Diferencia entre revisiones de «Unión civil en Costa Rica»

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para conocer la voluntad popular en cuanto a aprobar o rechazar el proyecto de ley que se tramita en la [[Asamblea Legislativa de Costa Rica|Asamblea Legislativa]], bajo el expediente N°16.390. En el proyecto se reconoce el derecho de las personas del mismo sexo a unirse civilmente para llevar la vida en común, para la cooperación y el mutuo auxilio. Este referéndum se hubiera llevado a cabo el [[5 de diciembre]] de [[2010]], aprovechando que para esa misma fecha están convocadas las [[Elecciones de Alcaldes de Costa Rica de 2010]].<ref>{{cita web |url=http://www.tse.go.cr/pdf/municipal2010/cronograma.pdf |título=Cronograma electoral. Elección de Alcaldes, Vice Alcaldes, Síndicos y Concejales, Intendentes, Vice Intendentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito |fechaacceso=28 de junio de 2010 |autor=Tribunal Supremo de Elecciones |fecha= |obra= |idioma= |cita= }}</ref>La Sala Constitucional declara ilegal el referéndum el 10 de agosto de 2010, después de acoger un recurso de amparo presentado por el abogado Esteban Quirós Salazar.<ref name=LN-ago11>{{cita noticia |nombre=Esteban |apellidos=Oviedo |coautores= |título=Sala IV prohíbe referendo sobre uniones civiles gais |url=http://www.nacion.com/2010-08-11/ElPais/NotaPrincipal/ElPais2479891.aspx |obra= |editorial=La Nación.com |fecha=11 de agosto de 2010 |fechaacceso=10 de agosto de 2010 }}</ref>
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== Proyecto de ley bajo consulta del alcalde saltadilla ==
== Proyecto de ley bajo consulta popular ==
[[Image:Asamblea Leg CR 2.JPG|thumb|300px|La Asamblea Legislativa de Costa Rica tiene dos proyectos de ley en trámite sobre las Uniones Civiles entre personas del mismo sexo ]]
[[Image:Asamblea Leg CR 2.JPG|thumb|300px|La Asamblea Legislativa de Costa Rica tiene dos proyectos de ley en trámite sobre las Uniones Civiles entre personas del mismo sexo ]]
El proyecto de ley que se hubiera sometido a consulta es el que se tramita en el expediente 16.390, presentado ante la [[Asamblea Legislativa de Costa Rica]] el [[27 de setiembre]] de [[2006]]. El proyecto es enviado a la Comisión Especial de Derechos Humanos y sale publicado en '''La Gaceta N°214 de [[8 de noviembre]] de 2006'''.<ref>{{cita web |url=http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_Informacion/Consultas_SIL/Pginas/Detalle%20Proyectos%20de%20Ley.aspx?Numero_Proyecto=16390 |título=Proyecto de Ley de Unión Civil entre personas del mismo sexo |fechaacceso=13 de junio de 2010 |autor=[[Asamblea Legislativa de Costa Rica]] |fecha= |editorial= |idioma= |cita= }}</ref>
El proyecto de ley que se hubiera sometido a consulta es el que se tramita en el expediente 16.390, presentado ante la [[Asamblea Legislativa de Costa Rica]] el [[27 de setiembre]] de [[2006]]. El proyecto es enviado a la Comisión Especial de Derechos Humanos y sale publicado en '''La Gaceta N°214 de [[8 de noviembre]] de 2006'''.<ref>{{cita web |url=http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_Informacion/Consultas_SIL/Pginas/Detalle%20Proyectos%20de%20Ley.aspx?Numero_Proyecto=16390 |título=Proyecto de Ley de Unión Civil entre personas del mismo sexo |fechaacceso=13 de junio de 2010 |autor=[[Asamblea Legislativa de Costa Rica]] |fecha= |editorial= |idioma= |cita= }}</ref>

