Derecho de Panamá

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El sistema jurídico de Panamá pertenece a la tradición del derecho continental.

La base para su derecho público es la Constitución de 1972 reformada en 1978, 1983, 1993, 1994 y 2004. Según ella Panamá es un «estado soberano» cuyo gobierno es unitario, republicano, democrático y representativo. Siendo el único poder el Poder Público, el cual emana del pueblo, habiendo así clara separación de funciones entre el presidente de la República, la Asamblea, el Órgano judicial y los extra poderes.

Véase también[editar]