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Elecciones en Honduras

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El proceso electoral en Honduras es realizado mediante la organización, coordinación y supervisión del Consejo Nacional Electoral (CNE). En Honduras se realizan dos elecciones: las elecciones primarias e internas, y las elecciones generales. En las primeras los partidos políticos escogen a sus candidatos oficiales para participar en las elecciones generales, así como a las autoridades de su institución política. En las elecciones generales se escoge al jefe de Estado, bajo el título de presidente de la República —quien además desempeñará el cargo de comandante general de las Fuerzas Armadas—, a 128 diputados titulares y 128 diputados suplentes al Congreso Nacional, 20 diputados propietarios al Parlacen —con sus respectivos suplentes—, 298 alcaldes, 298 vicealcaldes y 2,092 regidores.[1]

Las elecciones generales se realizan el último domingo del mes de noviembre del cuarto y último año del periodo de gobierno, sin posibilidad de balotaje; mientras que las primarias se realizan el segundo domingo de marzo del mismo año. El presidente y los alcaldes son escogidos por una mayoría simple de los votos válidos. El Congreso Nacional de Honduras es unicameral, y sus diputados son escogidos por cociente electoral. Mientras que el número de diputados de cada partido que integrarán el Parlacén son escogidos en igual porcentaje que la cantidad de votos que obtuvo dicho partido en el nivel presidencial.[2]​ Los miembros electos de las Corporaciones Municipales y del Congreso Nacional inician funciones el 25 de enero del año siguiente al año electoral, mientras que el presidente lo hace el 27 de enero. Todos son electos para un periodo de 4 años, con posibilidad de reelección.

Actualmente existen 3 partidos políticos mayoritarios en Honduras: los tradicionales Partido Liberal de Honduras (1891) y Partido Nacional de Honduras (1902), el primero de izquierda y el segundo de derecha pero ambos con ideologías conservadoras; y Partido Libertad y Refundación (2011), socialista y medianamente progresista.

Legislación actual

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El sistema electoral de Honduras se rige por la Ley Electoral de Honduras, aprobado el 25 de mayo de 2021,[3]​ y por la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de los Partidos Políticos, conocida como Ley de Política Limpia, aprobada por el Congreso Nacional el 20 de octubre de 2016 y ratificada en enero de 2017.[4]

Entidades electorales

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El órgano organizador y ejecutor de las elecciones es el Consejo Nacional Electoral (CNE), autónomo y no subordinado a los poderes del Estado; mientras que el ente encargado del cumplimiento de la ley electoral es el Tribunal de Justicia Electoral, ante el cual se pueden presentar recursos de apelación de los acuerdos y resoluciones emitidos por el CNE.

Según la ley, a parte del CNE, son «organismos electorales» los Consejos Departamentales Electorales, los Consejos Municipales Electorales y la Juntas Receptoras de Votos (JRV), todos integrados por cinco personas: un representante de cada uno de los tres partidos políticos mayoritarios, más dos representantes de cualquiera de los otros partidos. Dichos integrantes deben ser acreditados por el CNE, se consideran funcionarios mientras duren sus funciones y están obligados a recibir capacitación por parte del Instituto Nacional de Formación Político Electoral, en colaboración con los partidos políticos. La funciones de cada organismo son las siguientes:

Consejo Departamental Electoral

Existe uno en cada uno de los 18 departamentos, desde los 60 días antes de la elección hasta los 15 días posteriores. Funcionan como un enlace entre el CNE y los Consejos Municipales Electorales, sobre los cuales tienen autoridad.

Consejo Municipal Electoral

Con presencia en los 298 municipios, existe desde los 45 días antes de la elección hasta los 15 días posteriores. Esta entidad brinda toda la información relativa al proceso electoral, está en contacto con las autoridades partidarias locales, asiste al Instituto Nacional de Formación Político-Electoral, recibe el material electoral y lo entrega a las JRV, asegura el funcionamiento de los centros de votación y las JRV el día de las elecciones, y recibe de las JRV una copia de cada acta para enviarlas al Consejo Departamental correspondiente.

Juntas Receptoras de Votos

En las elecciones generales, los tres partidos con mayor cantidad de votos en la elección pasada se reparten los cargos de presidente, secretario y escrutador, y los demás partidos se integran como dos vocales. En el caso de las elecciones primarias, se integra por un representante de cada movimiento interno. Siempre cada uno cuenta con un suplente. A diferencia de los integrantes de los demás órganos electorales, los miembros de la JRV no reciben salario. Las JRV se instalan en cada centro de votación y tienen la función desplegar el material electoral —como las urnas—, recibir a cada ciudadano para entregarles las papeletas, verificar que cada ciudadano vote una sola vez, realizar el conteo de votos al cierre del periodo de votación, llenar un acta de cierre con el resumen de la sumatoria de votos para cada candidato en cada nivel electivo y transmitir dicha acta. En cada JRV pueden votar un mínimo de 100 personas y un máximo de 600 para el caso de la elección general, y para la elección primaria el rango debe ser definido por el CNE.

Otras entidades
  • Consejo Consultivo Electoral: Existe desde la convocatoria a elecciones hasta la declaratoria de las mismas. Se conforma por un representante de cada partido político y sus suplentes. Su función es observar, recibir reclamos y dar recomendaciones.
  • Comisión Nacional Electoral: Es un ente dentro de cada partido político creado al aprobarse las inscripciones de movimientos internos, e integrado por un representante de cada uno de estos. Se encarga de gestionar las elecciones internas del partido.
  • Instituto Nacional de Formación Político Electoral: Dependiente del CNE, su función es de capacitación de los funcionarios electorales y de difusión de la información electoral, para lo cual puede coordinarse con la Secretaría de Educación, los centros educativos y entidades civiles.
  • Registro Nacional de las Personas: Emite el Documento Nacional de Identidad (DNI), necesario para ejercer el sufragio, y entrega al CNE la información de los ciudadanos habilitados para votar.

Preparatoria de elecciones

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El Consejo Nacional Electoral hace la convocatoria a elecciones primarias y generales 6 meses antes de las mismas. En el caso de las elecciones generales, la ley ordena que la convocatoria se haga por cadena nacional y sea publicada en el diario oficial La Gaceta. Todos los partidos con más de un movimiento interno deben participar en las elecciones primarias, donde se votará por precandidatos. Las elecciones generales se realizan el último domingo del mes de noviembre del cuarto y último año del periodo de gobierno, mientras que las primarias se realizan el segundo domingo de marzo del mismo año. Tras ambas elecciones, el CNE tiene un plazo de 30 días para hacer la declaratoria oficial de los ganadores, y, en el caso de las elecciones primarias, de disolver los movimientos internos.

