Diferencia entre revisiones de «Doctrina Hallstein»

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[[Archivo:Bundesarchiv B 145 Bild-F028459-0019, Robert-Schuman-Preis, Verleihung an Walter Hallstein.jpg|thumb|200px|[[Walter Hallstein]] durante una cumbre europea, en 1969.]]
[[Archivo:Bundesarchiv B 145 Bild-F028459-0019, Robert-Schuman-Preis, Verleihung an Walter Hallstein.jpg|thumb|200px|[[Walter Hallstein]] durante una cumbre europea, en 1969.]]
La '''Doctrina Hallstein''', en honor de [[Walter Hallstein]], fue la doctrina sobre la que se asentó la [[política exterior]] de la [[República Federal de Alemania]] entre [[1955]] y [[1969]]. Es comparable a la doctrina ''[[Una sola China]]'' de la [[República Popular China]] frente a la [[República de China]].
La '''Doctrina Hallstein''', en honor de [[Walter Hallstein]], fue la doctrina sobre la que se asentó la [[política exterior]] de la [[República Federal de Alemania]] entre [[1955]] y [[1969]]. Es comparable a la doctrina ''[[Una sola China]]'' de la [[República Popular China]] frente a la [[República de China]].

== Base legal ==
Fue enunciada en 1955 por el entonces Ministro de asuntos exteriores de la [[Alemania occidental]], [[Walter Hallstein]].

De acuerdo con esta doctrina, la [[Alemania occidental|República Federal de Alemania]] (RFA) tenía el derecho exclusivo de representar internacionalmente al Estado alemán, [[Sucesión de estados|suceder]] al antiguo [[Reich Alemán|''Reich'' alemán]] y reivindicar el ejercicio de la soberanía efectiva sobre los territorios que controlaba esta entidad hasta el 31 de diciembre de 1937. Con excepción de la [[Unión Soviética]], no establecía ni mantenía relaciones diplomáticas con ningún otro Estado que reconociera la soberanía de la [[República Democrática Alemana]] (RDA), a la que seguía meramente considerando como [[zona de ocupación soviética]] (SBZ).


== Historia ==
== Historia ==
Al primer país al que se aplicó esta doctrina fue a la [[República Federal Popular de Yugoslavia]] en [[1957]], país con el que la Alemania occidental rompió relaciones diplomáticas.
De acuerdo con esta doctrina, la [[Alemania occidental|República Federal de Alemania]] (RFA) tenía el derecho exclusivo de representar internacionalmente al Estado alemán, [[Sucesión de estados|suceder]] al antiguo [[Reich Alemán|''Reich'' alemán]] y reivindicar el ejercicio de la soberanía efectiva sobre los territorios que controlaba esta entidad hasta el 31 de diciembre de 1937. Con excepción de la [[Unión Soviética]], no establecía ni mantenía relaciones diplomáticas con ningún otro Estado que reconociera la soberanía de la [[República Democrática Alemana]] (RDA), a la que seguía meramente considerando como [[zona de ocupación soviética]] (SBZ). Al primer país al que se aplicó esta doctrina fue a la [[República Federal Popular de Yugoslavia]] en [[1957]].


En consecuencia, la RDA trató de evitar el aislamiento estableciendo relaciones con los países del [[Bloque del Este]] y los recientemente descolonizados del [[Tercer Mundo]], en especial en [[África]] y [[Oriente Medio]]. En consecuencia, la Alemania oriental enunció la denominada "[[Doctrina Ulbricht]]", que rechazaba el establecimiento de relaciones normales con la [[Alemania occidental]] solo hasta que esta reconociera la soberanía de la Alemania oriental en igualdad de condiciones.
En consecuencia, la RDA trató de evitar el aislamiento estableciendo relaciones con los países del [[Bloque del Este]] y los recientemente descolonizados del [[Tercer Mundo]], en especial en [[África]] y [[Oriente Medio]]. En consecuencia, la Alemania oriental enunció la denominada "[[Doctrina Ulbricht]]", que rechazaba el establecimiento de relaciones normales con la [[Alemania occidental]] solo hasta que esta reconociera la soberanía de la Alemania oriental en igualdad de condiciones.

Revisión del 23:12 18 nov 2013

Walter Hallstein durante una cumbre europea, en 1969.

La Doctrina Hallstein, en honor de Walter Hallstein, fue la doctrina sobre la que se asentó la política exterior de la República Federal de Alemania entre 1955 y 1969. Es comparable a la doctrina Una sola China de la República Popular China frente a la República de China.

Base legal

Fue enunciada en 1955 por el entonces Ministro de asuntos exteriores de la Alemania occidental, Walter Hallstein.

De acuerdo con esta doctrina, la República Federal de Alemania (RFA) tenía el derecho exclusivo de representar internacionalmente al Estado alemán, suceder al antiguo Reich alemán y reivindicar el ejercicio de la soberanía efectiva sobre los territorios que controlaba esta entidad hasta el 31 de diciembre de 1937. Con excepción de la Unión Soviética, no establecía ni mantenía relaciones diplomáticas con ningún otro Estado que reconociera la soberanía de la República Democrática Alemana (RDA), a la que seguía meramente considerando como zona de ocupación soviética (SBZ).

Historia

Al primer país al que se aplicó esta doctrina fue a la República Federal Popular de Yugoslavia en 1957, país con el que la Alemania occidental rompió relaciones diplomáticas.

En consecuencia, la RDA trató de evitar el aislamiento estableciendo relaciones con los países del Bloque del Este y los recientemente descolonizados del Tercer Mundo, en especial en África y Oriente Medio. En consecuencia, la Alemania oriental enunció la denominada "Doctrina Ulbricht", que rechazaba el establecimiento de relaciones normales con la Alemania occidental solo hasta que esta reconociera la soberanía de la Alemania oriental en igualdad de condiciones.

La "Doctrina Hallstein" no fue muy popular, ni tampoco bien aceptada por los aliados de la RFA en la OTAN. Ya durante el gobierno de Kurt Georg Kiesinger (1966-1969) se empezó a dejar de aplicar esta doctrina, al recuperar las relaciones diplomáticas con Yugoslavia y Rumanía.[1]​ Fue finalmente abandonada con la adopción de la Ostpolitik por el Canciller Willy Brandt, que llevó a que ambos países, la Alemania Occidental y la Oriental, entablaran relaciones diplomáticas,[2]​ aunque sin que la República Federal reconociera a la RDA de iure como sujeto de derecho internacional.

Véase también

Referencias

  1. Wolfgang Benz; Hermman Graml (1986); Europa después de la Segunda Guerra Mundial 1945-1982. Tomo 2, pág. 317
  2. Wolfgang Benz; Hermman Graml (1986); Europa después de la Segunda Guerra Mundial 1945-1982. Tomo 2, pág. 319

Bibliografía

  • Weidenfeld, Werner; Korte, Karl-Rudolf (1999). Handbuch zur deutschen Einheit, 1949-1989-1999 (en alemán). Campus-Verlag. p. 241. ISBN 3593362406.