Discusión:Universi Dominici Gregis

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Este artículo no está actualizado. El Papa Benedicto XVI en fecha 11 de junio 2007 con el motu proprio “de aliquibus mutationibus in normis de electione Romani Pontificis” abolió la cláusula del artículo 75 de la UDG que establecía la suficiencia de la mayoría absoluta de los votos si, después de la trigesima segunda o trigesima tercera votación (todo depende si el primer día se vota,) no surgiera un claro vencedor con los 2/3 de los votos. En efecto, Juan Pablo II mandaba que después de de la mencionada 32º o 33º votación sin un ganador con los 2/3 de los sufragios, se procediera a votar a los dos candidatos más votados hasta que uno de ellos obtuviera la mayoría absoluta (50% más 1) y no ya los dos tercios de los votos para ser elegido Romano Pontífice. Benedicto XVI, conservó casi todo pero, como él mismo dice en la nota (motu proprio), a pedido de no pocas autoridades insígnes, después de escuchar el consejo de varios présules y para garantizar el más amplio consenso posible en el nombramiento del nuevo Papa, decretó que después de la 32º o 33º votación sin que sea electo el Pontífice, se observará un día de reflexión, oración y diálogo y luego se procederá a elegir entre los dos candidatos más votados requiriéndose, para la validez de la elección, los tradicionales dos tercios de los votos escrutados y, entre los electores, quién tuviera voz pasiva carece de voz activa. --151.29.181.62 (discusión) 14:45 19 oct 2011 (UTC) Roberto Jokanovic, 19 octubre 2011[responder]