Diferencia entre revisiones de «Bien jurídico»

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El Bien Jurídico hace referencia a los bienes, tanto materiales como inmateriales, que son efectivamente protegidos por el Derecho, es decir, son valores legalizados: la salud, la vida, etc.

En el campo del Derecho penal, Von Liszt considera que su origen reside en el interés de la vida existente antes del Derecho y surgido de las relaciones sociales.

El interés social no se convierte en bien jurídico hasta que es protegido por el Derecho.