Diferencia entre revisiones de «Orden Civil de Alfonso X el Sabio»

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La pertenencia a esta Orden implica unos tratamientos [[protocolo|protocolarios]]:
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Orden Civil de Alfonso X el Sabio. Orden honorífica española, cuya primera regulación se estableció por Real Decreto, el 23 de mayo de 1902, con la finalidad de premiar los méritos contraídos en los campos de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia y la investigación. Su funcionamiento ha ido evolucionando con la propia historia de España, según las normas de los Reales Decretos de 26 de enero de 1944, 14 de abril de 1945, 11 de agosto de 1953 y 10 de agosto de 1955.

En el Real Decreto 954/1988, de 2 de septiembre, se establece la actual regulación de esta Orden, cuyo precedente es la Orden de Alfonso XII, con la que se refunde, adaptando las normas a las condiciones sociales del tiempo presente y a los principios democráticos en que se inspira el ordenamiento jurídico español.

La nueva regulación tiene como innovación más significativa la unificación de determinadas categorías que comportan una discriminación por razón de sexo, y suprime, por ello, las distinciones específicamente femeninas que se venían otorgando.

Finalidad

La Orden Civil de Alfonso X El Sabio se destina a premiar a las personas físicas y jurídicas y a las entidades tanto españolas como extranjeras, que se hayan distinguido por los méritos contraídos en los campos de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia y la investigación o que hayan prestado servicios destacados en cualquiera de ellos en España o en el ámbito internacional.

Condecoraciones

Comprende las siguientes categorías:

  • Para personas físicas:
    • Collar. Solo es otorgado a Jefes de Estado o de Gobierno, Presidentes de las Altas Instituciones del Estado y Presidentes de Organizaciones Internacionales.
    • Gran Cruz. Únicamente se otorga a personas físicas españolas o extranjeras que hayan contribuido en grado extraordinario al desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia o la investigación, siempre que sea patente el nivel excepcional de sus méritos.
    • Encomienda con placa.
    • Encomienda.
    • Cruz.
  • Para personas jurídicas y entidades:
    • Corbata.
    • Placa de honor.

Las categorías de la orden son concedidas en atención a los méritos de los candidatos en los campos específicos de la misma. Las categorías de Collar, Gran Cruz, Encomienda con Placa y Corbata tienen carácter restringido, y no pueden exceder su número de 6, 500, 700 y 350, respectivamente.

Organización

El Gran Maestre de la Orden es el rey de España, en cuyo nombre se otorgan las distintas categorías de la misma, y a quien por derecho le corresponde ostentar el Collar. El Gran Canciller de la Orden es el titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte de España, y el Canciller de la misma es el Subsecretario del Departamento del mismo Ministerio.

Como órgano de asesoramiento y participación existe un Consejo compuesto por un Presidente (el Subsecretario del Departamento y Canciller), varios vocales (dos miembros de cada una de las categorías de Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz, libremente designados por el Ministro de Educación, Política Social y Deporte; y ocho vocales suplentes) y un secretario (el Oficial Mayor del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte).

La tramitación de todos los asuntos relativos a la Orden Civil de Alfonso X El Sabio corresponde a la Oficialía Mayor, unidad administrativa que tiene las competencias relativas al protocolo y Cancillería de las órdenes y condecoraciones del departamento de Educación.

Concesión de honores

El ingreso en la orden de Alfonso X El Sabio tiene lugar:

  • Por iniciativa o decisión del Ministro de Educación y Ciencia.
  • A propuesta de los Órganos de las Administraciones Públicas españolas, de entidades, centros docentes y autoridades o personas individuales.

Las propuestas para ingreso en la Orden Civil de Alfonso X El Sabio se remiten a la Cancillería de la misma y deben contener los siguientes extremos:

  • Circunstancias personales y domicilio del propuesto.
  • Curriculum vitae en el que necesariamente han de constar cuantos datos se refieran a la actividad del interesado.
  • Méritos en que se fundamenta la propuesta.
  • Datos personales y profesionales y firma del proponente.

La concesión del Collar, la Gran Cruz y la Corbata se efectuara por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia. Las restantes categorías se concederán por Orden del Ministro de Educación y Ciencia (España).

Efectos protocolarios

La pertenencia a esta Orden implica unos tratamientos protocolarios:

  • Las personalidades distinguidas con el Collar y la Gran Cruz de la Orden de Alfonso X El Sabio tienen tratamiento de Excelentísimo Señor o Señora.
  • La Encomienda con Placa supone para sus poseedores el tratamiento de Ilustrísimo Señor o Señora.
  • Las personas condecoradas con la Gran Cruz, Encomienda con Placa, Encomienda y Cruz, y las entidades distinguidas con las categorías de Corbata y Placa de honor, han de remitir cada cinco años a la Oficialía Mayor escrito con actualización de sus datos personales y profesionales, a efectos de su constancia en el registro de la Cancillería de la Orden.