Revisión del 22:28 23 ago 2010

El Referéndum sobre la Ley de Uniones Civiles en Costa Rica de 2010 fue convocado por el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica para conocer la voluntad popular en cuanto a aprobar o rechazar el proyecto de ley que se tramita en la Asamblea Legislativa, bajo el expediente N°16.390. En el proyecto se reconoce el derecho de las personas del mismo sexo a unirse civilmente para llevar la vida en común, para la cooperación y el mutuo auxilio. Este referéndum se hubiera llevado a cabo el 5 de diciembre de 2010, aprovechando que para esa misma fecha están convocadas las Elecciones de Alcaldes de Costa Rica de 2010.[1]​La Sala Constitucional declara ilegal el referéndum el 10 de agosto de 2010, después de acoger un recurso de amparo presentado por el abogado Esteban Quirós Salazar.[2]

Proyecto de ley bajo consulta popular

La Asamblea Legislativa de Costa Rica tiene dos proyectos de ley en trámite sobre las Uniones Civiles entre personas del mismo sexo

El proyecto de ley que se hubiera sometido a consulta es el que se tramita en el expediente 16.390, presentado ante la Asamblea Legislativa de Costa Rica el 27 de setiembre de 2006. El proyecto es enviado a la Comisión Especial de Derechos Humanos y sale publicado en La Gaceta N°214 de 8 de noviembre de 2006.[3]

Proyecto alternativo de Sociedades de Convivencia

El proyecto de Ley 17.668 «Ley de Sociedades de Convivencia», es presentado ante la Asamblea Legislativa el 27 de setiembre de 2006 y contiene una versión simplificada del expediente N°16.390.[4]​ Este proyecto no ha sido publicado en La Gaceta y por lo tanto no será parte de la consulta popular, según palabras del propio presidente del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, Luis Antonio Sobrado González.[5]

Cronología de la consulta

2008

Julio

El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE) da curso el 30 de julio de 2008 a dos gestiones diferentes de Víctor Emilio Granados Calvo por una parte y Alexandra Loría Beeche, Jorge Fisher Aragón, Gustavo Edwards Valerín y Cleto Lacey Lacey por otra,[6][7]​ quienes piden que se lleve a cabo un referéndum nacional para determinar si se legalizan las uniones entre personas homosexuales, de conformidad con el proyecto de ley que se tramita bajo el Expediente N° 195-E-2008.[8]

El abogado Granados Calvo es secretario general del Partido Accesibilidad sin Exclusión (PASE), al que pertenece Óscar López Arias, Diputado en el período 2006-2010. Dentro de las justificaciones para esta consulta, señaló:

Un tema tan controversial, capaz de provocar divisiones en el seno de la sociedad y la familia costarricense, no debe ser objeto de discusión, aprobación o rechazo de tan solo 57 diputados (...) Deben ser las mayorías sociales las que tomen este tipo de decisiones trascendentales[6]
El Tribunal Supremo de Elecciones autorizó la recolección de firmas para determinar si se convoca a un Referéndum sobre la aprobación del proyecto de Ley de Uniones Civiles

Septiembre

El Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa de Costa Rica evacua una consulta del Tribunal Supremo de Elecciones, señalando que solo si votan 1,3 millones de costarricenses sería válido el referéndum para permitir o prohibir uniones civiles entre homosexuales.[9]​ Los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazan un «Recurso de Amparo Electoral» presentado por la Asociación Movimiento Diversidad pro Derechos Humanos y Salud, que estima injusto someter a la voluntad de la mayoría popular la aprobación o denegación de nuevas garantías para un grupo social minoritario.[10]

Se presenta un nuevo «Recurso de Amparo Electoral» por parte de Alberto Cabezas, vecino de Santo Domingo de Heredia, quien señala en que los centros educativos del país carecen de las condiciones de accesibilidad necesarias para que las personas discapacitadas ejerzan su derecho de depositar el voto.[11]

Noviembre

El Tribunal Supremo de Elecciones autoriza el formulario para la recolección de firmas de apoyo al referéndum. Los impulsores de la propuesta deben recolectar al menos 136.751 firmas, que significa el 5% del padrón registrado hasta agosto de 2008, compuesto por 2.735.010 electores.[12]

2010

Febrero

Siendo ya presidenta electa, Laura Chinchilla Miranda reafirma su posición en contra de la iniciativa de ley para legalizar las Uniones Civiles, como parte de los puntos comunes con los diputados electos Carlos Avendaño y Justo Orozco, representantes de la comunidad evangélica del país.[13]