Tradicionalmente, los partidos políticos realizan elecciones internas para escoger a sus autoridades partidarias el mismo día de las elecciones primarias, pero la ley permite realizarlas en días diferentes. En el primer caso, el CNE financia todos los costos de la elección, mientras que, en caso que la elección interna se realice otro día, su financiación depende enteramente del partido político; aunque siempre siendo vigilada por el CNE. Seis meses antes de las elecciones internas, los partidos políticos deben hacer un llamamiento a inscribir a los movimientos internos. lo cual debe suceder dentro de los dos meses siguientes.

Un ciudadano puede solicitar personalmente el cambio de su centro de votación asignado, pero este no puede llevarse a cabo en los 4 meses anteriores a las elecciones.

Partidos políticos

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La ley electoral permite fusiones y alianzas, totales o parciales, entre los partidos políticos. Las alianzas deben solicitar su inscripción antes de la convocatoria a elecciones generales y se diluyen tras la declaratoria de resultados de las mismas. A un partido político se le puede cancelar la inscripción si no participa directamente en una elección general —excepto en casos de alianzas— o si en una elección general no obtiene al menos el 2 % del total de los votos válidos en el nivel electivo de mayor votación, además de ningún diputado al Congreso.

Para que un partido que no fue a elecciones primarias participe en las elecciones generales debe presentar la nómina completa en el nivel presidencial y de candidatos al Parlamento Centroamericano, así como en al menos 14 de los 18 departamentos y en al menos 200 de los 298 municipios.

Al finalizar las elecciones, el CNE pagará a cada partido político 20 Lempiras por cada voto válido ganado en el nivel electivo más votado. Ningún partido recibirá menos del 15% de la suma asignada al partido que obtenga el mayor número total de sufragios, salvo que haya obtenido menos de 10 mil votos en su nivel más votado. A este pago se le conoce como "deuda política".

Candidaturas

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Las candidaturas se dividen en cuatro niveles electivos:

  • Nivel presidencial: Con un candidato a la Presidencia acompañado de tres candidatos a designados presidenciales, por partido político. El ganador se escoge por mayoría simple. El porcentaje de votos obtenido por partido en este nivel determina el porcentaje de diputados al Parlacen obtenido para cada partido.
  • Nivel legislativo: Con una cantidad variable de candidatos a diputados según el departamento, cada uno acompañado por un diputado suplente. El ganador se escoge por cociente electoral, excepto en los departamentos con un candidato a diputado por partido y en las elecciones internas, donde se escoge por mayoría simple.
  • Nivel municipal: Con los candidatos a alcalde y vicealcalde, acompañados por una cantidad variable de regidores según el municipio. El alcalde y vicealcalde se escoge por mayoría simple, los regidores que los acompañan por proporcionalidad de los votos obtenidos en cada partido.
  • Nivel partidario: con los candidatos a los cargos dentro de los partidos políticos. Solo aplica para las elecciones internas.

En todos los niveles se debe cumplir la «paridad» y la «alternancia». La paridad se refiere a que la cantidad de hombres y mujeres candidatos en un nivel electivo debe ser igual o diferenciarse por un máximo de uno. La alternancia manda a que una persona de un género debe estar seguida por alguien del otro género en la nómina.

La ley admite candidaturas independientes en cualquier nivel siempre y cuando la planilla sea llenada completamente. La inscripción de las mismas debe realizarse en los 10 días posteriores a la convocatoria a elecciones generales. Similar que con los partidos políticos, el o los candidatos deben presentar como respaldo una cantidad de firmas igual al 2 % de los votos válidos obtenidos en la elección pasada en el nivel al que aspiran.

Si un candidato muere o renuncia antes de las elecciones, será sustituido por la persona que el partido político disponga, y en caso de ocurrir después, por su suplente. Si se trata de un candidato independiente, será sustituido por su suplente sólo después de las elecciones generales.

Propaganda electoral y encuestas

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La ley define como «propaganda electoral» al uso de medios masivos de comunicación u otras formas de anunciación destinados a influir en la población el voto favorable a un candidato. Esta no puede realizarse a través de los medios de comunicación del Estado y sólo puede realizarse desde los 50 días antes, en el caso de las elecciones primarias, y los 90 días antes, en el caso de las generales, hasta los 5 días antes de las elecciones —siendo el último día el lunes de la misma semana. Esos 5 días son llamados el "silencio electoral" en Honduras. Todos las manifestaciones públicas, como reuniones, concentraciones o marchas, deben ser aprobadas por el CNE.

Se prohíbe la propaganda anónima, la que promueva el abstencionismo, se valgan de creencias religiosas, use símbolos religiosos, símbolos nacionales o extranjeros o símbolos de otros partidos políticos; la que promueva el irrespeto a los partidos políticos y la que involucre a niños. Los medios de comunicación deben entregar a solicitud del CNE cualquier información relacionada con los mensajes transmitidos como propaganda electoral, y están obligados a entregar sin necesidad de solicitud la facturación que se haga por la misma. Se prohíbe colocar publicidad de campaña en lugares como monumentos, propiedades del Estado y templos religiosos; fijar propaganda sobre la ya colocada, obstaculizar el tránsito o la visión y colocar propaganda impresa sin pie de imprenta.[5]​ Los partidos políticos que no retiren la propaganda electoral en los 30 días después de las elecciones serán multados.

Durante el periodo de propaganda electoral se prohíbe que en las campañas hechas por entes del gobierno central o las municipalidades aparezcan la imagen, voz, nombre o firma del titular de esa entidad o de cualquier candidato. Además, se prohíbe a los funcionarios hacer propaganda partidista y se prohíben los actos de inauguración de obras públicas y su difusión por medios de comunicación durante los 60 días antes de las elecciones primarias y generales.[n 1]

Los candidatos a elección popular tienen un límite permitido de gastos de campaña. En el caso del nivel presidencial el límite se calcula multiplicando el número total de ciudadanos registrados en el Censo Nacional Electoral —que pueden ejercer el sufragio— por el doble del costo del voto. En el caso de los diputados y alcaldes, el límite depende del Censo Electoral municipal o departamental.[5]

Toda persona natural o jurídica que quiera publicar resultados de encuestas electorales, incluidos sondeos de boca de urna, debe inscribirse ante el CNE a partir de la convocatoria a elecciones. Las encuestas no pueden ser publicadas durante los 30 días antes de las elecciones primarias ni generales, mientras que los sondeos de boca de urna pueden publicarse después de las tres horas del cierre oficial del periodo de votación.

