Diferencia entre revisiones de «Equidad»

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laboral, étnico, político, religioso, social, y de género.
laboral, étnico, político, religioso, social, y de género.
*En palabras de [[Aristóteles]], la equidad es la Justicia aplicada al caso concreto.
*En palabras de [[Aristóteles]], la equidad es la Justicia aplicada al caso concreto.

Equidad de género.

Es preciso iniciar este tema con la definición de [[sexualidad humana|sexo]], entendido como las diferencias biológicas entre la mujer y el hombre, que no dependen de la voluntad personal.
La ''equidad'' quiere decir que mujeres y hombres tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes y servicios de la sociedad, así como en la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Llamamos ''género'' a las diferencias sociales entre mujeres y hombres, partiendo de los roles, creencias y valores que se les asignan culturalmente.
Así, pues,la ''[[equidad de género]]'' es la aceptación de las diferencias entre hombres y mujeres, pero no la desigualdad, es aceptar que todos y todas tenemos derechos y lo ideal es buscar un equilibrio en el que ninguna de las partes se beneficie de manera injusta en perjuicio del otro.
A la educación.


==Derecho==
==Derecho==

Revisión del 23:00 4 sep 2009

La equidad viene del latín aequitas, de aequus, igual. Tienen una connotación de justicia e igualdad social con responsabilidad y valoración de la individualidad, llegando a un equilibrio entre las dos cosas, la equidad es lo justo en plenitud. Dentro de un contexto similar puede significar también:

  • Propiedad por la que la prosperidad económica se distribuye equitativamente entre los miembros de la sociedad.
  • (Del lat. aéquitas, atis.) f. Ecuanimidad. Propensión a juzgar con imparcialidad y de acuerdo con la razón. Moderación en los contratos o en el precio de las cosas.

La equidad debe darse en los siguientes ámbitos: laboral, étnico, político, religioso, social, y de género.

  • En palabras de Aristóteles, la equidad es la Justicia aplicada al caso concreto.

Equidad de género.

Es preciso iniciar este tema con la definición de sexo, entendido como las diferencias biológicas entre la mujer y el hombre, que no dependen de la voluntad personal. La equidad quiere decir que mujeres y hombres tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes y servicios de la sociedad, así como en la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. Llamamos género a las diferencias sociales entre mujeres y hombres, partiendo de los roles, creencias y valores que se les asignan culturalmente. Así, pues,la equidad de género es la aceptación de las diferencias entre hombres y mujeres, pero no la desigualdad, es aceptar que todos y todas tenemos derechos y lo ideal es buscar un equilibrio en el que ninguna de las partes se beneficie de manera injusta en perjuicio del otro. A la educación.

Derecho

El principio de equidad es un Principio General del Derecho. El artículo 3.2 del Código civil de España establece que "La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita".

Constituye uno de los postulados básicos de tales Principios Generales del Derecho y nos indica que está íntimamente ligada a la justicia, no pudiendo entenderse sin ella. Tanto es así que Aristóteles consideraba lo equitativo y lo justo como una misma cosa; pero para él, aún siendo ambos buenos, la diferencia existente entre ellos es que lo equitativo es mejor aún.

Véase también