Marzo

Los diputados Carlos Gutiérrez, del Movimiento Libertario; Ana Elena Chacón, de la Unidad Social Cristiana (PUSC), y José Merino, de Frente Amplio, envían una nota a la secretaría del Directorio Legislativo solicitando el retiro de sus firmas del proyecto de Ley de Sociedades de Convivencia. Con esa petición el proyecto carecería de los requisitos suficientes para continuar su trámite en la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento, por lo que sería enviado al archivo.[14]

El diputado y pastor evangélico Guyón Massey, del partido Restauración Nacional, anuncia que como miembro de la Comisión de Derechos Humanos se opondrá a que el proyecto de sociedades de convivencia entre homosexuales sea enviado al archivo, vetando así las intenciones de los diputados que lo propusieron.

Si el tema del matrimonio entre homosexuales se vota ‘No’ en un referéndum, como estamos seguros que sucedería, nos aseguraremos que no se volverá a presentar ninguna otra iniciativa de este tipo en nuestro país. Por eso nos interesa que el gobierno no convoque más el proyecto. [15]
La Iglesia Católica ha promovido la campaña para la recolección de firmas a favor del Referéndum, por medio de las misas dominicales

Mayo

Las autoridades de la Iglesia Católica avalan aprovechar las misas para la recolección de las firmas necesarias para celebrar el referéndum.[16]​ Mauricio Granados, Canciller de la Curia Metropolitana reconoce que la Iglesia se ha valido de las homilías para expresar su posición en contra del reconocimiento legal a uniones homosexuales.[17]

El Tribunal Supremo de Elecciones reporta el faltante de las 31.000 firmas necesarias, las cuales deberían entregarse antes del 16 de junio de 2010.[17]

Junio

La Defensoría de los Habitantes hace público el 2 de junio de 2010 un comunicado donde indica que la consulta popular sobre ese tema es «un acto discriminatorio en sí mismo». La razón principal de la Defensoría de los Habitantes es que el referéndum pondría «en riesgo el pleno goce de los derechos fundamentales de un sector de la población», si el resultado de la consulta fuese negativo.[18]

La abogada Alexandra Loría Beeche considera muy grave el pronunciamiento de la Defensoría de los Habitante e incluso valora la posibilidad de plantear un recurso de amparo electoral, por estimar que se ha violado la ley de Referéndum:

Es mi opinión que la Defensora de los Habitantes ha violado el artículo 20 de la Ley de Referéndum que prohíbe a los órganos públicos manifestarse a favor o en contra de los textos o proyectos sometidos a la consulta del referéndum[19]

El 4 de junio de 2010, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y la Cancillería anuncian que habilitará urnas en 45 consulados para que costarricenses en el extranjero puedan votar en el referendo sobre la legalización de las uniones entre personas del mismo sexo. Se estima que, al menos, 20.000 costarricenses que viven en otras naciones podrán participar en la consulta popular.[20]

El 8 de junio de 2010, la abogada Alexandra Loría Beeche presenta al Tribunal Supremo de Elecciones 57.000 firmas solicitando el Referéndum, lo que sobrepasa el requisito puesto por esa autoridad de recabar al menos 31.000.[21]

El 17 de junio de 2010, el Movimiento Diversidad presenta una recusación en contra del Magistrado Luis Antonio Sobrado González, porque el jerarca del TSE detalló la fecha y preparativos de la consulta popular cuando sus promotores no habían concluido aún la presentación de requisitos, principalmente, la recolección de al menos 31.000 firmas de respaldo.[22]

El 22 de junio de 2010, el ciudadano Esteban Quirós Salazar presenta un Recurso de Amparo contra el TSE, argumentando que un referéndum no puede resolver asuntos relacionados con derechos humanos, pues hay tratados internacionales suscritos por Costa Rica que establecen la obligatoriedad de los Estados de eliminar cualquier discriminación por orientación sexual. Señala que esos tratados superan cualquier contenidos de leyes nacionales, incluida la Constitución Política, por lo cual debería interpretarse la imposibilidad de llevar a consulta popular un proyecto de ley sobre derechos de los homosexuales.[23]