Día de votación

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Desde las 18 horas antes del día de las elecciones y hasta las 18 horas después se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y la realización de espectáculos públicos. El día de las elecciones, los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) deben hacerse presentes a las 5:30 a. m. y comprobar que se disponga de todo el material necesario, el cual es entregado dentro de una "maleta electoral". El periodo de votación comienza a las 7 a. m. y concluye a las 5 p. m., permitiéndose votar a los ciudadanos que se encuentren haciendo fila. También se disponen JRV en algunas ciudades del extranjero, abiertas entre 7 a. m. y 5 p. m. de la hora local, y sólo con papeletas del nivel presidencial. Los miembros de la JRV pueden decidir concluir el tiempo de votación hasta las 6 p. m. si por alguna razón no se inició a la hora señalada. Dicha decisión debe ser unánime, mientras que las demás decisiones se toman por mayoría simple.

Están capacitados para votar todos los ciudadanos que hayan cumplido 18 años de edad. No podrán ejercer el sufragio quienes se presenten en estado de ebriedad, bajo los efectos de alguna droga, portando armas o con insignias que demuestren su afiliación política. El proceso para ejercer el sufragio es el siguiente:

  • El ciudadano se hace presente en la JRV correspondiente.
  • Entrega su Documento Nacional de Identidad (DNI) para su cotejo con el cuaderno electoral, donde aparecen los datos de todos los ciudadanos que pueden ejercer el sufragio en esa JRV. El DNI es retenido temporalmente.
  • Muestra sus dedos para verificarse que ninguo esté manchado con tinta indeleble.
  • Recibe las papeletas de los tres niveles electivos, firmadas en el momento por el presidente y el secretario de la JRV.
  • Se dirige al lugar privado asignado para votar y hace una marca en el nivel presidencial y el de alcalde, y una cantidad máxima de marcas en el nivel parlamentario, dependiendo del departamento.
  • Dobla las papeletas de manera que su contenido quede oculto y las presenta de nuevo a la JRV.
  • Se les estampa el sello de "ratificado" y se le devuelven al elector.
  • Este deposita cada papeleta en la urna correspondiente y regresa a la JRV.
  • Firma o deja su huella dactilar en el cuaderno de votación, en el espacio correspondiente a sus datos.
  • Extiende su mano para que le coloquen tinta indeleble, normalmente en el dedo meñique.
  • Se le devuelve su DNI y abandona el recinto.

Si la persona se niega a dejarse manchar el dedo es detenida por las fuerzas de seguridad y la JRV lo reporta y retiene su DNI.

Al finalizar el tiempo de votación, los miembros de la JRV pasan a ejercer el sufragio. Luego, se cuentan y marcan las papeletas sobrantes, y se abren las urnas para el conteo de los votos en presencia de todos los miembros de la JRV y de observadores casuales o acreditados. Las mismas se abren en el orden siguiente: presidente, diputados al Congreso Nacional y miembros de la Corporación Municipal. Las marcas obscenas son un motivo para la nulidad del voto. Tras el conteo en cada nivel electivo, se verifica que la cantidad de votantes coincida con la del cuaderno electoral y se llena un 'acta de cierre' para ese nivel. Las actas contienen un resumen del conteo de votos y de las papeletas sobrantes; y es entregada una copia de cada acta a cada miembro de la JRV. Tras el conteo en el nivel presidencial, el pleno de la JRV debe transmitir el acta resultante al sistema del CNE mediante los procedimientos establecidos por ese ente electoral, en lo que se conoce como el sistema TREP (Transmisión de Resultados Electorales Preliminares). Se guardan las actas en un sobre de seguridad, que irá sellado a la maleta electoral, donde además se guarda nuevamente todo el material electoral para su transporte a las instalaciones del CNE.[7]​ Tres horas después del cierre oficial de las urnas, el CNE debe dar a conocer los resultados del TREP.

Escrutinio general y resultados

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El escrutinio general consiste en "el análisis, verificación y suma de los resultados contenidos en el acta de cierre de cada Junta Receptora de Votos" (art. 283 de la Ley Electoral). En caso de empate en un nivel electivo, se hará un reconteo total de votos en ese nivel. De persistir el empate, se repetirá la elección en ese nivel dentro de los 20 días posteriores a la declaratoria de empate. Posterior al día de las elecciones, el CNE tiene un plazo de 30 días para emitir una declaratoria oficial de resultados.[n 2]

El CNE puede hacer un recuento especial de una urna, a petición o de oficio, si:

  • No existe coincidencia entre las papeletas emitidas y la cantidad de votos consignada en un acta.
  • Si ha habido error en la contabilización de votos.
  • Si la cantidad de ciudadanos que firmaron el cuaderno no coincide con la cantidad de votos en el acta.

En caso de realizarse una petición de recuento, el CNE la admitirá si las pruebas presentadas sustentan "un indicio racional de error o abuso cometido". El recuento de votos será hecho por Juntas Especiales de Recuento y Verificación (JERV), integradas de la misma forma que las JRV. Las JERV harán una nueva acta de cierre solo si los resultados de su reconteo no coinciden con los del acta hecha por la JRV, caso contrario, validarán el acta de la JRV. El acta de la JERV es definitiva: no admite más recurso de reconteo.

Se pude pedir la nulidad del conteo hecho por una JRV o la nulidad de otras de sus acciones si la JRV no actuó basándose en ley. En caso de nulidad, la elección se repetirá en esas JRV en los 10 días posteriores a la declaratoria de nulidad. En caso de una vacancia entre el periodo de elecciones y el de la declaratoria oficial, los candidatos titulares serán reemplazados por sus compañeros de fórmula: el presidente por uno de los designados elegido por el partido político, el alcalde por el vicealcalde, y el diputado por su suplente. Mientras que para los demás candidatos el partido político escogerá al reemplazo.

Historia y evolución del proceso

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Primeras elecciones (Independencia centroamericana)

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La primera elección con "sufragio popular" se realizó en Honduras el 10 de marzo de 1822, tras la declaración de independencia de Centroamérica de la Monarquía Española y su anexión al Imperio Mexicano. En esta se escogieron los diputados que irían por Centroamérica al Congreso Federal Mexicano. La forma del sufragio fue el ‘voto público’ ante un escrutador nombrado, algo común en la época. Se escogieron 4 representantes de Comayagua y 3 de Tegucigalpa.

