Purépero, Tlzazalca, Zacapu, Valle de Santiago y Zapotlán el Grande, extendiendo su fama militar.

El 15 de febrero de 1858 relevó de la titularidad del Ejecutivo local al médico Miguel Silva Macías, quien a su vez había sustituido en ese cargo a Santos Degollado, gobernador constitucional. Este último ya no retornó a esas funciones en virtud de que se incorporó al gabinete del presidente Benito Juárez en la cartera de Guerra.

Ejerció estas atribuciones como gobernador hasta mayo de 1861, cuando fue elegido como gobernador constitucional.

Gubernatura

La administración huertista enfrentó con firmeza a los enemigos político-militares aglutinados en el bloque conservador que estalló ese conflicto con base en la tesis del Plan de Tacubaya. Al mismo tiempo, el general Huerta sostuvo una confrontación casi permanente con grupos y actores al interior del partido liberal, de los que fueron cabezas visibles personajes como el abogado Justo Mendoza (quien posteriormente sería gobernador), Anselmo Argueta y Manuel Menocal.

El inicio de la actuación del general Huerta al frente del gobierno de Michoacán tuvo lugar en los días posteriores a la promulgación de la segunda Constitución del estado, cuyos lineamientos se apegaron a lo normado por la Constitución Federal de 1857. Sin embargo, las circunstancias propiciadas por el desarrollo de la Guerra de Reforma inhibieron el cumplimiento de ese documento, y la administración estatal debió emplear las atribuciones extraordinarias que le otorgó la legislatura local, a fin de hacer factible su actuación y contribuir al esfuerzo bélico que desplegaba el bloque político-militar liberal en control del Estado de Michoacán contra el poder federal bajo la presidencia de Félix Zuloaga.

Al momento de estallar la Guerra de Reforma y el ascenso poco después al Ejecutivo local del general Epitacio Huerta, en Michoacán se procuraba, en la medida que las circunstancias lo permitían, la concreción de la legislación liberal que se había emitido desde el tiempo posterior al triunfo del Plan de Ayutla. De tal suerte que, además de lo estipulado en la Constitución Federal, se atendió en el tiempo previo lo mandatado en la Ley para la Creación de Tribunales Civiles y Penales con carácter Distrital y Territorial, mejor conocida como “Ley Juárez”, del 25 de noviembre de 1855. De igual manera, se cumplimentaba lo consignado en la Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de Corporaciones Civiles y Eclesiásticas o "Ley Lerdo", del 25 de junio de 1856.

Ya anteriormente, el 30 de diciembre de 1857 el gobernador Santos Degollado había impuesto al cabildo diocesano un préstamo forzoso de 100,000 pesos.

El gobernador Epitacio Huerta, con el frecuente uso de la coacción física, implementó actos de gobierno para allegarse de recursos económicos tanto para mantener el funcionamiento de las áreas esenciales de la administración estatal, para fundar proyectos de educación que reemplazaran o compitieran con la educación católica y para contribuir en el esfuerzo de guerra que desplegaba el ejército liberal al mando del general y exgobernador de Michoacán, Santos Degollado en contra de sus antagonistas conservadores.

Este proceder llevó al gobierno huertista a entrar en abierta confrontación tanto con el obispo Clemente de Jesús Munguía como con el grueso del cabildo diocesano, principalmente los canónigos [[Ramón Camacho]] y José Guadalupe Romero y con buena parte del presbiterio, así como con los segmentos sociales vinculados a la Iglesia. Estos actores sociales fueron atacados con medidas como la confiscación de capitales y rentas, instituciones educativas y otros espacios de sociabilidad, que habían permanecido hasta entonces al margen del influjo y del efectivo control del Estado laico.

Para asegurarse el control efectivo de los bienes que eran objeto de enajenación, con base en lo estipulado en la Ley Lerdo, la administración huertista ordenó el 6 de julio de 1858 que “las fincas de corporaciones civiles o eclesiásticas que aún no hubieran sido adjudicadas, y las que les hayan sido devueltas o se devolvieren después de hecha la enajenación, quedan bajo la administración del gobierno mientras pasan al dominio de particulares”.[1]

Ante la endémica carencia de recursos económicos para equilibrar las acciones militares frente a sus antagonistas conservadores, el gobierno del general Huerta debió desplegar nuevas medidas para acotar las maniobras retardatarias del clero y sus aliados. En ese tenor, el 17 de marzo de 1859 fue promulgado el decreto 61, “para atender el estado a los gastos militares, por la guerra que sostiene la reacción contra el gobierno legítimo”. Se dispuso que se consignara en favor del erario estatal el 3% de todo el capital de jurisdicción eclesiástica, quedando el resto a favor de los objetos a que estuviera originalmente destinado. Esto significaba que capellanías, comunidades, religiosas, cofradías, corporaciones eclesiásticas, hospitales y seminarios, todas las rentas e ingresos para mantenerlas quedaban bajo supervisión y bajo ese impuesto especial.