El 24 de junio de 2010, la Defensoría de los Habitantes presenta ante la Sala Constitucional una Acción de Inconstitucionalidad para impedir que se lleve a cabo el referéndum.[24]​ El 26 de junio de 2010, el Defensor Adjunto, Luis Fallas Acosta, publica un artículo de opinión explicando la posición de la Defensoría de los Habitantes en este caso.[25]​ En el comunicado de prensa que emiten, resumen los argumentos para esta Acción de inconstitucionalidad de la siguiente manera:

Para la Defensoría, el mecanismo del referéndum no puede ser legítimamente empleado para poner en tela de duda si un determinado grupo de habitantes tiene o no la titularidad de derechos civiles, sociales y económicos, en el tanto la existencia de los Derechos Humanos, son inherentes a la condición humana.

De esta forma, a criterio de la Defensoría, someter a referéndum la materia de Derechos Humanos es un acto jurídicamente inválido e inconstitucional en tanto implica una violación frontal a los límites impuestos a la potestad legislativa en el párrafo primero del artículo 105 de la Constitución Política, y al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

En ese sentido se recuerda que la Sala Constitución ha resuelto a favor de la progresividad de los derechos fundamentales y que éstos no se encuentran sujetos a criterios de oportunidad o a la aceptación popular, sino más bien, es una obligación que emana directamente del Derecho de la Constitución.[26]
En diversos medios de prensa, las personas a favor y en contra de las uniones civiles se han pronunciado escribiendo artículos de opinión

El 26 de junio de 2010, Luis Antonio Sobrado González, Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, sostiene que el Referéndum no se trata de una consulta para plebiscitar si existen o no los derechos de los homosexuales. El caso del Referéndum, asevera que sería para definir si el conjunto de la población acepta o rechaza un proyecto de ley que, antes que recortar los derechos de ciudadanos costarricenses, eventualmente podría ampliarlos.[27]

Cuatro magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazan el 28 de junio de 2010 una solicitud de apartar al presidente de esa entidad, Luis Antonio Sobrado, de las decisiones en torno al referéndum.[28]

La Sala Constitucional rechaza de plano las dos Acciones de Inconstitucionalidad interpuestas Yashin Castrillo y por la Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum contra el referéndum. El magistrado Jinesta Lobo y la magistrada Pacheco Salazar salvan el voto y ordenan darles curso a las acciones.[29]

Julio

Pese al rechazo de las dos Acciones de Inconstitucionalidad presentadas por la Defensoría de los Habitantes y por el abogado Yashin Castrillo, la Sala Constitucional da curso el 1 de julio de 2010 al Amparo que había presentado el ciudadano Esteban Quirós Salazar. El proceso queda suspendido de manera temporal por decisión de los siete magistrados mientras otorgan al TSE tres días para presentar su descargo.[23]

El 5 de julio de 2010 el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica responde el recurso de Amparo de Esteban Quirós y plantea como eje de su respuesta dos ideas centrales:[30]

1. La Sala Constitucional no es quién para prohibir celebrar un referendo, pues las disposiciones del TSE en materia electoral son “irrecurribles”, como mencionan numerosas resoluciones.
2. Dejar que el pueblo vote a favor de un proyecto vinculado a derechos humanos no es discriminatorio, porque el pueblo es soberano y delega su representación en los diputados, sus representantes. Y, ¿cómo es que que el soberano no puede decidir sobre un asunto que sí puede resolver su representante? Además, los prejuicios pueden estar presentes en un referendo, pero también en el Congreso.

El 14 de julio el Tribunal Supremo de Elecciones hace un llamado a la Sala Constitucional para que resuelva pronto el recurso de amparo que presentó el abogado Esteban Salazar en en contra de decidir en un referéndum la validez legal de las uniones civiles homosexuales. Mientras la Sala constitucional tenga en estudio el tema, el TSE está inhibido de hacer la convocatoria.[31]

El Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Costa Rica se manifiesta en contra del referéndum indicando que «no pretende fomentar la igualdad, la equidad, la justicia y la libertad de todas las personas, sino por el contrario, tergiversar un instrumento jurídico legítimo para fomentar la exclusión y violentar los derechos humanos de un grupo minoritario de la sociedad». [32]

El excandidato del PAC, Ottón Solís Fallas, acude a la Sala Constitucional a pedir que no se lleve a cabo el referéndum sobre las Uniones Civiles.

