Plan territorial general de Cataluña
El Plan Territorial General de Cataluña (PTGC), es el instrumento básico de ordenación del territorio catalán, de su planificación y de la definición de políticas específicas de desarrollo y reequilibrio territorial. Fue aprobado por la Ley 1/1995 del 16 de marzo.[1]
Los objetivos de este plan son la definición de:
- Las zonas homogéneas según el potencial de desarrollo y su situación socioeconómica.
- Los núcleos de población que pueden ejercer una función reequilibradora en el territorio.
- Los espacios naturales a conservar.
- Las tierras de uso agrícola o forestal a conservar o ampliar.
- Los lugares ideales para la instalación de infraestructuras.
- Los ámbitos de aplicación de los planes territoriales parciales.
Los sistemas de propuestas del Plan son a tres niveles:
- Definición de Áreas Básicas Territoriales (ABT) constituidas por la agrupación de municipios en el umbral mínimo de cobertura territorial para equipamientos colectivos (salud, deporte, saneamiento, educación...).
- Estudio de los grandes sistemas urbanos como áreas de cohesión e influencia en su entorno territorial.
- Definición de los Ámbitos Funcionales Territoriales (AFT) constituidos por agrupaciones de comarcas y sistemas urbanos.
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[editar] Sistemas urbanos
El Plan hace un estudio exhaustivo de los sistemas urbanos definidos a partir de la movilidad laboral que permite establecer unas áreas de cohesión del territorio sobre las que se fundamentan las estrategias de reequilibrio territorial. Se distinguen dos grandes grupos subdivididos en distintos niveles:
- Área metropolitana de Barcelona
- Núcleo central, formado por El Barcelonés y los municipios del sur del Bajo Llobregat a la izquierda del río Llobregat. Forma una conurbación saturada con elevada densidad de población y poca capacidad de crecimiento urbanístico.
- Primera corona exterior, como sistema de expansión y articulación del núcleo central. Está formada por la parte central y litoral de El Bajo Llobregat, y el sur del Maresme hasta Vilasar de Mar.
- Corona externa, como sistema de reequilibrio metropolitano con potencial de crecimiento y posibilidades de descentralización y descongestión. Está formado por los sistemas urbanos de Sabadell, Tarrasa, Martorell, Mataró - Argentona, Villanueva y Geltrú-Sitges y Granollers-San Celoni.
- Rótulas de articulación, con núcleos polares aún débiles pero con un potencial de recursos y capacidad que por su peculiar posición pueden ejercer funciones de reequilibrio y de articulación entre diferentes sistemas urbanos.
- La Selva Marítima, entre Maresme y La Selva, como rótula entre el ámbito metropolitano y el ámbito de las Comarques gironines.
- El Bajo Panadés, como rótula entre el ámbito metropolitano y el Campo de Tarragona.
- Áreas de reequilibrio de Cataluña, localizadas al exterior del ámbito metropolitano.
- Nivel 1, con más de 100.000 habitantes y un elevado potencial demográfico y de actividad que podrían competir con el sistema central metropolitano:
- Nivel 2, sistemas intermedios entre 20.000 y 60.000 habitantes, pero que ejercen una polaridad territorial amplia:
- Nivel 3, pequeñas ciudades de unos 10.000 habitantes con una polaridad débil pero con una notable capacidad de articulación en su seu ámbito territorial: Falset, Gandesa, Mora de Ebro, Mora la Nueva, Flix, Tárrega, Cervera, Guisona, Agramunt, Seo de Urgel, Ripoll, Solsona, Puigcerdá, Berga-Gironella y Tremp-Puebla de Segur.
- Nivel 4, con núcleos de unos 5.000 habitantes con una polaridad débil pero con relevancia territorial en zonas desfavorecidas o en zonas de montaña: Pont de Suert, Viella, Sort, Cardona, San Hilario Sacalm, Arbucias, Calaf, Santa Coloma de Queralt, Besalú, San Quirico de Besora, San Lorenzo de Morunys, Artesa de Segre - Ponts, Oliana-Orgaña, Moyá-Castelltersol, La Granadella-Mayals, Las Planas - San Feliu de Pallarols y San Pedro de Riudevitlles-San Quintín de Mediona-Torrelavit.
[editar] Ámbitos Funcionales Territoriales
Los Ámbitos Funcionales Territoriales (AFT) están definidos como agrupación de comarcas a partir de un sistema urbano central y unos sistemas urbanos con cierto grado de de dependencia. Los ámbitos funcionales son las áreas de planificación que sirven como marco para la definición de planes territoriales parciales. Las diferentes Consejerías de la Generalidad han ido adaptando sus servicios a los ámbitos funcionales y sirven de base para la publicación de datos estadísticos de la Generalidad. Son los siguientes:
- Alto Pirineo y Arán: Alta Ribagorza, Alto Urgel, Cerdaña, El Pallars Sobirá, El Pallars Jussá, Valle de Arán
- Ámbito metropolitano de Barcelona: Barcelonés, Maresme, Vallés Oriental, Vallés Occidental, Bajo Llobregat, Garraf, Alto Panadés
- Comarcas centrales: Noya, El Bagés, Osona, Berguedá, El Solsonés
- Comarcas gerundenses: Alto Ampurdán, Bajo Ampurdán, Pla de l'Estany, Gironés, La Selva, La Garrocha, Ripollés
- Campo de Tarragona: Tarragonés, Alto Campo, Bajo Campo, Bajo Panadés, Priorato, Cuenca de Barberá
- Poniente: Segriá, Garrigas, La Noguera, La Segarra, Urgel, Plana de Urgel
- Tierras del Ebro: Ribera de Ebro, Tierra Alta, Bajo Ebro, Montsiá
El Plan Territorial General de Cataluña preveía seis ámbitos funcionales, pero se modificó mediante la Ley 24/2001, de 31 de diciembre, reconociendo el Alto Pirineo y Arán como nueva área funcional diferenciada del Ámbito de Poniente.[2]