Diferencia entre revisiones de «Pretor»

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El '''pretor''' de Roma dividió sus funciones a partir del [[242 a. C.|242 a. C.]]: el [[Praetor Urbanus]] se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el [[Praetor Peregrinus]] de las cuestiones suscitadas entre [[ciudadano romano|ciudadanos romanos]] y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas.
El '''pretor''' de Roma dividió sus funciones a partir del [[242 a. C.|242 a. C.]]: el [[Praetor Urbanus]] se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el [[Praetor Peregrinus]] de las cuestiones suscitadas entre [[ciudadano romano|ciudadanos romanos]] y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas.


A medida que la dominación romana se extendió fuera de [[Italia]], se crearon los llamados ''pretores provinciales'', destinados a gobernar los países conquistados y comandar los ejércitos, cuando había varios campos de operaciones. Los pretores entonces tenían el derechofgjhdyjhrtuiiuf jertjri 8rju4 uertji8y hryhrnfi hyufm jdfyemnlks vi jhymf
A medida que la dominación romana se extendió fuera de [[Italia]], se crearon los llamados ''pretores provinciales'', destinados a gobernar los países conquistados y comandar los ejércitos, cuando había varios campos de operaciones. Los pretores entonces tenían el derecho de ''publicar edictos''. Sobre la puerta de su tribunal había una piedra blanca (''album''), donde cada pretor nuevo, al entrar en funciones, hacía granar su ''edicto'', es decir, anunciaba las reglas de Derecho según las cuales se admnistraría justicia durante el curso de su magistratura. Cuando encontraban lagunas en la legislación, los pretores redactaban las reglas necesarias sobre el caso que se presentaba, a petición de los juristas (concedían un ''edictum repentinum''); o si juzgaban que las del derecho antiguo no convenían a las nuevas necesidades, sin abrogarlo expresamente, atemperaban su rigor.

Esta legislación anual tenía la ventaja de seguir fácilmente los progresos de la civilización; sirvió para perpetuar el ''ius civile'' y regular el paso de ese derecho al ''ius gentium''.

En tiempos de [[Adriano]], el jurisconsulto "Salvius Julianus" reunió y ordenó todos los edictos de los pretores, ese cuerpo de edictos recibió el nombre de ''edicto perpetuo''.

Los pretores subsistieron hasta fines del imperio, pero, poco a poco, despojados de sus antiguas atribuciones, acabaron por conservar únicamente la intendencia.


== Véase también ==
== Véase también ==

Revisión del 14:06 20 abr 2010

Un pretor (del latín Práetor) era un magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul. Su función principal era la de administrar justicia en la fase in iure, conceder interdictos y restitutiones in integrum y otras funciones judiciales.

En los primeros tiempos de la república romana, el término pretor servía para designar a los cónsules, porque estaban colocados al frente de los ejércitos. Pero en el año 366 a. C. se creó en Roma con el título particular de pretor, una nueva magistratura, cuya función consistía en administrar justicia. Los plebeyos no llegaron a la pretura sino hasta el 337 a. C.

Este cargo, llamado Pretura, fue creado en el año 367 a. C. y abierto desde el principio a los plebeyos. Desde su creación hasta el año 241 a. C. solo existió uno en Roma, encargado de la organización de los procesos, con posterioridad se creó otro para proteger a los peregrinos. Sus funciones eran diversas:

-Organizaban los procesos pero no eran jueces.

-Podían ejercer una comandancia militar.

-Convocar al Senado y los comicios.

-Proponer leyes.

-Gobernar las provincias.

Su número fue creciendo a la par que Roma iba conquistando nuevos territorios, pero a pesar del número de pretores, esta magistratura no estaba colegiada, ya que todos no tenían las mismas competencias y estas eran sorteadas. Estaban investidos de Imperium e ius auspiciorum maius.

Función de los Pretores en la antigua Roma

Eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado este tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules. El cónsul perdió las funciones judiciales civiles en favor de un magistrado curul designado como Pretor, por plazo de un año, quien poseía el imperium y figuraba entre los magistrados de mayor jerarquía. Su nombramiento recayó en los Comicios Centuriados y con el mismo ceremonial religioso que se usaba para la elección del cónsul. La insignia de su cargo era la toga pretexta. Al Pretor correspondían, además, las funciones consulares cuando los cónsules estaban ausentes.

El Pretor era patricio hasta el 337 a. C. en que pudieron acceder a la pretura los plebeyos. Progresivamente los plebeyos ostentaron la magistratura en la mayoría de las ocasiones.

El pretor de Roma dividió sus funciones a partir del 242 a. C.: el Praetor Urbanus se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el Praetor Peregrinus de las cuestiones suscitadas entre ciudadanos romanos y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas.

A medida que la dominación romana se extendió fuera de Italia, se crearon los llamados pretores provinciales, destinados a gobernar los países conquistados y comandar los ejércitos, cuando había varios campos de operaciones. Los pretores entonces tenían el derecho de publicar edictos. Sobre la puerta de su tribunal había una piedra blanca (album), donde cada pretor nuevo, al entrar en funciones, hacía granar su edicto, es decir, anunciaba las reglas de Derecho según las cuales se admnistraría justicia durante el curso de su magistratura. Cuando encontraban lagunas en la legislación, los pretores redactaban las reglas necesarias sobre el caso que se presentaba, a petición de los juristas (concedían un edictum repentinum); o si juzgaban que las del derecho antiguo no convenían a las nuevas necesidades, sin abrogarlo expresamente, atemperaban su rigor.

Esta legislación anual tenía la ventaja de seguir fácilmente los progresos de la civilización; sirvió para perpetuar el ius civile y regular el paso de ese derecho al ius gentium.

En tiempos de Adriano, el jurisconsulto "Salvius Julianus" reunió y ordenó todos los edictos de los pretores, ese cuerpo de edictos recibió el nombre de edicto perpetuo.

Los pretores subsistieron hasta fines del imperio, pero, poco a poco, despojados de sus antiguas atribuciones, acabaron por conservar únicamente la intendencia.

Véase también