El 26 de julio se lleva a cabo un debate en Telenoticias, conducido por el periodista Rodolfo González, entre Alexandra Loría Beeche, promotora del referédum y Ana Elena Chacón Echeverría, exdiputada, corredactora del proyecto de Ley N°16.390.[33]

El 28 de julio, organizaciones como el Centro de Investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos (CIPAC) y la Colectiva por el Derecho a Decidir, que luchan por los derechos de comunidades homosexuales, realizan una conferencia de prensa donde condenan la realización de un referéndum sobre la unión civil entre personas del mismo sexo. En ese mismo momento presentan una campaña publicitaria contra lo que denominan “etiquetas” impuestas por la sociedad sobre todo a las mujeres, conformando dicha campaña bajo el nombre “No me etiquete”.[34]

Agosto

El excandidato del Partido Acción Ciudadana, Ottón Solís Fallas y su esposa Shirley Sánchez Mora, presentan una coadyuvancia ante la Sala Constitucional para respaldar el recurso de amparo interpuesto por el abogado Esteban Quirós Salazar en contra del referéndum, argumentando que el la consulta popular «es un llamado a diferenciar en detrimento de los derechos y dignidad humana de quienes no tienen la misma orientación sexual de la mayoría».[35]

El TSE anuncia que se ha corroborado la validez de más de 150.000 firmas de ciudadanos que apoyan la realización del referéndum para aprobar o rechazar las uniones civiles entre personas del mismo sexo. Esa cantidad de firmas excede las 130.000 que eran necesarias para la procedencia del trámite. También se advierte que si la Sala Constitucional no resuelve el amparo presentado en contra antes de que termine agosto, será muy difícil lograr unificar ese proceso con las elecciones de alcaldes de diciembre.[7]

El 8 de agosto, el ex Vicepresidente Kevin Casas Zamora publica un artículo de opinión en La Nación, que se titula ¿Por qué me opongo al reréndum?, en el cual desarrolla su punto de vista y concluye diciendo: «Quienes se oponen a las uniones civiles de personas del mismo sexo están librando una batalla que inevitablemente perderán en el largo plazo, como antes la perdieron quienes se opusieron a la emancipación de los esclavos, el sufragio de las mujeres o los derechos civiles de la población negra. Más aún, como la están perdiendo hoy, en otros países, incluso de América Latina, quienes insisten en discriminar a las personas por motivo de su orientación sexual. Los proponentes de este referéndum deben saber que, a lo sumo, están peleando por tiempo.»[36]

El 10 de agosto a las 00:30 GMT la Sala Constitucional de Costa Rica declara inconstitucional el referéndum, comunicando que «Las personas que tienen relaciones con una pareja del mismo sexo son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus derechos constitucionales».[2]

Opiniones diversas en medios de comunicación

En esta sección se recogen opiniones a favor y en contra del Referéndum, así como otras opiniones sobre las Uniones Civiles que no necesariamente se refieren al tema de la consulta popular.

Opiniones a favor del Referéndum

Opiniones en contra del Referéndum

Posición del periódico La Nación

El 5 de junio de 2010, el periódico La Nación, uno de los más importantes de Costa Rica, publica un editorial en contra de la tramitación del referéndum para determinar si se aprueban las uniones civiles. Dentro de sus argumentos más destacados, indica el editorialista lo siguiente:

