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Usuario discusión:Nostramo40

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De Wikipedia, la enciclopedia libre

Buenas tardes, Nostramo40:

Con su permiso, procedo a deshacer el apartado "descendencia" del artículo José Antonio de Ribera y de Espuny-Claramunt, por los siguientes motivos:

1. Carece de interés enciclopédico: tendría sentido citar algunos descendientes del biografiado que hubiesen destacado por su actividad política, científica, cultural, artística, o de cualquier otra índole, y en consecuencia, tuvieran interés enciclopédico. Pero no es el caso.

2. Fuentes: La información en wikipedia debe proceder de fiuentes fiables y verificables, tales como ensayos de autores de reconocido prestigio, publicaciones científicas, monografías, etc. Tampoco es el caso.

3. Se cita una descendencia parcial, siguiendo una única línea descendiente.

4. Implícitamente, se puede poner de relieve los derechos sucesorios de uno de los 3 pretendientes al título de conde de Claramunt. El ministerio de Justicia, en su día, concluyó negativamente la rehabilitación del título a los 3 pretendientes. Wikipedia no es el lugar idóneo para dirimir pleitos de dicha naturaleza.

Agradezco su comprensión por estas modificaciones, y quedo a su disposición para cualquier aclaración, comentario o mejora del artículo.

Saludos cordiales,

--Cabernet471 (discusión) 19:48 9 ago 2014 (UTC)[responder]


Buenos días, Nostramo40.

Ha obrado Ud. correctamente respondiendo en mi página de usuario: así, el sistema informático emite un aviso y puedo tener conocimiento de su respuesta. Por el mismo motivo, yo también paso a responderle en la página de usuario de Vd.

Wikipedia tiene por norma que "la relevancia enciclopédica no se adquiere por herencia": Ser familiar, amigo o conocido de un famoso no es mérito suficiente para considerarse relevante para una enciclopedia. No se considera relevante si el conocimiento público lo adquirió a través de su cercano.

En la página de títulos nobiliarios, como por ejemplo Condado de Claramunt, la relevancia de algunos descendientes estaría justificada en cuanto esos personajes ostentaron el título nobiliario objeto del artículo y/o así figura en Elencos, Guías y otras fuentes de reconocido prestigio: en otras palabras, tienen relación directa con el artículo. En cambio, en la página de biografía personal, como por ejemplo José Antonio de Ribera y de Espuny-Claramunt, tendría sentido incluir a sus familiares más directos (padres, cónyuge e hijos, exclusivamente), y a otros familiares pero sólo en tanto en cuanto estos tuvieren relevancia enciclopédica por sí mismos: no por el simple hecho de ser tataranietos del biografiado, por ejemplo.

Por último, si el título se encontrase --como Vd. afirma-- pendiente de publicación en el BOE y firma de Su Majestad el Rey, a nosotros no nos corresponde anticiparnos a los hechos. Dejemos que se produzca efectivamente dicha publicación y firma y, entonces, será el momento oportuno para publicarlo en Wikipedia.

Saludos cordiales,

--Cabernet471 (discusión) 08:10 11 ago 2014 (UTC)[responder]

Buenas tardes, Nostramo40.
Gracias por su segundo mensaje. Respondiendo a sus cuestiones: Desconozco por qué el Elenco... de Editorial Hidalguía no continúa la descendencia del Condado de Claramunt; puede haber varios motivos: porque el título hubiere caído en desuso por parte de sus descendientes (los títulos se pierden por falta de ostentación social o solicitud de sucesión: por ejemplo, la nobleza titulada en Hispanoamérica después de la independencia de los Virreynatos españoles), o porque las fuentes que toma el Elenco no contengan más información... No sabría decirle. El editor del Elenco, seguramente, podrá satisfacer mejor esta inquietud.
Recuerde que, en las páginas de los títulos nobiliarios, los descendientes figuran por su condición de titulares del título (no por su condición de meros descendientes de algún antiguo titular --en otras palabras: figuran por ser ellos mismos condes, no por ser sólo hijos del conde, aunque también lo sean--). Si el expediente del Ministerio de Justicia se resolviere satisfactoriamente (publicación en BOE, emisión de Carta de Rehabilitación por parte de Su Majestad el Rey, etc), no habría inconveniente en agregar la descendencia hasta el nuevo titular.
Por otro lado, la página web Compactgen no es una fuente fiable, pues se nutre de información anónima de cualquier usuario registrado en ella. Reconozco que es una herramienta muy útil (la he consultado en varias ocasiones, pero siempre como segunda consulta --double checking--); mas no resulta riguroso utilizarla como única fuente del estudio, o como fuente principal del mismo, ni tampoco referenciarla. Es posible que varios artículos de wikipedia aludan a Compactgen, pero si lo hacen como única referencia, o referencia principal, sería completamente inapropiado por falta de rigurosidad: y esa información debería ser contrastada o, en su defecto, eliminada de wikipedia.
Gracias por su interés en mejorar estos artículos de wikipedia. Quedo a su entera disposición para cualquier otra consulta que precise.
Saludos cordiales,
--Cabernet471 (discusión) 14:49 14 ago 2014 (UTC)[responder]
Hola de nuevo. Voy a explicártelo de nuevo. La línea de sucesión de condes se refiere a los que fueron condes, y los que no fueron condes no deben figurar en ella, no es una línea genealógica ni es una línea que establezca una filiación genealógica legítima. En sentido estricto solo debería aparecer un único conde. Dado que existe una única fuente (el Elenco) que indica la legitimidad de ciertas personas, no lo hace en base de la filiación legítima, sino de acuerdo al texto literal del artículo noveno del tratado de Viena que caducó en 1912 así que dudo mucho (más bien es indudable) que no van actualizar nada. No hay que confundir un listado con otro, son cosas distintas. Y el listado del artículo no es un listado familiar sino de detentadores del título (por eso no hay que mezclar al titular de verdad y a los podrían haber sido de acuerdo al tratado de Viena).
En cuanto al título, está caducado hasta que se formalice la rehabilitación. Es como si yo acabo las asignaturas de una carrera y no hago el pago de las tasas del título, pues si no se formalizan los trámites no tendré nunca el título a pesar de que tenga todas las asignaturas aprobadas.
En cuanto a Armand de Fluvià, es una postura minoritaria que obvia la situación jurídica de los títulos austracistas: la doctrina jurídica emanada del tratado de Viena equiparó los títulos otorgados por el archiduque al resto de los títulos de Castilla, y por tanto sujetos a las mismas normas que regulan estos; es por esto que el título quedó vacante porque los sucesores de José Antonio de Ribera y de Espuny-Claramunt no lo solicitaron, hasta 1912 en que caducó. Lo que Fluvià indica es que el título no existió porque nunca fue solicitado, lo cual choca con la normativa jurídica vigente acerca de la rehabilitaciones, y con el listado mencionado en el Elenco. Saludos. Trasamundo (discusión) 23:52 28 ago 2014 (UTC)[responder]