El segundo evento electoral en Honduras fue el 10 de mayo de 1823, para elegir los diputados que irían por Honduras a la Asamblea Constituyente Centroamericana en Ciudad de Guatemala, conforme a lo establecido por el Acta del 15 de septiembre. De esta asamblea surgió la Declaración de Independencia absoluta de Centroamérica que creó la Federación Centroamericana el 1 de julio de 1823. Se habían escogido 11 representantes de Honduras, pero solo estuvo presente uno en la Asamblea; los demás arribaron en septiembre y ratificaron la acción el 1 de octubre.

En mayo de 1824, la Asamblea Centroamericana ordenó a cada Estado federado conformar una Asamblea y escoger a los jefes de Estado —para un periodo de 4 años según la Constitución Federal—, estableciendo que la Asamblea del Estado de Honduras debía conformarse de 11 diputados. Dicha Asamblea Constituyente se conformó el 29 de agosto de 1824. Se realizaron elecciones y se escrutaron los votos el 16 de septiembre de 1824, pero como ningún candidato alcanzó la mayoría de votos, por ley federal la Asamblea pasó a nombrar a los funcionarios, escogiendo a Dionisio de Herrera como primer 'jefe supremo de Estado', a José Justo Milla como vicejefe y a Francisco Morazán como secretario general.

Con la promulgación de la primera constitución de Honduras, en abril de 1826 la Asamblea llamó a nuevas elecciones para jefe de Estado, declarando a Herrera jefe de Estado provisional. Herrera fue sacado del poder en mayo de 1827 por José Justo Milla, quien llamó a elecciones para una Asamblea Constituyente, la cual escogió a José Jerónimo Zelaya Fiallos como jefe de Estado el 13 de septiembre.

En julio de 1830, el entonces jefe de Estado, Francisco Morazán, renuncia al ser electo jefe de la Federación, por lo que se hacen elecciones bajo el mandato provisional de José Santos Díaz del Valle. Al no haber mayoría de votos para ningún candidato, la Asamblea escogió a Joaquín Rivera, quien no aceptó por no haber ganado la mayoría del voto popular, así que la Asamblea nombró a José Antonio Márquez como jefe de Estado.

A un año de mandato, Márquez depositó la presidencia en José Francisco Milla Guevara, quien llamó a elecciones, siendo declarado electo como jefe de Estado Joaquín Rivera el 31 de diciembre de 1832, y como vicejefe el coronel Francisco Ferrera. Iniciado su mandato, se adoptó el voto popular directo para escoger a los funcionarios.

Al terminar su mandato y no haberse realizado elecciones, Rivera deposita la jefatura en José María Martínez Salinas; se realizan elecciones y el 28 de mayo de 1837 es electo Justo José Herrera, quien toma posesión ese mismo día.

Constitución de 1839

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Con la constitución de 1839 el periodo de mandato pasa a ser de dos años, con posibilidad a una reelección, y los gobernantes pasan a ostentar el título de presidente.

Se elige como presidente provisional a José Francisco Zelaya y Ayes y la Asamblea llama a elecciones mediante decreto del 6 de junio de 1840. El 30 de diciembre la Cámara se reunió para el escrutinio de 3,400 votos, y al no existir mayoría de votos para ningún candidato, escogió por unanimidad a Francisco Ferrera como presidente.

Al terminar su mandato, Ferrera fue reelecto por la Cámara mediante decreto del 23 de febrero de 1843, y al terminar su segundo mandato y no realizarse elecciones, el Congreso escogió como presidente a Coronado Chávez el 8 de enero de 1845.

Al terminar el periodo de Chávez, se realizan elecciones y la Asamblea escruta los votos el 13 de enero de 1847; al no haber mayoría escoge nuevamente a Francisco Ferrera, pero este se rehúsa y propone a Juan Lindo, quien finalmente toma el cargo de presidente.

Constitución de 1848

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Durante el mandato de Juan Lindo se promulga la constitución de 1848, permitiéndose la reelección. La Asamblea escoge a Lindo como presidente provisional y llama a elecciones, en las cuales Lindo es reelegido.

Al finalizar su segundo periodo en 1852, se realizan elecciones y se escrutan los votos en febrero de 1852; al no ganar la mayoría de votos ningún candidato, la Asamblea escoge a José Trinidad Cabañas.

Cabañas es depuesto por un golpe de estado en 1855 y lo suceden presidentes provisionales, hasta que se realizan elecciones durante el mandato de Francisco de Aguilar y se escrutan los votos el 14 de febrero de 1856. Nadie logra la mayoría, de modo que la Asamblea escoge a José Santos Guardiola Bustillo.

Guardiola se postuló para la reelección y ganó con 20,531 del total de 22,873 votos que fueron escrutados por la Asamblea en febrero de 1860, convirtiéndose en el primer presidente en ser electo mediante la mayoría del voto popular.

Guardiola es asesinado en enero de 1862 y su sucesor legal depuesto por golpe de Estado por José María Medina en 1863. Ese año Medina deposita la presidencia en Francisco Inestroza para que realice elecciones, cuyos votos fueron escrutados el 15 de febrero de 1864. Medina gana la mayoría de votos y toma posesión el 15 de febrero de 1864, cuando hubiese concluido el periodo de Guardiola.

Constitución de 1865

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Medina abogó por la promulgación de la nueva constitución de 1865, con la cual el tamaño de los distritos electorales se redujo a 10,000 personas por distrito. Medina es nombrado presidente provisional por la Asamblea Constituyente y llama a elecciones para el 1 de diciembre de 1865. Los votos son escrutados en enero de 1866, ganando Medina el voto popular y siendo nombrado presidente para el periodo de febrero de 1866 a febrero de 1870.

En 1869 Medina modifica la constitución para permitir la reelección continua y luego es declarado presidente para otro periodo sin haberse realizado elecciones. Ante las protestas de la oposición, se practicaron elecciones y Medina obtuvo 10,649 votos a favor y 542 en contra, según el conteo de votos de agosto de 1869.

Medina es depuesto por Céleo Arias, y este por Ponciano Leiva Madrid, quien realizó elecciones y ganó el voto popular, tomando posesión en febrero de 1875. Debido a conflictos nacionales, a Leiva le sucedieron presidentes provisionales, entre ellos Marco Aurelio Soto, quien llamó a elecciones el 22 de abril de 1877 y fue declarado ganador con 16 603 votos del total de 20 635. Durante su mandato se promulgaría la constitución de 1880.

