Diferencia entre revisiones de «Comisión delegada del Gobierno»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
m Revertidos los cambios de 83.42.11.176 a la última edición de Muro Bot
Línea 1: Línea 1:
[[Archivo:Ejemplo.jpg]]En España, las '''comisiones delegadas''' son órganos [[colegiado]]s del [[gobierno]], encargados de
En España, las '''comisiones delegadas''' son órganos [[colegiado]]s del [[gobierno]], encargados de
examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la comisión, estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios [[Ministerio]]s, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el [[Consejo de Ministros]], resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros, o ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que les delegue el Consejo de Ministros. Las comisiones delegadas se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.
examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la comisión, estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios [[Ministerio]]s, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el [[Consejo de Ministros]], resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros, o ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que les delegue el Consejo de Ministros. Las comisiones delegadas se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.



Revisión del 22:58 4 jun 2009

En España, las comisiones delegadas son órganos colegiados del gobierno, encargados de examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la comisión, estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios Ministerios, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el Consejo de Ministros, resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros, o ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que les delegue el Consejo de Ministros. Las comisiones delegadas se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno.

El Real Decreto de creación de una Comisión Delegada deberá especificar, en todo caso: El miembro del Gobierno que asuma la presidencia de la Comisión, Los miembros del Gobierno y, en su caso, Secretarios de Estado que la integran, Las funciones que se atribuyen a la comisión, El miembro de la Comisión al que corresponde la secretaría de la misma. Las deliberaciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno serán secretas.

Comisiones

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1194/2004, de 14 de mayo, existen las Comisiones Delegadas del Gobierno siguientes:

- Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis. - Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. - Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica. - Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Investigación Científica y Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Esta última Comisión fue suprimida por Real Decreto 1859/2004, de 6 de septiembre, por lo que en la actualidad existen 3 Comisiones Delegadas del Gobierno.

En la actualidad la norma vigente respecto a la regulación y creación de las Comisiones Delegadas es el Real Decreto 680/2008, de 30 de abril, la cual, en su Disposición Derogatoria Única deja sin vigencia al anterior Real Decreto 1194/2004, de 14 de mayo; quedando las siguientes Comisiones Delegadas del Gobierno:

Comisiones Delegadas del Gobierno y funciones: 1.Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis. 2.Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. 3.Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica. 4.Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica. 5.Comisión Delegada del Gobierno para Política de Inmigración. 6.Comisión Delegada del Gobierno para el Cambio Climático. 7.Comisión Delegada del Gobierno para Política de Igualdad. 8.Comisión Delegada del Gobierno para la Cooperación al Desarrollo.

Comisión Delegada para el Cambio Climático

Constituida el 17 de julio de 2008, la Comisión Delegada para el Cambio Climático, presidida por la Vicepresidenta Primera, Mª Teresa Fernández de la Vega. La Comisión está integrada por los ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Fomento, de Educación, Política Social y Deporte, de Industria, Turismo y Comercio, de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de Vivienda y de Ciencia e Innovación, y las dos Vicepresidencias de Gobierno.[1]

Entre las actuaciones a desarrollar destaca la Estrategia de Movilidad Sostenible que requerirá la acción coordinada de todas las administraciones públicas y la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables.

Referencias

  1. «La Moncloa. El Gobierno refuerza la coordinación transversal en la lucha contra el cambio climático con acciones inmediatas en sectores con mayor potencial de reducción de emi...». Consultado el 2009.