Discusión:Desaparecidos durante el franquismo

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Sobre carteles[editar]

El editor del articulo no puede quitar el cartel de fuente primaria, lo tendra que hacer o bien quien lo puso u otra persona que cuente con la confianza de la comunidad, por cierto, los blog no se utilizan como referencias Luis1970 (discusión) 22:16 17 ago 2009 (UTC)[responder]

Repito, en primer lugar no retire unilateralmente los carteles, sin previamente consensuarlo con el editor que lo puso, en segundo, no esta permitido añadir blog como referencias, por lo que cada vez que lo añada sera eliminado por no ser referencia Luis1970 (discusión) 17:30 18 ago 2009 (UTC)[responder]

TIPOLOGIA DE LOS DESPARECIDOS[editar]

En cuanto a la tipología de los desaparecidos del franquismo, y bajo los tres grandes epígrafes que desarrolla este trabajo, habria que añadir, al menos junto al de los niños robados del franquismo, el de aquellos otros infantes que a causa de la represión fascista una vez acabada la Guerra Civil Española quedaron en la más absoluta orfandad por la desaparición forzada de ambos progenitores, el padre y la madre. Este es el caso de tres niños, dos hembras y un varón de un pueblo de Extremadura, Villanueva de la Serena. La madre de ambos fue exterminada sin juicio previo el 17 de mayo de 1939, y el padre, significado miembro del PSOE de la región, que por esa fecha estaba en privación de libertad, y en la Cárcel Provincial de Badajoz fue sometido a Consejo de Guerra con pena efectiva de muerte el 23 de mayo de 1941. Los tres hijos de este matrimonio quedaron huerfanos de padre y de madre con 12, 10 y 7 años respectivamente. Dos parientes de los niños se hicieron cargo de ellos, siendo los hermanos separados entre ellos en su educación y custodia. Más allá de las contradiciones fehacientes que existen entre el documento del Tribunal Territorial Militar I sobre el Consejo de Guerra del padre de los niños, bajo el epígrafe de "Auxilio a la Rebelión", y el certificado de la Prisión de Badajoz, donde la Causa No Consta, el Juicio No Consta y el delito No Consta, coincidentes también con la Caja Legajo del Archivo General de la Administración donde el delito tampoco consta, hay que resaltar la prueba que el Juzgado de Instrucción numero 2 de esa localidad extremeña, sede del Registro Civil, aporta en Acta, no se si llamarlo prevaricación o falsedad documental al registrar la defunción de la madre de las criaturas. En el citado documento la muerte se inscibe el 4 de octubre de 1949, más de diez años después de haber fallecido, y consta en la partida de defunción como el 17 de mayo de 1939, coincidente con la fecha en la fue hecha desaparecer. Además la causa de esa defunción aparece tachada con tinta negra y, sin embargo, en la copia que custodia el Registro Civil aparece la leyenda "por la pasada Guerra de Liberacíón". Con este testimonio la dictadura de Franco no solo arrebató a los niños de sus padres, si no que la feroz represión una vez acabada la Guerra Civil tampoco permitió que los hijos de los represaliados gozaran de su derecho a la Patria Potestad. Julio Recuero Casado email: jrecuerof@yahoo.es

Convenio Europeo de DDHH[editar]

La sección "Introducción" dice que el Convenio Europeo de DDHH establece la obligación de emprender una "investigación oficial efectiva e independiente" en todos los casos de desaparición de los que se tenga noticia. No sé exactamente dónde dice tal cosa el Convenio y ruego se indique cuál es el artículo en el que aparece el texto entrecomillado. Sería conveniente que se indicara. Por otra parte, lo cierto es que el Convenio no tiene aplicación retroactiva. Fue ratificado por España en 1979 y no parece aplicable a casos de fechas anteriores. También esa cuestión debería ser aclarada.--Chamarasca (discusión) 00:03 12 nov 2013 (UTC)[responder]

¿Número de desaparecidos?[editar]

«[...] lo que coloca a España como segundo país del mundo en número de desaparecidos tras Camboya», la verdad es que esta afirmación hace caer el artículo en el ridículo. ¿De modo que la URSS, China y tantos otros países donde ha habida millones de muertos no cuentan en dicha lista? — KETAMINODiscusión 11:03 27 nov 2013 (UTC)[responder]