Constitución de 1880

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Elecciones de 1881: Las ganó el liberal Marco Aurelio Soto con 24,521 votos (90 %).

Elecciones de 1883: Tras renunciar Soto, se llaman a elecciones y las gana el conservador Luis Bográn, con 40,958 votos (70 %).

Elecciones de 1887: Bográn es reelecto con 38,394 votos (86 %).

Elecciones generales de 1891: En estas participaron los primeros partidos políticos creados en Honduras: el Partido Liberal de Honduras (PLH) y el Partido Progresista de Honduras. Este último ganó los comicios bajo la figura de Ponciano Leiva, que obtuvo 34,362 votos (69 %).

Elecciones de 1893: Tras la renuncia de Leiva, asume el poder Domingo Vásquez Toruño, bajo cuyo régimen autoritario se realizaron elecciones con él como candidato único. Vásquez obtuvo 37,141 votos (70 %).

Constitución de 1894

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Domingo Vásquez fue depuesto por Policarpo Bonilla, quien promulgó en octubre la constitución de 1894.

Elecciones de 1894: gana Bonilla con 42,667 votos (99 %), siendo candidato único y volviendo "constitucional" su mandato de facto.

Elecciones de 1898: nuevamente gana un candidato único impuesto por Bonilla, el liberal Terencio Sierra, con 36,796 votos (83 %).

Elecciones de 1902: Las gana Manuel Bonilla con 28,550 votos (49 %), del recién fundado Partido Nacional de Honduras (PNH). Su principal adversario fue Juan Ángel Arias (43 %), del Partido Liberal de Honduras (PLH). Las elecciones estuvieron llenas de irregularidades y sus resultados no fueron reconocidos por el Congreso hasta que Bonilla toma el poder mediante un golpe de Estado el 13 de abril de 1903.

Elecciones parlamentarias de 1903: realizadas en octubre bajo el mandato de Manuel Bonilla.

Elecciones de 1908: Hechas durante el gobierno provisional de Miguel Rafael Dávila Cuéllar y en las cuales resulta ganador.

Elecciones de 1911: Hechas durante la presidencia provisional de Francisco Bertrand Barahona, colocado allí por influencia de Manuel Bonilla, quien gana las elecciones como candidato único.

Elecciones de 1915: Siendo presidente Francisco Bertrand Barahona, este renuncia para evitar la prohibición de reelección y participar como candidato único. Votan 77,832 personas, prácticamente todas por Bertrand.

Elecciones de 1919: Siendo gobernante el general Rafael López Gutiérrez, llama a elecciones y resulta ganador con 79,068 votos (81 %).

Elecciones para autoridades locales de 1922: hubo intervención del gobierno, generando malestar en los círculos políticos.

Elecciones parlamentarias de 1922: realizadas en octubre.

Elecciones de 1923: Gana el nacionalista Tiburcio Carias Andino con 49,953 votos (47 %), derrotando a Policarpo Bonilla (33 %) del Partido Liberal Constitucionalista y a Juan Ángel Arias Boquín (19 %) del Partido Liberal. Como ningún candidato gana la mayoría absoluta, le toca al Congreso escoger un ganador, pero los opositores a Carías evitan que esto suceda. Al concluir el periodo de mandato del presidente López Gutiérrez sin un sucesor, este asume todos los poderes de Estado.[n 3]

Constitución de 1924

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Un gobierno provisional promulga la Constitución de 1924.

Elecciones presidenciales de 1924: El Partido Liberal no propone a ningún candidato, por lo que el candidato nacionalista Miguel Paz Barahona gana prácticamente por unanimidad con 72 021 votos.

Elecciones municipales de 1927: Llevadas a cabo en abril para escoger a las autoridades municipales para un periodo de un año, sin posibilidad a reelegirse continuamente. El Partido Nacional gana el 68 % de las 232 municipalidades.

Elecciones presidenciales de 1928: El candidato liberal Vicente Mejía Colindres obtiene 62 319 votos (57 %), venciendo al nacionalista Tiburcio Carias Andino (42 %) en las consideradas como las primeras elecciones pacíficas ganadas contra el oficialismo.[8]

Elecciones parlamentarias de 1930: Celebradas en octubre para renovar a la mitad de los diputados del Congreso. El Partido Nacional y el Liberal quedan empatados, por lo cual hacen un pacto.

Elecciones municipales de 1931: Celebradas en noviembre, el Partido Nacional gana 223 de las 267 municipalidades, incluyendo Tegucigalpa, Comayagua, San Pedro Sula y todos los puertos. En Trujillo gana la fórmula liberal, por lo cual en noviembre los nacionalistas lograron que en ese lugar se anulen los resultados y se repita la elección en febrero de 1932, obteniendo los mismos resultados.[9]

Elecciones presidenciales de 1932: Las gana el nacionalista Tiburcio Carías Andino con 80 512 votos. Los liberales no aceptan los resultados y hay un levantamiento que generó muertes y destrucción.

Elecciones municipales de 1933: Celebradas el 26 de noviembre. Los nacionalistas ganan el 69 % de las municipalidades, incluyendo Tegucigalpa; mientras que los liberales triunfan en San Pedro Sula, El Progreso, Tela, La Ceiba, Comayagua y Comayagüela.

Elecciones parlamentarias de 1934: Celebradas en noviembre. el PNH gana 55 curules y el PLH 4.

Elecciones municipales de 1935: Celebradas en noviembre.

Elecciones constituyentes de 1936: El 6 de enero el Congreso llama a elecciones para la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente. Estas fueron celebradas el 26 del mismo mes; el Partido Nacional obtuvo 132 948 votos y el Partido Liberal 46. La Asamblea promulgó la constitución de 1936, que perpetró a Tiburcio Carías Andino en el poder.

Constitución de 1936

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Elecciones municipales de 1936: Celebradas el 29 de noviembre. Los resultados fueron: candidatos cariístas: 105 440 votos, callejistas: 7509 y liberales: 2188.

Elecciones municipales de 1943: Celebradas en noviembre bajo el control del Partido Nacional, el cual obtuvo un total de 88 725 votos, contra 1228 votos del Partido Liberal, de modo que todos los ganadores fueron nacionalistas.

Elecciones municipales de 1945: Los nacionalistas recibieron un total de 77 226 votos de las 85 036 personas que participaron.

Elecciones presidenciales de 1948: Celebradas en octubre. El candidato liberal José Ángel Zúñiga Huete se retira de la elección, por lo que inevitablemente gana el nacionalista Juan Manuel Gálvez con el 80 % de los votos.

