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La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.
La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.

== Ley positiva ==
En [[Derecho]] el origen de la definición de la ley se debe a [[Tomás de Aquino]] en su [[Summa Theologica]] al concebirla como ''"La ordenación de la razón dirigida al bien común dictada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad y solemnemente promulgada"''.

Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras la [[Constitución]] que emana de quien ostenta el [[poder legislativo]]. Mientras no está aprobada es un [[proyecto de ley]].

=== Clasificaciones de la ley ===
* En sentido material y formal:
**'''Material''' es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.
**'''Formal''' es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo constitucionalmente determinado.
* De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan '''rígidas o flexibles'''. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.

Algunos tipos de leyes son:
#[[Ley fundamental]] es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse [[Constitución]]. La Constitución es la norma suprema del [[ordenamiento jurídico]], ya que está por encima de cualquier ley
#[[Ley orgánica]] cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia específica.
#[[Ley ordinaria]], entre las que se incluye la [[ley de presupuestos]].

==== Legislación delegada ====
Son [[norma jurídica|normas jurídicas]] con rango legal aprobadas por el [[Gobierno]]. No son propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de éstas, ya que tienen valor, rango y fuerza de ley. Entre ellas encontramos al:

*[[Decreto Ley]]
*[[Decreto Legislativo]]


== Véase también ==
== Véase también ==

Revisión del 16:13 9 mar 2010

El Código de Hammurabi es uno de los primeros conjuntos de leyes que se han encontrado y uno de los ejemplos mejor conservados de este tipo de documento de la antigua Mesopotamia.

La ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción.

Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una "norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia." Por otro lado, el jurista chileno-venezolano Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1º del Código Civil de Chile, como "Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite".

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del Derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano legislativo.

Características

  • Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
  • Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
  • Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
  • Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
  • Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.

Ley natural

La ley natural es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia derivadas de él, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.

Ley positiva

En Derecho el origen de la definición de la ley se debe a Tomás de Aquino en su Summa Theologica al concebirla como "La ordenación de la razón dirigida al bien común dictada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad y solemnemente promulgada".

Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras la Constitución que emana de quien ostenta el poder legislativo. Mientras no está aprobada es un proyecto de ley.

Clasificaciones de la ley

  • En sentido material y formal:
    • Material es toda norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente.
    • Formal es toda norma emanada desde el congreso conforme al mecanismo constitucionalmente determinado.
  • De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas o flexibles. En las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso concreto ni graduar sus consecuencias. En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al Derecho una configuración adecuada al caso concreto.

Algunos tipos de leyes son:

  1. Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse Constitución. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que está por encima de cualquier ley
  2. Ley orgánica cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia específica.
  3. Ley ordinaria, entre las que se incluye la ley de presupuestos.

Legislación delegada

Son normas jurídicas con rango legal aprobadas por el Gobierno. No son propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de éstas, ya que tienen valor, rango y fuerza de ley. Entre ellas encontramos al:

Véase también

Enlaces externos

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