Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814

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Reglamento Para el Gobierno
1814
Tipo de texto Constitución política
Idioma Español
Redactor(es) Asamblea de Corporaciones
Creación 17 de marzo de 1814
Ratificación 7 de marzo de 1814
Promulgación 17 de marzo de 1814
Signatario(s) Francisco de la Lastra.
Derogación 2 de octubre de 1814 (Reconquista Española) (7 meses)
Francisco de la Lastra fue nombrado Director Supremo bajo el mandato del Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814

El Reglamento Constitucional para el Gobierno Provisorio de 1814 fue uno de los primeros arreglos constitucionales de la República de Chile, promulgado el 17 de marzo de 1814. Con 13 artículos, una de sus principales disposiciones era la creación del cargo de Director Supremo.

Sucesor del Reglamento Constitucional Provisorio de 1812,[1]​ el reglamento de 1814 creaba un Ejecutivo unipersonal, con el nombre de Director Supremo, al cual se asignan amplias e ilimitadas atribuciones con el objetivo de hacer frente al problema bélico existente. Asimismo, mantiene un Senado integrado por siete personas. Como Director Supremo, es nombrado el coronel Francisco de la Lastra, entonces gobernador de Valparaíso.

El Reglamento de 1814 fue suspendido con la restauración de la monarquía española en octubre de 1814, lo que marca el fin de la Patria Vieja. El reglamento para el gobierno provisorio

Referencias[editar]

Enlaces externos[editar]


Predecesor:
Reglamento Constitucional de 1812
Constitucionalismo de Chile

Reglamento Constitucional de

1814
Sucesora:
Constitución Provisoria de 1818