Diferencia entre revisiones de «Concubinato»

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Se llama '''co esposa o''' '''concubina''' a la mujer que vive y cohabita con algún varón como si fuera su marido o le ayuda en sus temas amorosos, bien que en sentido más general se llama también mosa a cualquier mujer que hace vida maridable con un varón que no es su marido, se lo celebra en el calendario un día antes o un día después de San Valentín. Autor: Jairo-Carolo

El '''concubinato o relación libre''' es la [[matrimonio|relación marital]] de dos [[personas]] que no están unidas en [[matrimonio|vínculo matrimonial]]. El impedimento a contraer matrimonio generalmente se debe a factores tales como diferencia social, un matrimonio preexistente, impedimentos religiosos o profesionales, una falta de reconocimiento legal, o porque simplemente no quieren casarse porque no lo consideran importante para su relación. Existen dirigentes en la historia de [[Asia]] y de [[Europa]] que tenían tanto concubinas como esposas.{{cr}}

Al lado de la unión matrimonial, que es el acto y estado jurídico reconocido por el derecho como generador de efectos no sólo respecto de la pareja y de los hijos, sino también en relación con otros parientes, se han dado y existen actualmente otras uniones más o menos permanentes que se asemejan al matrimonio, pero a las cuales el derecho no les ha reconocido efectos, o bien lo ha hecho en términos muy limitados. Una unión con estas características es el concubinato, que puede entenderse como la [[unión libre]] y duradera entre un hombre y una mujer que viven y cohabitan como si estuvieran casados y que puede o no producir efectos legales.<ref>[[Edgard Baqueiro Rojas|Baqueiro Rojas, E.]], [[Rosalía Buenrostro Báez|Buenrostro Báez, R.]] (1990). ''Derecho de familia y sucesiones'', p. 121. México: Harla.</ref>

== Historia ==
== Historia ==
Históricamente, el concubinato era frecuentemente voluntario (por un arreglo con la mujer y/o con su familia), puesto que ofrecía cierta seguridad económica a la mujer involucrada. El concubinato involuntario o servil involucra algunas veces la [[esclavitud sexual]] de un miembro de la relación, habitualmente la mujer.
[[Archivo:Yanagiwara Naruko.jpg|miniaturadeimagen|[[Yanagihara Naruko]], concubina del [[Meiji Tennō|emperador Meiji]].]]
La concubina entre los romanos casi no se diferenciaba de la mujer legítima sino en el nombre y en la dignidad, de modo que por eso se llamaba mujer menos legítima; y así como por el [[derecho romano]] no era lícito tener a la vez muchas mujeres, tampoco se permitía tener juntamente muchas concubinas. Un celibatario podía tomar por concubina a cualquiera de las mujeres que se consideraban de inferior condición y que según las leyes civiles no podían aspirar al honor del matrimonio: tales eran las que ganaban su vida mediante su trabajo, las de baja extracción, las [[Esclavo|esclavas]], los condenados en juicio público y otras semejantes.


En donde tiene un estado legal, como en la [[antigua Roma]] y en la antigua [[China]], el concubinato es similar, aunque inferior, al matrimonio. En oposición a esas leyes, las leyes tradicionales del [[Occidente]] no le dan un estado legal a las concubinas, sino que más bien sólo admiten matrimonios [[monogamia|monógamos]]. Cualquier otra relación no ha disfrutado, tradicionalmente, de protección legal.{{cr}}
Muchas veces sucedía que un padre que había merecido bien de la patria dándole hijos nacidos de legítimo matrimonio, prefería asociarse una concubina más bien que casarse segunda vez, por no exponerlos a los caprichos de una [[madrastra]] y quitarles la esperanza de llevarse ellos solos toda la sucesión. Así es que el emperador [[Vespasiano]], después de la muerte de su esposa, restituyó a su primer estado a Cenis, [[liberto|liberta]] de Antonia y la tomó por su concubina, teniéndole todos los miramientos debidos a una esposa legítima. Este ejemplo fue imitado por los emperadores [[Antonino Pio]] y [[Marco Aurelio Antonino]], llamado ''el Filósofo'', de los cuales el último, habiendo perdido a su esposa, eligió por concubina a la hija del [[intendente]] de su casa, ''ne tot liberis novercam superduceret''. Pero aunque este modo de vivir no se consideraba ilícito ni contrario a las costumbres, sino solo como una unión desproporcionada; sin embargo, las concubinas estaban privadas de la dignidad y ventajas que gozaban las mujeres enlazadas con los vínculos del matrimonio y sus hijos no eran ante la ley sino hijos de la naturaleza, llamados ''naturales'', sin poder heredar más que la sexta parte de los bienes del padre.