Elecciones municipales de 1950: Celebradas en octubre. Fueron elecciones libres. El Partido Nacional ganó todas las municipalidades, menos una, obteniendo un total de 77 593 votos, mientras que el Partido Liberal obtuvo 8103 votos y ganó Nacaome.

Elecciones presidenciales de 1954: Celebradas en octubre, fueron elecciones inusuales. El ganador es el liberal Ramón Villeda Morales con 121 213 votos (48 %), derrotando al nacionalista Tiburcio Carías Andino (30 %) y a Abraham Williams Calderón (21 %) del Movimiento Nacional Reformista. Como Villeda no obtuvo la mayoría absoluta, al igual que en la elección de 1923, la decisión recae en el Congreso; pero los nacionalistas evitan que el Congreso elija un ganador, por lo que el presidente Julio Lozano Díaz disuelve al Congreso y se vuelve dictador.

Elecciones constituyentes de 1956: Celebradas el 7 de octubre. Fueron convocadas y amañadas por Lozano para formar una Asamblea Nacional Constituyente. Estas fueron las primeras elecciones en las que participaron mujeres, luego de obtener el derecho al voto el 24 de enero de 1955. Sus resultados fueron: 370 318 votos (89.4 %) al Partido Unión Nacional, creado por Lozano, 41 724 votos (41.1 %) al Partido Liberal y 2003 (0.5 %) al Partido Nacional, quien fue llamado por Carías a no votar. Ningún candidato opositor al gobierno ganó y fueron elegidas 3 mujeres. La Asamblea de 56 diputados propietarios y 56 suplentes no se instaló por un golpe de Estado en 1956.

Elecciones constituyentes de 1957: Convocadas por la gobernante Junta Militar y realizadas el 22 de septiembre. Fueron elecciones ordenadas y honestas. 522 359 personas se registraron para votar, incluyendo 213 065 mujeres y 313 373 analfabetas. El Partido Liberal obtuvo 36 (el 62 %) de los 58 escaños, con 209 109 votos; el Partido Nacional 101 274 votos y el Movimiento Nacional Reformista 29 487. 3 escaños fueron ganados por mujeres. La Asamblea escogió a Ramón Villeda Morales como presidente y promulgó una nueva constitución.

Constitución de 1957

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Elecciones municipales de 1962: Celebradas en noviembre. El Partido liberal ganó más del 70 % de las 278 municipalidades, ganado casi todas las de los departamentos de Cortés, Atlántida, Yoro, y Colón; y 14 de las 18 capitales departamentales, incluyendo San Pedro Sula. Los nacionalistas alegaron acciones fraudulentas, como la votación ilegal por parte de salvadoreños exiliados.

El 13 de octubre de 1963 se celebrarían elecciones presidenciales, pero 10 días antes ocurrió un golpe de Estado contra el presidente Villeda Morales.

Elecciones constituyentes de 1965: celebradas el 16 de febrero. Fueron convocadas por el presidente de facto Oswaldo López Arellano y dirigidas por el líder del Partido Nacional Ricardo Zúñiga Augustinas. Fueron elecciones muy violentas y fraudulentas, con ataques e intimidación a los posibles votantes disidentes por parte de activistas nacionalistas y fuerzas de seguridad. Contaron con la observación de la OEA. Los nacionalistas ganaron 35 de los 65 escaños, con 328 412 votos, mientras que los liberales 29 escaños con 267 808 votos. Los opositores convocaron a una Comité Cívico Nacional para detener la elección por parte de la Asamblea, pero no lo lograron y ésta eligió a López Arellano presidente.

Elecciones municipales de 1968: Celebradas el 31 de marzo. El presidente del Tribunal Electoral Martín Pérez le había pedido al Coronel Andrés Ramírez Ortega detener la violencia, lo cual no sucedió, y hubo coerción y presencia de personas armadas; aunque en la zona norte el general Juan Alberto Mélgar Castro trató de frenar los abusos de los nacionalistas. El Partido Nacional obtuvo 246 y el Partido Liberal 35 de las 281 municipalidades. En estas participó por primera vez el Partido Demócrata Cristiano, fundado en 1968. Los observadores de la embajada estadounidense reportaron una cantidad considerable de acciones fraudulentas. Las elecciones generaron descontento en la población y hubo demandas de que las elecciones fueran anuladas.

Elecciones de 1971: Celebradas en marzo. Fueron las primeras elecciones desde 1932 en las que el vencedor fue escogido por la mayoría del voto popular. El ganador fue el nacionalista Ramón Ernesto Cruz con 306 028 votos. Los partidos de izquierda fueron llamados a no votar, por lo que las elecciones registraron un abstencionismo del 32 %.

Elecciones constituyentes de 1980: Luego de 3 golpes de Estado, el gobernante de facto Policarpo Paz García hace elecciones para una Asamblea Nacional Constituyente el 20 de abril. Participó alrededor del 80 % del electorado y fueron limpias y honestas. Los resultados fueron: Partido Liberal de Honduras: 35 escaños, Partido Nacional de Honduras: 33 y Partido Innovación y Unidad: 3.

Era democrática (1982-actualidad)

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La actual era democrática del país centroamericano comienza con el llamado a elecciones por parte del mandatario Policarpo Paz García en 1981. En las mismas participaron los antiguos partidos políticos: el Partido Nacional de Honduras (PNH) y el Partido Liberal de Honduras (PLH), así como los recientemente fundados Partido Innovación y Unidad (PINU) y Partido Demócrata Cristiano (DC). La elección de los diputados al Congreso no era directa, sino que estos eran escogidos según el porcentaje de votos que obtenía el candidato presidencial de su partido.[10]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Roberto Suazo Córdova PLH 786 594 51.02 44
Ricardo Zúñiga PNH 701 406 45.49 34
Miguel Andonie Fernández PINU 30 173 1.96 3
Hernán Corrales Padilla DC 23 705 1.54 1

La crisis institucional generada durante el mandato de Roberto Suazo Córdova dividió al gobernante Partido Liberal, así como al opositor Partido Nacional, quienes no pudieron ponerse de acuerdo para escoger a un candidato oficial en sus respectivos partidos. La crisis concluyó con la firma de un acta donde todos los candidatos se comprometieron a participar en las elecciones generales y a escoger como ganador a quien obtuviera la mayoría de votos dentro del partido político que a su vez obtuviera la mayoría de votos totales. Es mediante esta "Opción B" que participaron en las elecciones generales de 1985 cuatro candidatos por el Partido Liberal, tres por el Partido Nacional, uno del PINU y uno de la DC.[11]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
José Azcona del Hoyo PLH 786 594 51 67
Rafael Leonardo Callejas PNH 701 406 45.5 63
Hernán Corrales Padilla DC 30 173 2 2
Antonio Enrique Aguilar Cerrato PINU 23 705 1.5 2

