Vectigal
El vectigal (del latín veho, "llevar", "transportar"; pl. vectigalia) era, en el derecho romano, un ingreso estatal de tipo tributario. El derecho romano distingue dos tipos: vectigal y agri vectigales.
Vectigal[editar]
El vectigal fue, en primer lugar, un tributo indirecto regular[1] que puede interpretarse originalmente como el impuesto a pagar por las mercancías exportadas o importadas (quae vehebantur). Si fuese así, implicaría ser el más antiguo o más importante de los impuestos de la Antigua Roma. Por esto, la denominación sería posteriormente utilizada de forma general para designar a todos los ingresos regulares del tesoro público romano (Aerarium).
Sin embargo, desde la monarquía romana, los alquileres pagados por el uso de tierras públicas y pastos fueron con toda probabilidad los ingresos más regulares, a los que se denominaba pascua, un término utilizado en los registros de los censores para definir todos los ingresos estatales. [2]
El Senado era la autoridad suprema en todos los asuntos de finanzas, pero como el propio estado no se ocupaba de recaudar los impuestos, aranceles y tributos, se lo confiaba a los censores. Estos funcionarios, a su vez, solían delegar jurisdiccionalmente en los publicanos (publicani) la recaudación de tributos de distintos tipos de ingresos por una suma fija, y durante un cierto número de años.
Entre los vectigalia más importantes se encuentran:[3]
- El portorium, que gravaba el tráfico de mercancías entre ciudades, provincias y distritos, una especie de impuesto de aduanas.
- La salinae, gravamen sobre las salinas.
- La metalla, gravamen sobre la explotación de las minas.
- La vicesima libertatis, gravamen del 5% sobre las manumisiones de esclavos.
- La vicesima quinta venalium mancipiorum, 5% sobre el precio de venta de los esclavos.
- La vicesima hereditatium, 5% del valor de las herencias.
- La centesima rerum venalium, 1% sobre los precios de venta de productos en mercados.
Como curiosidad, ante las necesidades recaudatorias, Vespasiano implantó el vectigal urinae sobre el uso de las letrinas públicas
Agri vectigal[editar]
El agri vectigal era un canon anual que pagaban los particulares a las colonias y a los municipios dependientes de Roma por la concesión de tierras. En realidad era un arrendamiento rústico a largo plazo o a perpetuidad de los terrenos pertenecientes al ager publicus a cambio de una renta pública fija (vectigal).
También, por el usufructo de concesiones de pastos públicos para el ganado se debían pagar los correspondientes cánones o scriptura y, análogamente para bosques o pesquerías.
Véase también[editar]
Referencias[editar]
- ↑ «Vectigalia». A Dictionary of Greek and Roman Antiquities. 1890. Consultado el 24 de diciembre de 2018.
- ↑ Plinio el Viejo, Naturalis Historia, XVIII. 3.
- ↑ Joaquín Muñiz Coello (1990). Las finanzas públicas del estado romano en el Alto Imperio. Torrejón de Ardoz, Madrid: Akal. p. 21. ISBN 84-7600 654-3.