Diferencia entre revisiones de «Vicario capitular»

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En el [[Igelsia católica|catolicismo]] un '''vicario capitular''' es un [[presbítero]] elegido por el cabildo eclesiástico de su respectiva [[diócesis]] respectiva para, con jurisdicción episcopal, administrar los negocios, temporales o espirituales, o ambos, de la diócesis que se encuentre ''con sede vacante'', o sea sin [[obispo]] y/o [[arzobispo]] titular. Ejerce básicamente los mismos derechos y obligaciones del obispo pero no goza de la ordenación episcopal, no puede usar el trono, ni la séptima vela, ni diáconos honorarios, a pesar de que tiene derecho de báculo pastoral. Se diferencia del [[Administrador Apostólico]] pues recibe nombramiento del cabildo eclesiástico de la [[diócesis]] y no directamente de la [[Santa Sede]] la cual posteriormente lo confirma. Generalmente ocurre esto cuando el [[Papa]] no designa Administrador Apostólico y se requiere alguien que ejerza el gobierno de la estructura eclesiástica de manera rápida.
En el [[Iglesia católica|catolicismo]] un '''vicario capitular''' es un [[presbítero]] elegido por el cabildo eclesiástico de su respectiva [[diócesis]] respectiva para, con jurisdicción episcopal, administrar los negocios, temporales o espirituales, o ambos, de la diócesis que se encuentre ''con sede vacante'', o sea sin [[obispo]] y/o [[arzobispo]] titular. Ejerce básicamente los mismos derechos y obligaciones del obispo pero no goza de la ordenación episcopal, no puede usar el trono, ni la séptima vela, ni diáconos honorarios, a pesar de que tiene derecho de báculo pastoral. Se diferencia del [[Administrador Apostólico]] pues recibe nombramiento del cabildo eclesiástico de la [[diócesis]] y no directamente de la [[Santa Sede]] la cual posteriormente lo confirma. Generalmente ocurre esto cuando el [[Papa]] no designa Administrador Apostólico y se requiere alguien que ejerza el gobierno de la estructura eclesiástica de manera rápida.


[[Categoría:Iglesia católica]]
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Revisión del 06:34 10 may 2006

En el catolicismo un vicario capitular es un presbítero elegido por el cabildo eclesiástico de su respectiva diócesis respectiva para, con jurisdicción episcopal, administrar los negocios, temporales o espirituales, o ambos, de la diócesis que se encuentre con sede vacante, o sea sin obispo y/o arzobispo titular. Ejerce básicamente los mismos derechos y obligaciones del obispo pero no goza de la ordenación episcopal, no puede usar el trono, ni la séptima vela, ni diáconos honorarios, a pesar de que tiene derecho de báculo pastoral. Se diferencia del Administrador Apostólico pues recibe nombramiento del cabildo eclesiástico de la diócesis y no directamente de la Santa Sede la cual posteriormente lo confirma. Generalmente ocurre esto cuando el Papa no designa Administrador Apostólico y se requiere alguien que ejerza el gobierno de la estructura eclesiástica de manera rápida.