=== Antigua Roma ===
Aun después de la introducción del [[cristianismo]] se continuó la costumbre de tomar concubinas, permitiéndolo los emperadores cristianos con tanta libertad que no dieron ninguna ley directa para impedirla; antes por el contrario [[Justiniano]] llama al concubinato una unión lícita, ''licitam consuetudinem'', añadiendo que puede vivirse en el sin ofensa ni menoscabo del pudor, ''in eaque caste vivi posse''. [[San Agustín]], sin embargo, reprueba las concubinas.
En los tiempos de la antigua Roma, ''concubinus'' era el término que se le daba a un joven varón que era escogido por su amo como amante. A los concubini (plural de ''concubinus'') se les refería frecuentemente de manera irónica en la literatura contemporánea de la época. [[Gayo Valerio Catulo]] asume, en el poema de casamiento 61.126, que el joven [[señor feudal]] tiene un ''concubinus'' que se considera a sí mismo en un nivel superior a los otros esclavos.{{cr}}


La concubina entre los romanos casi no se diferenciaba de la mujer legítima sino en el nombre y en la dignidad, de modo que por eso se llamaba "mujer menos legítima" y así como por el [[derecho romano]] no era lícito tener a un tiempo muchas esposas, tampoco se permitía tener juntamente muchas concubinas.<ref name="jurisp">[[Joaquín Escriche|Escriche, J.]] (1847). ''Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia.</ref>
{{cita|Audite, carissimi, competentibus dico fornicari vobis non licet: sufficiant vobis uxores; et si non habetis uxores, tamen non licet vobis habere concubinas.|dist. 24}}


Un [[celibatario]] podía tomar por concubina a cualquiera de las mujeres que se consideraban de inferior condición y que según las leyes civiles no podían aspirar al honor del [[matrimonio]]: tales eran que ganaban su vida mediante su trabajo, las de baja extracción social, las [[esclavo|esclavas]], las condenadas en juicio público, y otras semejantes. Muchas veces sucedía que un padre de familia que había servido bien a la Patria dándole hijos nacidos de legítimo matrimonio, prefería asociarse una concubina antes que tomar nueva esposa, por no exponerlos a los caprichos de una madrastra y quitarles la esperanza de llevarse ellos solos toda la [[Sucesión por causa de muerte|sucesión]]. Así es que el emperador [[Vespasiano]], después de la muerte de su mujer, restituyó á su primer estado a Genis, liberta de Antonia y la tomó por su concubina, teniéndole todos los miramientos debidos a una mujer legítima. Este ejemplo fue imitado por los emperadores [[Antonino Pío]], y [[Marco Aurelio Antonino]], llamado ''el Filósofo'' de los cuales el último, habiendo perdido á su mujer, eligió por concubina a la hija del intendente de su casa, ''ne tot liberis novercam tuparduceret''. Este modo de vivir no se consideraba ilícito ni contrario a las costumbres, sino sólo como una unión desigual, pues las concubinas estaban privadas de la dignidad y ventajas de que gozaban las mujeres enlazadas por matrimonio, y sus hijos no eran ante la ley sino hijos de la naturaleza , llamados naturales, sin poder heredar más que la sexta parle de los bienes del padre.<ref name="jurisp"/>
Y el [[concilio de Trento]] en la sesión 8ª amenaza a los concubinarios con el rayo de la [[excomunión]] si no cambian de conducta inmediatamente.


Aun después de la introducción del [[cristianismo]] se continuó la costumbre de tomar concubinas, permitiéndola los emperadores cristianos con tanta libertad, que no dieron ninguna ley directa para impedirla. Antes por el contrario [[Justiniano I]] llama al concubinato una unión lícita, añadiendo que puede vivirse en él sin ofensa ni menoscabo del pudor, ''in eaque caste vici posse''. [[San Agustín]], sin embargo, reprueba las concubinas, dist. 24:
En España hubo una época en que las leyes toleraron a los eclesiásticos las barraganas o concubinas y no les permitían mujeres legítimas, tal vez porque se creía que estas los distraerían de sus funciones más que las mancebas, con las cuales no estaban ligados de un modo indisoluble, pues las podían dejar cuando quisiesen o lo exigiese el bien de la iglesia.

::''Audile, carissimi, competentibus dico fornicari vobis non licet: sufficiant vobis uxores; et si non habetis uxores, tamen non vobis habere concubinas''.