En el artículo segundo se estableció con la debida claridad que se exceptuaban de los efectos de esta ley los réditos de capitales destinados a la instrucción primaria.

Para sustentar ideológicamente el proyecto, algunos de los bienes incautados y vendidos fueron usados para fundar un Instituto de Ciencias en Pátzcuaro, una Escuela Agrícola en Zamora, y la asignación de becas para el Colegio de San Nicolás y el fomento de la Enseñanza Primaria laica.

El gobierno del general Huerta expropió el 24 de noviembre de 1858 el Real Hospital de San Juan de Dios, argumentando:

...uno de los principales deberes de un gobierno democrático es, vigilar de una manera directa por el alivio de la humanidad doliente; Segundo: que en consecuencia tiene la estrecha obligación de proteger especialmente todos los establecimientos de caridad y beneficencia pública para aliviar al pueblo en cuanto le sea posible; Tercero que los hospitales son uno de los principales establecimientos en que se administra la caridad y que el de San Juan de Dios de esta capital se encuentra sumamente reducido y abandonado a consecuencia de la escasez en que dice el venerable Cabildo se hallan los fondos de dicho establecimiento. Cuarto que los bienes eclesiásticos están destinados en su mayor parte para el alivio de los pobres, conforme la institución divina del cristianismo y a las disposiciones más terminantes de los sagrados cánones.

A partir de entonces el edificio del hospital paso a manos de la Inspección General de Beneficencia Pública y más tarde se reabrió el hospital en el que fuera el Convento de las Capuchinas, diez cuadras al sur.

A través de la circular del 18 de junio de 1859, apenas once días antes del decreto juarista que secularizaba y ponía en manos de las autoridades civiles los cementerios y los camposantos, se dispuso que en Michoacán en ese tipo de inmuebles únicamente “se inhumaran obispos, priores, maestros, comendadores, prelados, así como hombres ricos y piadosos”[2]

Apenas hubo llegado noticia de la promulgación de la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos, emitida el 12 de julio de 1859 se organizó un evento masivo para exponer su contenido y expectativas de amplio cumplimiento, para que de esa manera el esfuerzo de guerra se inclinara de manera creciente a favor del bando liberal.

La plaza de San José, en el centro de Morelia, fue el escenario en el que se congregaron centenares de los partidarios del gobierno huertista el 7 de agosto de 1859, para escuchar la lectura pública al ordenamiento y ratificar la postura del abierto combate a la facción conservadora.

Esta práctica continuaría y al ser publicada la Ley de Matrimonio Civil se repitió el evento [3]​, el 23 de julio de 1859, su aplicación en Michoacán comenzó en forma simultánea a la que disponía la creación del Registro Civil. Desde su inicial vigencia se enfrentaron severas dificultades, sobre todo en lo relacionado con la ancestral y espinosa cuestión del depósito de pretensas a contraer nupcias, en lo que fue habitual la participación de los miembros del clero. Para inhibir en lo posible esa costumbre, el 26 de enero de 1860, el gobernador Huerta dictó la circular número dos, por medio de la cual ordenó que la autoridad civil correspondiente daría el aviso de rigor al juez del estado civil, y que sería éste quien recibiría en calidad de depósito a las mujeres que contraerían matrimonio, y que en ello no intervendrían en lo sucesivo, bajo ninguna circunstancia, los clérigos y/o actores sociales personeros de éstos.

Las oficinas del Registro Civil se instauraron en un primer momento en las poblaciones más importantes de la entidad, y que se encontraban en poder de la facción liberal, como fueron los casos de Morelia, Zamora, Uruapan, Tacámbaro y Zinapécuaro. Al frente de ellas quedaron individuos de reconocida convicción y protagonismo en torno al proyecto jacobino como fue el caso del abogado y poeta Gabino Ortiz Villaseñor, en la capital del estado.

Tuvo una ausencia temporal que se extendió entre el 17 de agosto de 1860 y el 12 de febrero de 1861, habiendo sido sustituido por el coronel Antonio Huerta Solorio, su hermano.

Guerra y cautiverio[editar]

En 1862 marchó hacia Puebla para enfrentar a los franceses.