Las uniones civiles de parejas del mismo sexo no son el matrimonio como lo entendemos hasta ahora y ninguna denominación religiosa está obligada a aceptarlas para efectos de su práctica interna. Son un reconocimiento de las consecuencias prácticas, legales y económicas, de la convivencia. El propósito de sus impulsores es poner fin a la discriminación contra las parejas del mismo sexo en materias como los gananciales, herencias y beneficios de seguros, entre otros. Esa discriminación ya ha sido juzgada como contraria a los derechos humanos en altas instancias internacionales, como el Tribunal Europeo, que condenó a Polonia por negar al miembro superviviente de una pareja homosexual el derecho a heredar las condiciones de un contrato de alquiler, como lo manda la ley para el caso de las parejas heterosexuales. Polonia, dijo el Tribunal por unanimidad, violó la Convención Europea de Derechos Humanos no solo por irrespeto al principio de igualdad, sino también por su intromisión en la vida privada y familiar.[37]

Algunos días después, la abogada Alexandra Loría Beeche, uno de los dos abogados promotores del Referéndum, contesta el editorial del periódico, argumentando entre otras razones las siguientes:Una verdadera democracia, da a los ciudadanos la oportunidad de pronunciarse en asuntos de relevancia social. La Nación se olvida de algo básico: la potestad de legislar reside en el pueblo; esta facultad se delega, por medio del sufragio, en la Asamblea Legislativa.

En una democracia participativa, el pueblo recupera –vía referéndum– una potestad que le es propia para ejercerla por sí mismo y no por medio de sus representantes.

Lo que indica el Editorial resulta absurdo: si no fuera lícito que el pueblo votara el proyecto de ley en un referéndum, tampoco sería lícito que lo votaran sus 57 representantes en la Asamblea Legislativa.

Por estar en presencia de un tema de especial relevancia social, todos los costarricenses tenemos derecho a opinar. El Tribunal Supremo de Elecciones, respetuoso de nuestras facultades constitucionales, no está haciendo otra cosa más que cumplir con la Constitución Política.[38]

