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Discusión:Organismo público (España)

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Hola!

Sugiero que organismo público no redirija a organismo público de España, para que sea válido para todos los países--Javier Rojas (discusión) 20:35 16 abr 2013 (UTC)[responder]

¡Buen día! El meollo del asunto es que no existe el artículo «Organismo público» como tal, por ello sugiero modificar dicha redirección a un pequeño artículo donde ofrezcamos un concepto, historia, secciones para que cada país presente su punto de vista legislativo (y por supuesto allá incorporamos un enlace interno con la Plantilla:AP a este artículo que discutimos) además de las referencias correspondientes.--Jimmy Olano (discusión) 11:26 16 may 2020 (UTC)[responder]
De nuevo traigo a colación el siguiente enlace que describe muy bien lo planteado en esta sección de discusión: Wikipedia:Sesgo intrínseco.--Jimmy Olano (discusión) 14:50 16 may 2020 (UTC)[responder]