Diferencia entre revisiones de «Convenio sobre la Diversidad Biológica»

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La Conferencia de Partes (COP) es el máximo órgano del Convenio, el cual reúne a los representantes de todos los países que lo han ratificado (Partes). La COP dirige, supervisa y decide sobre el proceso de implementación y futuro desarrollo del Convenio, mediante el análisis y discusión de los temas de la agenda y con la ascesoría proporcionada por el [[SBSTTA]].
La Conferencia de Partes (COP) es el máximo órgano del Convenio, el cual reúne a los representantes de todos los países que lo han ratificado (Partes). La COP dirige, supervisa y decide sobre el proceso de implementación y futuro desarrollo del Convenio, mediante el análisis y discusión de los temas de la agenda y con la ascesoría proporcionada por el [[SBSTTA]].


Por tanto, debe mirarse con mucho cuidado a las mismas para no cometer errores por delegados oficiales a las Conferencias de las Partes y así no crer que las decisiones allí adoptadas representen obligaciones para los Estados Partes de la convención.


Desde 1994 hasta 1996, las reuniones ordinarias se celebraron anualmente, pero a partir de 1998 y luego de un cambio en las reglas de procedimiento se acuerda que éstas se celebrarán cada 2 años.
Desde 1994 hasta 1996, las reuniones ordinarias se celebraron anualmente, pero a partir de 1998 y luego de un cambio en las reglas de procedimiento se acuerda que éstas se celebrarán cada 2 años.
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* Preparar informes acerca de las actividades que desarrolle en desempeño de sus funciones, para presentarlos en a la Conferencia de las Partes.
* Preparar informes acerca de las actividades que desarrolle en desempeño de sus funciones, para presentarlos en a la Conferencia de las Partes.
* Asegurar la coordinación necesaria con otros órganos internacionales pertinentes y en particular, concertar los arreglos administrativos y contractuales que puedan ser necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones.
* Asegurar la coordinación necesaria con otros órganos internacionales pertinentes y en particular, concertar los arreglos administrativos y contractuales que puedan ser necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones.

== Véase también ==
*[[Sistema de Información de la Diversidad Biológica y Ambiental de la Amazonía Peruana]] (SIAMAZONÍA).

== Enlaces externos ==
*[http://www.cbd.int/ Sitio Web del Convenio] (Inglés).
*[http://www.cbd.int/convention/cops.shtml Conferencia de las Partes, COP] (Inglés).
*[http://www.cbd.int/secretariat/ Secretaría Ejecutiva del Convenio] (Inglés).
*[http://www.siamazonia.org.pe Sistema de Información de la Diversidad Biológica y Ambiental de la Amazonía Peruana] Principal nodo para el [[Perú]] del Convenio (Castellano).

[[Categoría:Tratados sobre medio ambiente]]
[[Categoría:Biodiversidad]]


[[da:Konvention om biologisk diversitet]]
[[da:Konvention om biologisk diversitet]]

Revisión del 18:39 11 dic 2009

Los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica son "la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos".

El Convenio es el primer acuerdo global cabal para abordar todos los aspectos de la diversidad biológica: recursos genéticos, especies y ecosistemas. Reconoce, por primera vez que la conservación de la diversidad biológica es "una preocupación común de la humanidad" y una parte integral del proceso de desarrollo. Para alcanzar sus objetivos, el Convenio - de conformidad con el espíritu de la Declaración de Rio sobre Medio Ambiente y Desarrollo - promueve constantemente la asociación entre países. Sus disposiciones sobre la cooperación científica y tecnológica, acceso a los recursos genéticos y la transferencia de tecnologías ambientalmente sanas, son la base de esta asociación.

2010 es el Año Internacional de la Diversidad Biológica.

Conferencia de las Partes

La Conferencia de Partes (COP) es el máximo órgano del Convenio, el cual reúne a los representantes de todos los países que lo han ratificado (Partes). La COP dirige, supervisa y decide sobre el proceso de implementación y futuro desarrollo del Convenio, mediante el análisis y discusión de los temas de la agenda y con la ascesoría proporcionada por el SBSTTA.

Por tanto, debe mirarse con mucho cuidado a las mismas para no cometer errores por delegados oficiales a las Conferencias de las Partes y así no crer que las decisiones allí adoptadas representen obligaciones para los Estados Partes de la convención.

Desde 1994 hasta 1996, las reuniones ordinarias se celebraron anualmente, pero a partir de 1998 y luego de un cambio en las reglas de procedimiento se acuerda que éstas se celebrarán cada 2 años.

Secretaría Ejecutiva del Convenio

La Conferencia de las Partes, designo al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), como la organización internacional competente para desempeñar las siguientes funciones secretariales:

Organizar las reuniones de la Conferencia de las Partes y prestar los servicios necesarios.

  • Desempeñar las funciones que se le asignen en los protocolos.
  • Preparar informes acerca de las actividades que desarrolle en desempeño de sus funciones, para presentarlos en a la Conferencia de las Partes.
  • Asegurar la coordinación necesaria con otros órganos internacionales pertinentes y en particular, concertar los arreglos administrativos y contractuales que puedan ser necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones.

Véase también

Enlaces externos