Durante el gobierno de José Azcona del Hoyo y como consecuencia de la crisis del gobierno anterior, se aprobó el 5 de junio de 1985 la Ley Especial Relativa a las Elecciones Internas Directas y Generales de Autoridades Supremas y Municipales, mediante la cual quedaron institucionalizadas las "elecciones primarias". El Partido Liberal fue el primero en celebrar elecciones primarias en 1988, mientras que el PNH escogió a un único candidato.[11]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Rafael Leonardo Callejas PNH 917 168 52.02 71
Carlos Flores Facussé PLH 776 983 44.3 56
Antonio Enrique Aguilar Cerrato PINU 33 952 1.9 0
Efraín Aníbal Díaz Arrivillaga DC 25 453 1.5 1

Para estas elecciones se declaró vía decreto como partido político al movimiento Unificación Democrática (UD) —que era la fusión de 4 partidos políticos izquierdistas clandestinos—, quedando legalmente capacitado para participar en las elecciones.[12]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Carlos Roberto Reina PLH 906 793 53 71
José Oswaldo Ramos Soto PNH 735 123 43 55
Olban Valladares PINU 48 471 2.8 2
Marco Orlando Iriarte DC 20 350 1 0

En ellas participó la primera candidata presidencial mujer, Nora Gúnera de Melgar, del Partido Nacional.

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Carlos Flores Facussé PLH 1 040 403 52.65 67
Nora Gúnera de Melgar PNH 844 985 42.76 55
Olban Valladares PINU 41 605 2.11 3
Arturo Corrales Álvarez DC 24 737 1.25 2
Matías Fúnez Valladares UD 24 243 1.23 1

El Tribunal Nacional de Elecciones (TNE), controlado por el gobernante Partido Liberal, se negó a inscribir al precandidato nacionalista Ricardo Maduro, aduciendo que este no era hondureño de nacimiento; esto a pesar del dictamen conjunto de dos expertos juristas y del dictamen del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de que Maduro sí era hondureño de nacimiento. Maduro cedió temporalmente su precandidatura a Luis Cosenza, quien ganó el proceso electoral primario. Luego, mediante un acuerdo político, el Congreso Nacional sentenció que Ricardo Maduro era legalmente hondureño de nacimiento, por lo cual pasó a sustituir a Cosenza como candidato presidencial oficial.[13][14]

Desde estas elecciones se comenzó a implementar el voto directo a los candidatos a diputados, tanto en las primarias, como en las generales,[10]​ por lo cual por primera vez el candidato ganador no obtuvo la mayoría de diputados del Congreso.[13]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Ricardo Maduro PNH 1 137 734 52.21 61
Rafael Pineda Ponce PLH 964 590 44.26 55
Olban Valladares PINU 31 666 1.45 3
Matías Fúnez Valladares UD 24 102 1.11 5
Marco Orlando Iriarte DC 0.97 4 1

El 15 de mayo de 2004 entró en vigencia la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, por la cual el ente electoral pasó a llamarse Tribunal Supremo Electoral (TSE), y bajo la cual se dispusieron centros de votación en 5 ciudades estadounidenses en las elecciones generales. La ley también dispuso que las elecciones internas debían realizarse el tercer domingo del mes de noviembre del año anterior a las elecciones generales.[15]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Manuel Zelaya PLH 999 006 49.9 62
Porfirio Lobo PNH 964 590 46.17 55
Juan Ángel Almendares UD 27 802 1.51 4
Juan Ramón Martínez DC 25 808 1.4 5
Carlos Sosa Coello PINU 18 764 1.02 2

Los comicios generales se realizaron en medio de la crisis política surgida tras el golpe de Estado de 2009 al presidente Manuel Zelaya.[16]​ Las mismas se plantearon por algunos países como una salida a la crisis. Se realizaron con normalidad y contaron con el reconocimiento de países como Estados Unidos, Canadá, Panamá, Costa Rica y Perú, y el rechazo de países como Venezuela y Brasil. Los seguidores zelayistas, aglutinados en el Frente Nacional de Resistencia Popular lucharon por el boicoteo pacífico de las elecciones, mientras que Zelaya, por su parte, instó internacionalmente porque fueran declaradas ilegítimas.[17][18]

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Porfirio Lobo PNH 1 213 695 56.56 71
Elvin Santos PLH 817 524 38.09 45
Bernard Martinez PINU-SD 39 960 1.86 3
Felicito Ávila DC 38 413 1.79 5
César Ham UD 36 420 1.7 4

Estas contaron con la participación inédita de cuatro nuevo partido políticos: el Partido Anticorrupción (PAC), el Frente Amplio Político Electoral en Resistencia (FAPER), el Partido Alianza Patriótica Hondureña y el Partido Libertad y Refundación (LIBRE), fundado por el depuesto presidente Zelaya y postulando a su esposa, Xiomara Castro para la presidencia.[19]

En estas elecciones se rompió con el tradicional bipartidismo del PNH y el PLH, el cual quedó fracturado tras las crisis política y fue relegado al tercer lugar en el nivel presidencial y parlamentario, detrás del Partido Libre.

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Juan Orlando Hernández PNH 1 149 302 36.89 48
Xiomara Castro de Zelaya Libre 896 498 28.78 37
Mauricio Villeda PLH 632 320 20.3 27
Salvador Nasralla PAC 418 443 13.43 13
Orle Solís DC 5194 0.17 1
Jorge Aguilar Paredes PINU 4468 0.14 1
Otros 10 223 0.3 0

Para estas elecciones se legalizaron las "candidaturas por consenso"[20]​ y se permitió la reelección a nivel presidencial por un polémico fallo de la Corte Suprema en 2015, con lo cual el presidente Juan Orlando Hernández participó como candidato presidencial. También se aprobó la Ley de Política Limpia[21]​ y una reforma a la Ley Electoral por la cual las elecciones internas pasaron a celebrarse el segundo domingo de marzo del mismo año que las generales. Las elecciones contaron con la participación del recién creado Partido Va Movimiento Solidario (Vamos).