Y el [[concilio de Trento]] en la sesión 8ª amenaza a los concubinarios con el rayo de la [[excomunión]] si no mudan de conducta inmediatamente.<ref name="jurisp"/>

=== España ===
En España hubo una época en que las leyes toleraron a los eclesiásticos las [[barragana]]s o concubinas y no les permitían mujeres legítimas tal vez porque se creía que éstas los distraerían de sus funciones más que las mancebas, con las cuales no estaban ligados de un modo indisoluble, pues las podían dejar cuando quisiesen o lo exigiese el bien de la iglesia.<ref name="jurisp"/>

== En la Biblia ==
En la [[Biblia]] ([[Génesis]] 16 y 21), [[Abraham]] toma a la esclava [[Agar]] como concubina Puesto que [[Sara]] no había concebido hasta ese punto, ella le ofrece su esclava Agar a Abraham para que le dé un heredero. Ella dio a luz a [[Ismael]]. Después de que por un [[milagro]] Sara —que se hizo fértil a una edad avanzada— concibiera y diera a luz a Isaac, le demandó a Abraham que echara a Ismael, y a Agar su madre, fuera de la casa y hacia el desierto. A Abraham se le hizo muy difícil hacer esto y sólo lo hizo cuando [[Dios]] apoyó lo que Sara pedía.

{{cita|“El rey [[Salomón]] amó, además de a la hija de Faraón, a muchas mujeres extranjeras, Moabitas, Amonitas, Edomitas, Sidonias e Hititas, mujeres de las naciones acerca de las cuales el Señor había advertido a los israelitas: ‘No deben cohabitar con ellas, ni ellas con vosotros, porque ellas ciertamente volverán vuestros corazones hacia sus dioses’. Salomón se unió a ellas en amor. Tuvo 700 esposas oficiales y 300 concubinas”. ([[1 Reyes]] 11:1-3).}}

== Véase también ==
* [[common-law marriage]]
* [[harén]]
* [[Ley de Sociedad de Convivencia]]
* [[matrimonio entre personas del mismo sexo en la Ciudad de México]]
* [[matrimonio morganático]]
* [[monogamia]]
* [[pareja de hecho]]
* [[poliamor]]
* [[poligamia]]
* [[prostitución]]
* [[unión libre]]


== Referencias ==
== Referencias ==
{{listaref}}
{{listaref}}
[http://books.google.es/books?dq=%22para+recibir+los+pedimentos+y+expedientes%22&jtp=562&id=ImxZxXeP454C&hl=es#v=onepage&q=%22para%20recibir%20los%20pedimentos%20y%20expedientes%22&f=false ''Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia'', Joaquín Escriche]


== Enlaces externos ==
{{Control de autoridades}}
* [http://anti-slaverysociety.addr.com/concubinage.htm Servile Concubinage] (contra la esclavitud sexual; en inglés).


{{Control de autoridades}}
[[Categoría:Matrimonio]]
[[Categoría:Matrimonio]]

Revisión del 14:49 1 mar 2020

El concubinato o relación libre es la relación marital de dos personas que no están unidas en vínculo matrimonial. El impedimento a contraer matrimonio generalmente se debe a factores tales como diferencia social, un matrimonio preexistente, impedimentos religiosos o profesionales, una falta de reconocimiento legal, o porque simplemente no quieren casarse porque no lo consideran importante para su relación. Existen dirigentes en la historia de Asia y de Europa que tenían tanto concubinas como esposas.[cita requerida]

Al lado de la unión matrimonial, que es el acto y estado jurídico reconocido por el derecho como generador de efectos no sólo respecto de la pareja y de los hijos, sino también en relación con otros parientes, se han dado y existen actualmente otras uniones más o menos permanentes que se asemejan al matrimonio, pero a las cuales el derecho no les ha reconocido efectos, o bien lo ha hecho en términos muy limitados. Una unión con estas características es el concubinato, que puede entenderse como la unión libre y duradera entre un hombre y una mujer que viven y cohabitan como si estuvieran casados y que puede o no producir efectos legales.[1]

Historia

Históricamente, el concubinato era frecuentemente voluntario (por un arreglo con la mujer y/o con su familia), puesto que ofrecía cierta seguridad económica a la mujer involucrada. El concubinato involuntario o servil involucra algunas veces la esclavitud sexual de un miembro de la relación, habitualmente la mujer.

