Religión en España

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Nazarenos ante una famosa bodega jerezana.
Nazarenos ante una famosa bodega jerezana.
Sinagoga del Tránsito en Toledo.
Sinagoga del Tránsito en Toledo.

La mayor parte de la población en España (un 77%) se declara católica aunque el porcentaje de practicantes es muy inferior.[1] Existen también minorías islámicas, protestantes, etc., debidas a las inmigración, constituyendo en total un 2,3% los creyentes en alguna religión distinta de la católica; también se han conservado las creencias y costumbres propias de los gitanos que viven en España, que en su mayor parte profesan la religión católica, aunque con extensión del pentecostalismo. Existe un importante porcentaje de personas (18,3%) que no se reconocen en ninguna religión (definiéndose como ateos o no creyentes).[2] [3]

Sin embargo, la población española es actualmente poco practicante en su conjunto: según una encuesta realizada por el CIS en el año 2005, el 49,0% de los autodefinidos como creyentes de alguna religión dice no ir a misa o a otros oficios religiosos nunca o casi nunca y el 18,1% dice ir varias veces al año, mientras que sólo el 18,1% dice acudir a oficios religiosos casi todos los domingos y días festivos, con un 3,0% yendo varias veces por semana.[4]

Tabla de contenidos

[editar] El Estado y las religiones

En el Artículo 16 de la Constitución española, se dice que:

  • Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
  • Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
  • Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Ese artículo fue fruto de un consenso para solucionar la cuestión religiosa en la política española, abandonando la forma de la confesionalidad del Estado, tradicional en la historia española.

Las relaciones con la Iglesia católica se rigen por una serie de Acuerdos internacionales firmados entre el Reino de España y la Santa Sede. Además existe una Comisión mixta de relaciones entre el Estado y la Conferencia episcopal. El estado, en la práctica, subvencionaba en parte (cerca de un 40%) a la iglesia católica, por una serie de razones: por ser mayoritaria, como forma de conservar el patrimonio histórico (catedrales, basílicas...), por su labor social (cultural, espiritual, social, sanitario,...), por razones históricas después de las desamortizaciones del siglo XIX, etc. En el año 2007 se ha establecido un sistema de autofinanciación de la Iglesia por medio de una casilla en la declaración del IRPF.[cita requerida].

Las entidades religiosas se encuentran inscritas en el Registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia. La religión Politeista Asatru, fue reconocida en junio de 2007.[cita requerida]

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

[editar] Notas

  1. El 77% de los españoles se define como católico, en ElPaís
  2. Último estudio del CIS, 2005, pregunta 35
  3. Estudio del CIS de 2005. Pregunta 32
  4. Estudio del CIS de 2005. Pregunta 32a
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