Cuerpo de Policía Bolivariana del estado Zulia
| Cuerpo de Policía Bolivariana del estado Zulia (CPBEZ)[1] | ||
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| Activa | 1832 - Presente | |
| País |
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| Rama/s | Seguridad y Orden Público | |
| Tipo | Policía del Estado Zulia[1] | |
| Acuartelamiento | Estado Zulia[1] | |
| Alto mando | ||
| Comandante | General de División José Salvador Viloria Sosa | |
| Cultura e historia | ||
| Lema | Servidores Hoy, Mañana y Siempre. | |
| Aniversarios | 16 de julio | |

Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia (CPBEZ),[1][1] es la fuerza policial autónoma del estado venezolano occidental de Zulia, está bajo el control de la gobernación del estado Zulia. Cómo el resto de los Organismos Policiales de la República Bolivariana de Venezuela, deben rendir cuentas al Ministerio para el Poder Popular de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y el Vice Ministerio para el Sistema Integrado de Policías, adscrito al mismo Ministerio

Historia
[editar]En 1832 se crea mediante una ordenanza, un cuerpo de policía en la región, por parte de la Honorable Diputación Provincial de Maracaibo (actual Consejo Legislativo).[2]
El 31 de octubre de 1833, se aprueba el Primer Reglamento General de Policía Urbana y Rural por la Honorable Diputación Provincial de Maracaibo (actual Consejo Legislativo), firmado para su ejecución por el Gobernador Ramón Fuenmayor, una figura de escasa información en la historiografía regional.
El 19 de noviembre de 1834, se aprueba la Reforma del Primer Reglamento General de Policía Urbana y Rural en el Estado Zulia por la Honorable Diputación Provincial de Maracaibo. En virtud, que “la Diputación Provincial del año 1833 acordó un reglamento de policía, el que quedó defectuoso como lo ha comprobado la experiencia de un año, por cuya razón se hace indispensable su reforma”. (3º Considerando).
Para el 8 de noviembre de 1837, a través de una ordenanza se hace operativa como Institución Policial. Porque señalaba el nombramiento de ocho (8) ministros de Policía, distribuidos de la siguiente manera: tres (3) para la Capital y uno (1) para cada uno de los cantones (Municipios) que existían en la Provincia de Maracaibo.
El 9 de noviembre de 1837 se aprueban las reformas realizadas por la Honorable Diputación Provincial de Maracaibo al Reglamento General de Policía Urbana y Rural que había sido aprobado en 1833.
El 6 de diciembre de 1837, se aprueba el Reglamento sobre Policía Urbana y Rural: orden público en general, pasaportes, seguridad personal, salubridad, comodidad y aseo, arquitectura, gremios, mercados públicos, caminos, puentes y alzadas, ríos y lagos, tierras de pan coger, negocio fraudulento de frutos, sabanas y montes de cría, régimen que debe observarse en el comercio de ganado, responsabilidad de los empleados de policía y disposiciones generales. (Publicado en Actos acordados por la Diputación, 1833 al 1837, PP. 40-70).
El 23 de noviembre de 1842, se deroga la ordenanza del 8 de noviembre de 1837 y mediante decreto se consolida el Cuerpo de Policía con el establecimiento de un (1) Cabo y nueve (9) ministros de Policía.
El decreto esta presentado por el presidente de la Diputación Provincial de Maracaibo para ese momento, Rafael Capó y el Ejecútese por el Gobernador de la Provincia (Estado), José Escolástico Andrade Pirela en firma autógrafa.
Este hecho constituye un hito sin precedentes en la historia de la Institución Policial, porque se demuestra que Nuestro Padre-Fundador fue el General de División José Escolástico Andrade, Prócer de la Independencia cuando en el grado de coronel activo, gobernó la Provincia de Maracaibo entre 1839 y 1844. (Acervo Histórico del Estado Zulia: 1842, Tomo 11, Legajo 12.)

El 23 de agosto de 1876 con motivo del acuerdo de duelo del General de División José Escolástico Andrade Pirela, el Gobierno del Estado resuelve en el punto 3º que “la fuerza cívica, la banda y el Cuerpo de Policía del Estado, llevarán luto por ocho días”. Lo cual le otorgaba para esa fecha a la Institución Policial una antigüedad de 44 años desde su creación en 1832 y 32 años desde la firma del decreto de consolidación por el Padre-Fundador.

