Diferencia entre revisiones de «Ius»
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En estas palabras, con las que se inicia el [[Digesto]], encontramos la definición del ius de [[Celso]], como ''[[arte]] o técnica de lo bueno y lo justo''. El texto de [[Ulpiano]] nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo jurídico. Ius significa "lo justo" según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de [[justicia]]. |
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La expresión de [[Derecho]], como los términos de las lenguas románicas, procede de ''[[:la:directum|directum]]'', palabra utilizada en el lenguaje vulgar del bajo imperio.<ref> Manuel García Garrido, ''Derecho romano privado''.</ref> |
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En el [[siglo IV]], se empezó a usar el término "[[directum]]", el cual reemplazó al ''ius''. |
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== Análisis del ius. == |
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Ius es el equivalente latino de nuestro vocablo "[[derecho]]". En un primer lugar ius significa el conjunto de [[normas]] que constituyen un [[ordenamiento jurídico]] ([[derecho objetivo]]). |
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El [[derecho]] y la [[religión]] en la [[Roma antigua]] se desarrollan de modo contemporáneo y paralelo. Hay un carácter religioso en la organización romana. El [[monarca]], más que un jefe político es autoridad religiosa. |
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El logro de la finalidad [[jurídica]] irá unido a la realización de las [[solemnidades]] prescriptas, indicadas por los pontífices, del mismo modo que la [[ceremonia sagrada]] se encamina a lograr el favor de los [[dioses]]. |
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Ius para algunos sería lo que liga, ata y vincula a las [[personas]] entre sí; de esta posición deriva la que resalta la [[idea]] de lo que está unido por estar [[circunscrito]], por tener forma circular, es decir, lo establecido por un [[tribunal]] o [[asamblea]] y que, como consecuencia, une, vincula. Otra opinión afirma que ius provendría de iouis, de donde la fuente que emana el ius es la {{divinidad}}. |
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Ius se muestra como la pretensión que alguien puede tener respecto de algo o de alguien con relación a los demás. |
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Lo [[jurídico]] siempre importa una relación con el otro, de tal forma que quien posee el ius está en la situación [[óptima]], que siempre lo es respecto a la situación de otro u otros. También el ius se muestra como el reestablecimiento, a partir de su [[vulneración]], del derecho que me corresponde a través de la tarea del órgano adecuado. |
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Ius es entonces el estado [[óptimo]] que se alcanza con relación a otro y al que se llega por el cumplimiento de los ritos necesarios. |
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En una primera etapa el cumplir con los [[ritos]] determinaba la [[licitud]] del [[acto]] y definía al IUS. Autores [[latinos]] usan a menudo ritus y mos, es decir [[rito]] y [[costumbre]]. Aparece de este modo la relación entre el [[rito]] y las mores maiorum, [[fuente del derecho]] de la [[época arcaica]]. Además ius designa a la [[solemnidad]] misma, que indica la situación iusta en las relaciones entre particulares. |
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Ante la controversia traída por las partes, el Pretor deberá señalar cuál resulta la conforme al IUS (iusta) y cuál la contraria (iniusta). |
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Será a partir del ius que el [[magistrado]] extraerá la regla (regula) en base a la cual dirimiría el [[litigio]] ([[litis]]). |
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== Véase también == |
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* [[Ius civile]] (Derecho Civil) |
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[[Categoría:Expresiones latinas usadas en Derecho]] |
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Revisión del 01:20 4 feb 2010
El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho.
Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define Celso:
El Derecho es la técnica de los buenos y los justos. En razón de lo cual se puede llamar a los juristas, junto con los médicos, sacerdotes; en efecto, rinden teórico culto a la justicia y profesan el saber de lo bueno y de lo justo, separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo lícito de lo ilícito, anhelando hacer buenos a los hombres, no sólo por el temor de los castigos, sino también por el estímulo de los premios, dedicados, si no yerro, a una verdadera y no simulada filosofía.
En estas palabras, con las que se inicia el Digesto, encontramos la definición del ius de Celso, como arte o técnica de lo bueno y lo justo. El texto de Ulpiano nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo jurídico. Ius significa "lo justo" según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia.
La expresión de Derecho, como los términos de las lenguas románicas, procede de directum, palabra utilizada en el lenguaje vulgar del bajo imperio.[1]
En la Antigua Roma, el término ius tuvo diversos significados a lo largo de su historia:
- Ius = Derecho objetivo. Conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (Derecho positivo).
- Ius = Derecho subjetivo. Derecho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a otra que de, haga o deje de hacer algo (Derecho personal). En Roma no se hablaba de "tener" derechos, sino de acciones para exigirlos. Por ejemplo, la acción reinvindicatoria: si un ciudadano romano tenía un caballo y se lo quitaban, él no era "dueño" del caballo, sino que podía ir a un juicio para exigir su derecho.
- Ius = Status. Condición de situación jurídica, es decir, una facultad.
- Ius = Arte de lo bueno y de lo justo (Definición de Aurelio Cornelio Celso).
- Ius = Rito. Expresión ritual.
- Ius = Encuadre jurídico de una situación. Facultad de "decir el derecho" (iurisdictio), es decir, darle forma jurídica a un caso concreto (función del pretor).
- Ius/Iuris = Etapa procesal en un juicio. Las dos etapas fueron la fase in iure y la apud iudicem.
En el siglo IV, se empezó a usar el término "directum", el cual reemplazó al ius.
Véase también
- Derecho romano
- Ius civile (Derecho Civil)
- Ius gentium (Derecho de Gentes)
- Ius honorarium (Derecho Honorario o pretorio)
- Ius naturale (Derecho Natural)
- Iustitia (Justicia)
Referencias
- ↑ Manuel García Garrido, Derecho romano privado.