La referencia aportada no expresa más que la opinión personal de alguien de Jueces por la Democracia. Reflejaré esta carencia en el artículo, mientras no se aporte algo mejor. — KETAMINODiscusión 08:56 30 nov 2013 (UTC)[responder]
He corregido el dato. La frase estaba incompleta: "cuyos restos no han sido recuperados ni identificados". Quien sabe puede (discusión) 18:56 23 dic 2013 (UTC)[responder]
Quedan muchos millones por recuperar e identificar en muchos países, especialmente la antigua URSS, China, Alemania, todo el frente del Este... La frase es a todas luces falsa y tendenciosa, característica y representativa de ciertos grupos de presión ideológica bien conocidos. — KETAMINODiscusión 17:40 22 jun 2014 (UTC)[responder]
Creo que el artículo mejoraría si se enlazara la fuente origen de la afirmación "segundo país del mundo en número de desaparecidos tras Camboya". Creo que sería útil para ver qué metodología se ha usado y para ver el ranking.

Falta de neutralidad[editar]

La verdad es que me he cansado de ver el estado de este artículo sin que nadie lo remedie. Adolece de una manifiesta falta de neutralidad. En primer lugar, apenas habla del tema expuesto en el título. No se nos cuenta en qué circunstancias se produjeron las desapariciones durante la guerra y durante la dictadura de Franco. Sin embargo, hay un exceso de argumentación tendenciosa que pretende afirmar que España lleva 35 años violando el Convenio Europeo de Derechos Humanos por no investigar desapariciones que tuvieron lugar antes de su ratificación. Quizá alguien debería aclarar que la ratificación del convenio no permite investigar hechos criminales ocurridos desde la noche de los tiempos. También se podría aclarar que hay un intérprete auténtico del Convenio, que es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; y que cualquier ciudadano español que considere lesionado algún derecho proclamado en el convenio puede presentar una demanda directamente. Si se lleva casi 35 años violando el convenio ¿cómo puede ser que el Tribunal no haya hecho nada para condenar a España?

Por otro lado, se habla de unos informes (en plural, lo que quiere decir que hay al menos dos) que afirman que España es el país con mayor número de desaparecidos tras Camboya. Hace tiempo que introduje la pregunta "¿cuáles?" para que alguien informara de qué informes se habla y quienes son sus autores. No solo no he tenido respuesta, sino que la pregunta ha sido borrada y ahora aparece sustituida por un "se ha llegado a mencionar" que es todo menos enciclopédico. Comienzo a plantearme la posibilidad de que la existencia de tales informes sea un bulo

Además, se ofrece la cifra de desaparecidos proporcionada por una determinada entidad privada como si fuera indiscutida y casi oficial, cosa que dista mucho de ser verdad. Hay que reducir la propaganda presentista y aumentar la información histórica.

Considero que el artículo debería ofrecer más información... mejor dicho, debería ofrecer algo de información sobre cómo se produjeron esas desapariciones en su momento y dejarse de exponer teorías jurídicas minoritarias acerca de la supuesta responsabilidad de los últimos gobiernos españoles por hechos que acontecieron hace décadas. Habrá que aclarar si nos referimos a personas asesinadas durante la guerra, a combatientes desaparecidos en acción, a víctimas no identificadas de bombardeos, a guerrilleros muertos en enfrentamientos con la Guardia Civil durante la posguerra o a personas detenidas en sus casas y hechas desaparecer durante toda la dictadura de Franco (un período muy amplio y diverso, que va desde 1936 a 1975 o 1976). He leído algo sobre la época y hubo momentos de durísima represión, pero no he leído que la policía se llevara personas de sus casas a lo largo de décadas para luego hacerlas desaparecer.

Mientras no se arregle la situación, colocaré la plantilla que advierte de la falta de neutralidad del artículo.--Chamarasca (discusión) 14:23 26 jun 2014 (UTC)[responder]

Confusión con el concepto "desaparecido"[editar]

Observo una completa confusión con el uso del concepto "desaparecido". Las personas contabilizadas por el Gobierno Vasco o las referentes a Navarra son todas "desaparecidas" en el sentido de que murieron, pero en muchos de esos casos sus cadáveres fueron recuperados, por lo que en rigor no estarían "desaparecidos". Es preciso definir "desaparecido" con rigor.— El comentario anterior sin firmar es obra de ‎31.221.146.88 (disc.contribsbloq).

Enlaces externos modificados[editar]

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