La Institución Policial siguió creciendo y consolidándose a través del tiempo y el espacio durante el siglo XIX, adecuándose día tras día a las nuevas realidades.
Denominaciones que ha tenido el Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia a lo largo de su historia
[editar]- Policía Urbana y Rural de la Provincia de Maracaibo (1832-1842).
- Cuerpo de Policía de la Provincia de Maracaibo (1842-1876).
- Cuerpo de Policía del Estado (1876-1962).
- Fuerzas Armadas Policiales (FAP) (1962-1969).
- Policía Municipal (1969-1977).
- Fuerzas Armadas Policiales (FAP) del Estado Zulia (1977-1987).
- Policía del Estado Zulia (PEZ) (1987-2001).
- Policía Regional del Estado Zulia (PR) (2001-2011).
- Cuerpo de Policía del Estado Zulia (CPEZ) (2011-2013).
- Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia (CPBEZ) (2013 hasta el Presente).[3]
Base legal
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Según la Constitución de Venezuela de 1999 debe existir a nivel de toda la república la Policía Nacional de Venezuela y adicionalmente, cada estado federal tiene la competencia exclusiva de organizar su propio cuerpo de Policía autónomo en concordancia a la ley nacional respectiva (art 164[4]), lo mismo que los municipios.
El Consejo Legislativo del Estado Zulia adicionalmente dictó la Ley de Policía Regional del Estado Zulia[5] que junto con la Constitución del Estado Zulia de 2003 (art 25 numeral 6[6]) y la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional (dictada por la asamblea nacional), son la base jurídica del funcionamiento de la policía regional.
Estructura
[editar]La Policía posee un director nombrado y bajo la autoridad del Gobernador del Estado Zulia,[5] y ratificado por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. Su estructura organizativa es la siguiente:
- Dirección General
- Sub Dirección
- Un Estado Mayor
- Direcciones Administrativas/Apoyo
- 20 Centros de Coordinación Policial distribuidos en los 21 Municipios del Estado Zulia y 110 Parroquias
- 9 Unidades Especiales
- Una escuela de Policía propia.(llamada Academia de Policía del Estado Zulia[5]), ratificada por la Universidad Nacional de la Seguridad (UNES)
Jerarquía
[editar]Nivel Operativo: Oficial, Primer Oficial, Oficial Jefe

Nivel Táctico: Inspector, Primer Inspector, Inspector Jefe
Nivel Estratégico: Comisario, Primer Comisario, Comisario Jefe
Nivel de Alta Dirección: Comisario General, Comisario Mayor, Comisario Superior
Para acceder a cada rango es requerido un tiempo de antigüedad y un nivel académico, los cuales van desde bachilleres hasta licenciado con estudios de cuarto nivel.
Los actos de ascenso se realizan los 16 de julio de cada año (Día nacional del Policía en la República Bolivariana de Venezuela)
Véase también
[editar]- Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana
- Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas
- Guardia Nacional de Venezuela
Referencias
[editar]- ↑ a b c d e Primicias24
- ↑ Martinez, Wolfgang (25 de noviembre de 2023). NOTAS PARA UNA BREVE HISTORIA DEL MERITORIO CUERPO DE POLICÍA BOLIVARIANA DEL ESTADO ZULIA -UNA PRESENCIA EN TRES SIGLOS-. Independently published. ISBN 979-8869846174.
- ↑ Martinez, Wolfgang (25 de noviembre de 2023). Independently published, ed. Notas para una breve historia del meritorio cuerpo de Policía del estado Zulia: Una presencia en tres siglos (1832-2023). Publicación Independiente. ISBN 979-8869846174.
- ↑ Constitución de Venezuela de 1999 Art 164
- ↑ a b c http://www.clezulia.gov.ve/leyes/Ejercicio_2001/orden_social/LEY_DE_POLICIA_REGIONAL_DEL_ESTADO_ZULIA_2001.pdf
- ↑ Constitución del Estado Zulia de 2003 Art 25 numeral 6
Enlaces externos
[editar]- Sitio oficial del Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia Archivado el 8 de junio de 2017 en Wayback Machine.
- Policía Nacional de Venezuela
- Consejo General de Policía