Referencias

  1. Tribunal Supremo de Elecciones. «Cronograma electoral. Elección de Alcaldes, Vice Alcaldes, Síndicos y Concejales, Intendentes, Vice Intendentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito». Consultado el 28 de junio de 2010. 
  2. a b Oviedo, Esteban (11 de agosto de 2010). «Sala IV prohíbe referendo sobre uniones civiles gais». La Nación.com. Consultado el 10 de agosto de 2010. 
  3. Asamblea Legislativa de Costa Rica. «Proyecto de Ley de Unión Civil entre personas del mismo sexo». Consultado el 13 de junio de 2010. 
  4. Asamblea Legislativa de Costa Rica. «Proyecto de Ley de Sociedades de Convivencia». Consultado el 23 de junio de 2010. 
  5. Villalobos, Carlos A. (27 de junio de 2010). «TSE prevé referendo por uniones gais en diciembre». La nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. «(...) según el presidente del TSE, el proyecto de ley que sería consultado ante los costarricenses es el incluido inicialmente en el expediente 16.390 y que habla de las uniones civiles entre personas del mismo sexo. Para Sobrado, el referendo sería por “lo que se publicó y por lo que la gente firmó” y es el texto ya publicado en La Gaceta.» 
  6. a b Murillo, Álvaro (7 de agosto de 2008). «Opositores a uniones gais solicitaron referendo». Consultado el 28 de junio de 2010. 
  7. a b Oviedo, Esteban (5 de agosto de 2010). «TSE valida 150.000 firmas para referendo sobre uniones gais». La Nación.com. Consultado el 7 de agosto de 2010. 
  8. Murillo, Álvaro (2 de agosto de 2008). «TSE admite trámite para referendo sobre uniones homosexuales». La Nación.com. Consultado el 27 de junio de 2010. 
  9. Murillo, Álvaro (9 de septiembre de 2008). «Referendo sobre uniones gais necesitaría voto de 1,3 millones». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  10. Murillo, Álvaro (20 de setiembre de 2008). «Referendo sobre uniones homosexuales supera escollo». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  11. Brens, Harold (22 de septiembre de 2008). «Nueva objeción a referendo sobre uniones homosexuales». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  12. Murillo, Álvaro (5 de noviembre de 2008). «TSE autoriza recoger firmas para referendo sobre uniones homosexuales». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  13. Murillo, Álvaro (19 de febrero de 2010). «Chinchilla y diputados cristianos van juntos contra uniones gais». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  14. Ruiz Ramón, Gerardo (16 de marzo de 2010). «Diputados tramitan archivo de Unión Civil entre gays». Diario Extra. Consultado el 29 de junio de 2010. 
  15. Ruiz Ramón, Gerardo (18 de marzo de 2010). «Plan de Unión Civil no puede archivarse sin aval de Comisión». Consultado el 29 de junio de 2010. 
  16. Sequeira, Aarón (11 de mayo de 2009). «Iglesia Católica busca firmas contra unión civil homosexual». La Prensa Libre. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  17. a b Murillo, Álvaro (28 de mayo de 2010). «Iglesia avala usar misas para promover referendo». La Nación. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  18. Díaz, Luis Eduardo (2 de junio de 2010). «Defensoría lanza fuerte crítica a referendo sobre uniones gais». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  19. Ávila Chacón, Laura (13 de junio de 2010). «Referéndum es democracia participativa». Eco Católico. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  20. Agüero, Mercedes (4 de junio de 2010). «Habrá urnas en 45 consulados para referendo de uniones gais». La Nación. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  21. Viscaíno, Irene (8 de junio de 2010). «Grupo que promueve referendo sobre uniones gais concluyó entrega de firmas». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  22. Viscaíno, Irene (17 de junio). «Movimiento gay pide a presidente del TSE distanciarse de referendo». La Nación.com. Consultado el 29 de junio de 2010. 
  23. a b Murillo, Álvaro (1 de julio de 2010). «Sala IV suspende trámite de referendo sobre uniones homosexuales». La Nación.com. Consultado el 1 de julio de 2010. 
  24. «Defensoría acude a Sala IV para frenar referendo». 
  25. Fallas Acosta, Luis (26 de junio de 2010). «Referéndum y derechos humanos». La Nación.com. Consultado el 26 de junio de 2010. 
  26. «Defensora interpuso hoy acción para evitar que Derechos Humanos sean llevados a Referéndum». La Voz del Habitante. 24 de junio de 2010. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  27. sequeira, Aarón (26 de junio de 2010). «Referéndum no pone en consulta disminución de derechos humanos». La Prensa Libre. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  28. Vizcaíno, Irene (29 de junio de 2010). «TSE rechaza apartar a Sobrado de referendo». La Nación.com. Consultado el 29 de junio de 2010. 
  29. Artavia, Betania (30 de junio de 2010). «Sala IV da luz verde a Referéndum sobre uniones gay». Diario Extra. Consultado el 1 de julio de 2010. 
  30. Murillo, Álvaro (17 de julio de 2010). «TSE insiste en potestad para realizar consulta». La Nación.com. Consultado el 2 de agosto de 2010. 
  31. Murillo, Álvaro (14 de julio de 2010). «Tribunal pide a Sala IV apurar pronunciamiento». La Nación.com. Consultado el 2 de agosto de 2010. 
  32. «UNA no apoya el referendum sobre uniones civiles entre personas del mismo sexo». informa-TICO. 19 de julio de 2010. Consultado el 26 de julio de 2010. 
  33. González, Rodolfo (26 de julio de 2010). «Entrevista: ¿Contra los derechos humanos?». Teletica.com. Consultado el 7 de agosto de 2010. 
  34. Sequeira, Aarón (29 de julio de 2010). «Organizaciones homosexuales condenan referéndum gay como discriminatorio». La Prensa Libre. Consultado el 2 de agosto de 2010. 
  35. Oviedo, Esteban (3 de agosto de 2010). «Ottón Solís pide a Sala IV anular referendo sobre uniones gais». La Nación.com. Consultado el 4 de agosto de 2010. 
  36. Casas Zamora, Kevin (8 de agosto de 2010). «Por qué me opongo al referéndum». La Nación.com. Consultado el 8 de agosto de 2010. 
  37. Editorial (5 de junio de 2010). «Referendo sobre uniones homosexuales». La Nación.com. Consultado el 28 de junio de 2010. 
  38. Loría Beeche, Alexandra (10 de junio de 2010). «Democracia participativa». La Nación. Consultado el 28 de junio de 2010. 

Véase también

Enlaces externos

Noticias relevantes en la prensa