Régimen foral

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 21:23 26 dic 2008 por Oikema (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.

Régimen foral es el nombre usado en España genéricamente para el conjunto de las instituciones propias de la administración autónoma y de los ordenamientos jurídicos propios del antiguo Reino de Navarra y de los territorios históricos vascos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, actualmente constituidos en Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País Vasco respectivamente.

Supresión foral

Tras la desaparición de la monarquía absoluta en España, proceso ocurrido entre 1812 y 1836, uno de los principios del nuevo Estado liberal era el centralismo y, por lo tanto, la igualdad de leyes y de instituciones para todas las provincias en que quedaba dividido el Estado, pues pervivían instituciones políticas y ordenamientos jurídicos distintos, denominados fueros, para los distintos territorios de la monarquía e incluso para distintos sectores sociales.

Anteriormente, los territorios de la Corona de Aragón ya habían perdido sus fueros a principios del siglo XVIII a causa de la guerra de Sucesión (y no los volvieron a recuperar nunca) cuando el rey Felipe V impulsó los decretos de Nueva Planta, por los que estos territorios pasaban a regirse por las leyes de Castilla, perdiendo sus órganos de autogobierno, en señal de castigo por haberse opuesto a su nombramiento como rey.


Los fueros del Reino de Navarra y las provincias vascas

El siglo XIX, el Reino de Navarra y las provincias vascas consiguieron a la finalización de la Primera Guerra Carlista la promesa de que su sistema privativo sería mantenido, merced a la Ley de confirmación de Fueros de 25 de octubre de 1839. No obstante:

Se conservaron algunos pequeños restos forales que, en las provincias vascas de Guipúzcoa y Vizcaya que fueron suprimidos por la dictadura franquista al ser consideradas "provincias traidoras" por no haber participado a su favor en la sublevación de 1936, manteniéndose en Álava y Navarra.


La Constitución española de 1978 en su Disposición Adicional Primera consagra el respeto y amparo de los derechos históricos de los territorios forales, retrotrayendo la legislación hasta 1841 y por ello estos territorios, constituídos actualmente como las comunidades autónomas de Navarra y País Vasco, conservan la independencia en aspectos como el derecho tributario, fiscal o civil entre otras peculiaridades.

En Navarra la norma básica su régimen de autogobierno es la peculiar Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra de 1982 y en el País Vasco es el Estatuto de Gernika de 1979.

Referencias

  1. Los fueros, por los históricos privilegios que consagraba, suscitaban recelo en otras provincias, lo que proporcionó una excusa más al Gobierno central para su definitiva abolición: "en la cuestión de fueros hay que distinguir dos elementos, a saber: el fuero que contraría abiertamente la unidad constitucional y establece entre los españoles una desigualdad injusta e irritante; esto es, la exención de pagar tributos y quintas, de que disfrutan las Provincias Vascas, pero no Navarra; y el fuero que, rompiendo la unidad legislativa, pero no la constitucional, y no perjudicando los derechos de nadie, pone a dichas provincias en posesión de un especial régimen administrativo y económico, de carácter eminentemente democrático, envidiado y celebrado con razón por todos los liberales, tanto de España como del extranjero." (Revista Contemporánea, 1876) [1]

Véase también

Enlaces externos