Las elecciones fueron cuestionadas en su transparencia y justicia por observadores internacionales y opositores,[22]​ propiciando una crisis poselectoral. Ni la Alianza de Oposición ni el PLH reconocieron los resultados, declarando ambos como ganador a Salvador Nasralla. El presidente Hernández fue declarado como ganador oficial, siendo el primer presidente reelecto en la era democrática.

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Juan Orlando Hernández PNH 1 410 888 42.95 61
Salvador Nasralla Alianza
Libre-PINU
1 360 442 41.42 Libre: 30
PINU: 4
Luis Zelaya PLH 484 187 14.74 26
Romeo Vásquez Velásquez AP 6517 0.2 4
Marlene Alvarenga PAC 5983 0.18 1
Lucas Aguilera DC 5900 0.18 1
Alfonso Díaz Narváez UD 4633 0.14 1
Otros 6154 0.19 0

Se crearon el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral: el primero para realizar los procesos electorales y el segundo para juzgar la legalidad en los mismos. Se aprobó además, en 2021, una nueva Ley Electoral.

Se crearon 3 nuevos partidos políticos: Partido Nueva Ruta (PNR), Partido Salvador de Honduras (PSH), Partido Todos Somos Honduras (TSH) y Partido Liberación Democrático de Honduras (LIDEHR). La alianza de hecho entre Libre, PSH, el PINU-SD y otras fuerzas políticas, postularon a Xiomara Castro para la presidencia de la República.

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Xiomara Castro Libre 1 716 793 51.12 50
Nasry Asfura PNH 1 240 260 36.93 44
Yani Rosenthal PLH 335 762 10.00 22
Carlos Mauricio Portillo DC 7103 0.21 1
Julio César López Casaca PAC 4181 0.12 1
Otros 53 954 1.61 0

Nueve partidos políticos no participaron en la elección, unos por haberse cancelado su personería jurídica y otros por no reunir los requisitos mínimos legales. Hubo múltiples denuncias de boicot y fraude electoral desde antes del día de elecciones. Debido al sabotaje durante el proceso de reconteo especial, la declaratoria oficial se dio sin haberse contado el 100 % de los votos.

Resultados
Candidato Partido Votos % Diputados
Nasry Asfura PNH
Salvador Nasralla PLH
Rixi Moncada Libre
Nelson Ávila PINU
Mario Rivera DC

Véase también

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Referencias

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  1. Tatiana Paz (26 de noviembre de 2013). «27,000 se disputan 2,988 cargos de elección de Honduras». La Prensa. Consultado el 21 de junio de 2018. 
  2. «Honduras elegirá un presidente, 128 diputados y 298 alcaldes». El Heraldo. 24 de noviembre de 2017. Consultado el 26 de junio de 2018. 
  3. Ramírez Irías, Lester; Jérez Moreno, Rafael (Junio de 2021). «Diez puntos clave que debe saber de la nueva Ley Electoral de Honduras». Asociación para una Sociedad más Justa. Consultado el 28 de diciembre de 2025. 
  4. «Honduras da un salto con la ley de política limpia». El Heraldo. 18 de enero de 2017. Consultado el 2 de enero de 2026. 
  5. a b Álvaro René Mejía (14 de agosto de 2017). «Cinco puntos que debe de saber sobre la Ley de Política Limpia en Honduras». El Heraldo (Honduras). Consultado el 29 de junio de 2018. 
  6. «Prohibido para funcionarios la inauguración de obras públicas previo a elecciones». Hondudiario. 29 de septiembre de 2021. Consultado el 2 de enero de 2026. 
  7. Instructivo para Mesas Electorales Receptoras de 2017. Consultado el 26 de junio de 2018.
  8. Bulmer-Thomas 1991, p. 195.
  9. Contreras 2000, p. 28-29.
  10. a b «¿Cómo se eligen a los diputados al Congreso Nacional?». El Pulso. 25 de noviembre de 2017. Consultado el 22 de junio de 2018. 
  11. a b Faustino Ordóñez Baca. «Las elecciones primarias en Honduras desde 1985». El Heraldo. Consultado el 22 de junio de 2018. 
  12. Latin American Elections Statistics. Universidad de San Diego. Martínez, 1999, página 145.
  13. a b Leticia Salomón (2002). «Honduras: elecciones 2001». Anuario Social y Político de América Latina y el Caribe Nro. 5. Caracas: Nueva Sociedad. pp. 29-32. Archivado desde el original el 6 de julio de 2010. Consultado el 22 de junio de 2018. 
  14. Fernández Rozas, José Carlos; Arroyo Montero, Rafael (2001). «La controvertida nacionalidad de Ricardo Maduro Joest, candidato a la presidencia de la República de Honduras». Anuario Español de Derecho Internacional Privado, I: 505-567. Archivado desde el original el 27 de junio de 2018. Consultado el 26 de junio de 2018. 
  15. Ley electoral y de las Organizaciones Políticas Archivado el 26 de junio de 2018 en Wayback Machine. (desactualizada). poderjudicial.gob.hn. Consultado el 21 de junio de 2018.
  16. «Cronología de la crisis hondureña». BBC. 10 de diciembre de 2009. Consultado el 23 de junio de 2018. 
  17. Francisco Peregil (1 de septiembre de 2009). «Zelaya busca frenar reconocimiento de elecciones en Honduras». Reuters. Archivado desde el original el 26 de junio de 2018. Consultado el 23 de junio de 2018. 
  18. «Porfirio Lobo gana las elecciones de Honduras». El País. 30 de noviembre de 2009. Consultado el 23 de junio de 2018. 
  19. «Candidaturas por consenso no son válidas: TSE». La Prensa. 24 de agosto de 2016. Consultado el 24 de junio de 2018. 
  20. «Congreso Nacional aprueba candidaturas por consenso/». La Tribuna. 2 de noviembre de 2016. Archivado desde el original el 27 de junio de 2018. Consultado el 24 de junio de 2018. 
  21. «Aplicación de Ley de Política Limpia, otra novedad en elecciones de Honduras». El Nuevo Diario (Nicaragua) (Tegucigalpa, Honduras). 24 de noviembre de 2017. Archivado desde el original el 30 de diciembre de 2017. Consultado el 30 de diciembre de 2017. 
  22. Buró de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, del Departamento de Estado de los Estados Unidos (20 de abril de 2018). Country Reports on Human Rights Practices for 2017 — Honduras [Reportes de País sobre las Prácticas de Derechos Humanos para 2017 — Honduras] (en inglés). p. 1. Consultado el 15 de mayo de 2018. 

Bibliografía

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Enlaces externos

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