Municipalización de servicios

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La municipalización de servicios, en el Derecho administrativo español, es un concepto que en su acepción general se manifiesta cuando por ley se establece que actividades hasta entonces privadas pasan a tener consideración de servicio público competencia de las administraciones municipales.[1]

También puede entenderse que la municipalización se produce cuando una administración municipal decide asumir la titularidad de una actividad económica hasta entonces privada, con el fin de gestionarla o explotarla como servicio público de manera directa o indirecta.

Remunicipalización de servicios[editar]

Cuando la administración municipal recupera un servicio que se había privatizado o externalizado temporalmente se habla de remunicipalización del servicio.[2][3]

Véase también[editar]

Agua

Referencias[editar]