Inmueble

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Detalle de la fachada de un inmueble: Se trata del Palacio del Duque de Medina Sidonia, situado en Sanlúcar de Barrameda.

Se consideran inmuebles todos aquellos bienes considerados bienes raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o jurídicamente al terreno, tales como las parcelas, urbanizadas o no, casas, naves industriales, es decir, las llamadas fincas, en definitiva, que son bienes imposibles de trasladar o separar del suelo sin ocasionarles daños, porque forman parte del terreno o están anclados a él. A efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles.

En Derecho civil, la distinción entre bienes muebles e inmuebles lleva aparejada diferentes consecuencias jurídicas, entre las que cabe destacar, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

  • Los bienes inmuebles pueden ser inscritos en un Registro de la propiedad, lo que ofrece una mayor protección a los titulares de derechos sobre ellos.
  • Los bienes inmuebles son el principal objeto de la garantía hipotecaria.
  • Los plazos de usucapión o prescripción adquisitiva para los inmuebles son mayores que los exigidos para las cosas muebles.

No obstante, la protección jurídica privilegiada de la que, históricamente, han disfrutado los bienes raíces y que se justificaba por su mayor importancia económica, ha ido extendiéndose hacia algunos bienes muebles de especial valor. Consecuencia de ello es la protección registral otorgada a aviones, buques u otras cosas singulares, así como la posibilidad de que puedan ser objeto de hipoteca mobiliaria.[1]

Derecho fiscal

En derecho fiscal un bien inmueble puede estar sujeto a uno o varios impuestos:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI): tributo o contribución de carácter directo y naturaleza real que grava la propiedad de una finca. Se paga anualmente, en función del valor catastral o avalúo fiscal asignado al inmueble.
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: tributo de carácter directo que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos que se pone de manifiesto como consecuencia de su transmisión. Su cuantía dependerá de los años transcurridos desde el anterior cambio de titularidad, del municipio en que se encuentre y dentro del propio municipio de su ubicación en el mismo.
  • Impuesto sobre la renta: tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las personas físicas. En este impuesto se grava la titularidad de bienes inmuebles cuando no son utilizados por su propietario y no producen ingresos. Se trata, por tanto, de una "renta presunta" que, con carácter general, supone la integración en la base imponible del impuesto, en concepto de rendimientos del capital inmobiliario, del 2 por ciento de su valor catastral. Además, en los casos de transmisión de inmuebles, la plusvalía obtenida queda gravada también en concepto de ganancia patrimonial.
  • Impuesto sobre el patrimonio: tributo directo de carácter personal que grava el patrimonio neto de las persona físicas. En tanto que los inmuebles entran a formar parte de ese patrimonio neto, quedan gravados también por este impuesto.

Tipos de bienes inmuebles

Los bienes inmuebles se pueden clasificar en:

  • Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.
  • Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.
  • Bienes inmuebles por destino, aquellas cosas muebles que favorecen o benefician al inmueble al que sirven, como utensilios de labranza o minería (ej.: artículo 570 del Código Civil de Chile).[2]

Inversión en Bienes Raíces

La inversión en bienes raíces (bienes inmuebles) es una opción de inversión consistente en la compra de inmuebles tales como una casa, apartamento, local comercial o terreno, para alquilarlo o venderlo luego.

La premisa es que el valor del inmueble comprado aumente de valor para venderlo posteriormente, o que genere una renta al alquilarlo inmediatamente. En caso de terrenos, y dependiendo de su zonificación, hay la posibilidad de su explotación agropecuaria, venderlos cuando aumenten de precio, o desarrollarlos (construir sobre ellos) con el fin de vender o alquilar la propiedad posteriormente. Además, se pueden enumerar una serie de formas indirectas de obtener beneficios en este tipo de inversión.[3]

Generalmente se considera a los bienes raíces como una de las principales alternativas de inversión, ya que permite al inversor adquirir un activo que históricamente tiende a apreciarse, y que, por tanto, posiblemente crezca en valor al venderse o se pueda alquilar con un buen retorno de la inversión. Así, el precio de las viviendas existentes en los Estados Unidos de América, aumentó un 3,4% anual de 1987 a 2009, en promedio.[4]

Investopedia menciona 4 maneras de invertir en Bienes Raíces: rentar siendo propietario, formando grupos de inversión inmobiliaria, el comercio de bienes inmuebles (también conocido como flipping) y los fideicomisos de inversión inmobiliaria (REIT, por sus siglas en inglés).[5]

Véase también

Referencias

  1. Es el caso de la española «Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión». Boletín Oficial del Estado. Legislación consolidada. 18 de diciembre de 1954. Consultado el 24 de enero de 2013. 
  2. Artículo 570 del Código civil de Chile
  3. «Inversión Internacional en Bienes Raíces». www.mycbs.biz. Consultado el 6 de marzo de 2020. 
  4. Case–Shiller index
  5. «4 Simple Ways to Invest in Real Estate». www.investopedia.com/ (en inglés). Consultado el 6 de marzo de 2020. 

Enlaces externos