En donde tiene un estado legal, como en la antigua Roma y en la antigua China, el concubinato es similar, aunque inferior, al matrimonio. En oposición a esas leyes, las leyes tradicionales del Occidente no le dan un estado legal a las concubinas, sino que más bien sólo admiten matrimonios monógamos. Cualquier otra relación no ha disfrutado, tradicionalmente, de protección legal.[cita requerida]

Antigua Roma

En los tiempos de la antigua Roma, concubinus era el término que se le daba a un joven varón que era escogido por su amo como amante. A los concubini (plural de concubinus) se les refería frecuentemente de manera irónica en la literatura contemporánea de la época. Gayo Valerio Catulo asume, en el poema de casamiento 61.126, que el joven señor feudal tiene un concubinus que se considera a sí mismo en un nivel superior a los otros esclavos.[cita requerida]

La concubina entre los romanos casi no se diferenciaba de la mujer legítima sino en el nombre y en la dignidad, de modo que por eso se llamaba "mujer menos legítima" y así como por el derecho romano no era lícito tener a un tiempo muchas esposas, tampoco se permitía tener juntamente muchas concubinas.[2]

Un celibatario podía tomar por concubina a cualquiera de las mujeres que se consideraban de inferior condición y que según las leyes civiles no podían aspirar al honor del matrimonio: tales eran que ganaban su vida mediante su trabajo, las de baja extracción social, las esclavas, las condenadas en juicio público, y otras semejantes. Muchas veces sucedía que un padre de familia que había servido bien a la Patria dándole hijos nacidos de legítimo matrimonio, prefería asociarse una concubina antes que tomar nueva esposa, por no exponerlos a los caprichos de una madrastra y quitarles la esperanza de llevarse ellos solos toda la sucesión. Así es que el emperador Vespasiano, después de la muerte de su mujer, restituyó á su primer estado a Genis, liberta de Antonia y la tomó por su concubina, teniéndole todos los miramientos debidos a una mujer legítima. Este ejemplo fue imitado por los emperadores Antonino Pío, y Marco Aurelio Antonino, llamado el Filósofo de los cuales el último, habiendo perdido á su mujer, eligió por concubina a la hija del intendente de su casa, ne tot liberis novercam tuparduceret. Este modo de vivir no se consideraba ilícito ni contrario a las costumbres, sino sólo como una unión desigual, pues las concubinas estaban privadas de la dignidad y ventajas de que gozaban las mujeres enlazadas por matrimonio, y sus hijos no eran ante la ley sino hijos de la naturaleza , llamados naturales, sin poder heredar más que la sexta parle de los bienes del padre.[2]

Aun después de la introducción del cristianismo se continuó la costumbre de tomar concubinas, permitiéndola los emperadores cristianos con tanta libertad, que no dieron ninguna ley directa para impedirla. Antes por el contrario Justiniano I llama al concubinato una unión lícita, añadiendo que puede vivirse en él sin ofensa ni menoscabo del pudor, in eaque caste vici posse. San Agustín, sin embargo, reprueba las concubinas, dist. 24:

Audile, carissimi, competentibus dico fornicari vobis non licet: sufficiant vobis uxores; et si non habetis uxores, tamen non vobis habere concubinas.

Y el concilio de Trento en la sesión 8ª amenaza a los concubinarios con el rayo de la excomunión si no mudan de conducta inmediatamente.[2]

España

En España hubo una época en que las leyes toleraron a los eclesiásticos las barraganas o concubinas y no les permitían mujeres legítimas tal vez porque se creía que éstas los distraerían de sus funciones más que las mancebas, con las cuales no estaban ligados de un modo indisoluble, pues las podían dejar cuando quisiesen o lo exigiese el bien de la iglesia.[2]

En la Biblia

En la Biblia (Génesis 16 y 21), Abraham toma a la esclava Agar como concubina Puesto que Sara no había concebido hasta ese punto, ella le ofrece su esclava Agar a Abraham para que le dé un heredero. Ella dio a luz a Ismael. Después de que por un milagro Sara —que se hizo fértil a una edad avanzada— concibiera y diera a luz a Isaac, le demandó a Abraham que echara a Ismael, y a Agar su madre, fuera de la casa y hacia el desierto. A Abraham se le hizo muy difícil hacer esto y sólo lo hizo cuando Dios apoyó lo que Sara pedía.

“El rey Salomón amó, además de a la hija de Faraón, a muchas mujeres extranjeras, Moabitas, Amonitas, Edomitas, Sidonias e Hititas, mujeres de las naciones acerca de las cuales el Señor había advertido a los israelitas: ‘No deben cohabitar con ellas, ni ellas con vosotros, porque ellas ciertamente volverán vuestros corazones hacia sus dioses’. Salomón se unió a ellas en amor. Tuvo 700 esposas oficiales y 300 concubinas”. (1 Reyes 11:1-3).

Véase también

Referencias

  1. Baqueiro Rojas, E., Buenrostro Báez, R. (1990). Derecho de familia y sucesiones, p. 121. México: Harla.
  2. a b c d Escriche, J. (1847). Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia.

Enlaces externos