Servicio de Impuestos Internos

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Servicio de Impuestos Internos
Acrónimo SII
Fundación 1902
Sede Teatinos 120, piso 6, Santiago
Ámbito nacional
Director Julio Pereira G.
Sitio web www.sii.cl

El Servicio de Impuestos Internos (conocido también por su sigla SII) es el servicio público que tiene a su cargo la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos de Chile (es decir, quedan excluidos los impuestos externos, como por ejemplo típicamente los aranceles) fiscales, o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado a un organismo distinto. El ámbito de su competencia delimita, a su vez, el ámbito de aplicación de la normativa tributaria chilena.

Este servicio depende del Ministerio de Hacienda. Posee una dirección regional en cada región del país y cuatro en la Región Metropolitana de Santiago.

Contenido

[editar] Historia

Sus orígenes están en la Ley N° 1.515 del 18 de enero de 1902, promulgado por Germán Riesco. Dicha ley establece el impuesto a la producción de alcoholes y la institución para su recolección y fiscalización: la "Administración de los Impuestos sobre Alcoholes" con su primer director el ingeniero Julio Cousin Daumiere.

Posteriormente se van agregando nuevos impuestos (tabaco y las barajas) y otros tributos lo cual hace que se amplia sus atribuciones y cambios en su nombre a "Dirección General de Impuestos" (1912-1916) y a "Dirección General de Impuestos Internos" (1916).

A mediados de los años 60 toma su actual nombre: Servicio de Impuestos internos.

Durante el período del director Etcheberry, comenzó un proceso de modernización de éste y entre otras cosas logró lanzar una oficina virtual por Internet, que incluía la posibilidad de hacer declaración de impuesto a la renta, siendo uno de los primeros del mundo[cita requerida] y por varios años el sitio web del Estado chileno con más visitas.[1]

[editar] Facultades del servicio

En términos muy generales, se puede señalar que posee facultades administrativas y judiciales:

[editar] Facultades administrativas

  • Interpreta administrativamente la ley tributaria y fija normas complementarias.
  • Representa al Fisco en la aplicación de los impuestos.
  • Asesora al Ministro de Hacienda en materias tributarias.
  • Resuelve reclamos administrativos respecto de la aplicación de los impuestos.

[editar] Facultades judiciales

  • Es el encargado de ejercer la acción penal por delitos tributarios.
  • También resuelve las denuncias por infracción a la ley tributaria.

[editar] Críticas

La crítica más común[¿por quién?] que se hace contra la normativa que regula al SII, es que le otorga al mismo tiempo facultades administrativas y judiciales, y la facultad de aplicar los impuestos. Es decir, el Servicio actuaría como juez y parte, ya que primero aplica el impuesto contra el contribuyente (parte) y después resuelve las reclamaciones que el contribuyente haga (juez).

Esto se considera una flagrante violación al principio de la imparcialidad de los tribunales de justicia, y por lo tanto, se estima que esta normativa atenta contra el artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República, que garantiza a todas las personas el derecho a un debido proceso.

[editar] Directores del SII

[editar] Referencias

  1. SII. «Cuenta Pública 2010» (PDF). Consultado el 28 de junio de 2011.

[editar] Enlaces externos

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