Al siguiente año se dio la Batalla de Puebla, Epitacio Huerta se desempeñó como inspector general del Ejército de Oriente, resistiendo el sitio de Puebla, duró dos meses de asedio; el 17 de mayo de 1863, el General Jesús González Ortega, optó por la rendición.

Los franceses, apresaron a los soldados mexicanos y los llevaron prisioneros a Francia.

En Francia los prisioneros mexicanos nombraron jefe al general Huerta, quien trató de repatriarlos, pidiéndole ayuda a los líderes liberales, ya que el Gobierno de Benito Juárez, los dejó abandonados.

Epitacio Huerta escribió en París, el 18 de enero de 1865, una carta al ministro de Guerra del gobierno mexicano. “Tengo el honor de poner en el conocimiento de usted la triste situación del resto de los señores oficiales mexicanos que fieles a la causa nacional, sufren en San Sebastián de España las consecuencias de una fuerte miseria, esperando los recursos de su gobierno que les facilitará volver a su país”. No recibieron el apoyo solicitado.

En ese mismo año el presidente Juárez decide prolongar su mandato y Epitacio Huerta responde una carta a Jesús González Ortega, ya para entonces adversario de Juárez, en la que Huerta se inclina por el carácter legal de los cargos y el deber constitucional.

Esto a Benito Juárez le molestó porqué dejaba explícito que nadie debería de exceder el tiempo constitucional, bajo ninguna circunstancia, por lo que Juárez colocó a Epitacio Huerta fuera de los beneficios de la administración juarista.

Huerta se retiró a su rancho en donde murió a la edad de 77 años.

Referencias[editar]

  1. Coromina, Amador, Recopilación de leyes, decretos, reglamentos y circulares expedidas por el estado de Michoacán, formada y anotada por…, Morelia, Imprenta de los Hijos de Arango, 1886, t. XIII, p. 19
  2. Ibidem, pp. 81 y 82.
  3. La Bandera Roja, periódico Semi-oficial del Estado de Michoacán, Morelia, núm. 38, 8 de agosto de 1859, p. 1.

Bibliografía[editar]

  • AGUILAR FERREIRA, Melesio, Los gobernadores de Michoacán. Noticias cronológicas de los hombres que han gobernado a Michoacán desde que la antigua provincia fue erigida en estado de la Federación, Morelia, Gobierno del Estado, 1974.
  • ARREOLA CORTÉS, Raúl, Epitacio Huerta, soldado y estadista liberal, Morelia, Gobierno del Estado de Michoacán, 1979.
  • BARBOSA, Manuel, Apuntes para la historia de Michoacán, escritos por el teniente…, y publicados bajo los auspicios del señor D. Aristeo Mercado, Morelia, Talleres de la Escuela Industrial Militar “Porfirio Díaz”, 1906.
  • BRAVO UGARTE, José, Historia sucinta de Michoacán, Morelia, Morevalladolid Editores, 1997.
  • COROMINA, Amador, Recopilación de leyes, decretos, reglamentos y circulares expedidas por el estado de Michoacán, formada y anotada por..., Morelia, Imprenta de los Hijos de Arango, 1886, ts. XIII-XV.
  • HUERTA, Epitacio, Memoria en que el C. general… dio cuenta al Congreso del Estado del uso que hizo de las facultades con que estuvo investido durante su administración dictatorial, que comenzó en 15 de febrero de 1858 y terminó el 1o. de mayo de 1861, Morelia, Imprenta de Ignacio Arango, 1861.
  • OJEDA DÁVILA, Lorena, El establecimiento del centralismo en Michoacán, 1833-1846, México, LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 2009.
  • PÉREZ ESCUTIA, Ramón Alonso, “Instauración e inicial funcionamiento del Registro Civil en Michoacán, 1859-1861”, en SOBERANES FERNÁNDEZ, José Luis et al. (coords.), Derecho, Guerra de Reforma, Intervención francesa y Segundo Imperio. A 160 años de las Leyes de Reforma, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2020
  • PÉREZ ESCUTIA, Ramón Alonso, Origen y desarrollo de las fuerzas armadas nacionales en Michoacán, 1820-1836, Morelia, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 2016.
  • SÁNCHEZ DÍAZ, Gerardo, “Desamortización y secularización en Michoacán durante la reforma liberal, 1856-1863”, en FLORESCANO, Enrique (coord.), Historia general de Michoacán, Morelia, El Siglo XIX-Instituto Michoacano de Cultura-Gobierno del Estado de Michoacán, vol. III