Manuel Crescencio García Rejón
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| Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá | |
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| Nombre | Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá |
| Nacimiento | 23 de agosto de 1799 Bolonchén Campeche México |
| Fallecimiento | 1849 Ciudad de México México |
| Nacionalidad | |
| Ocupación | Periodista, Abogado y Político Liberal Nacionalista |
Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá (1799-1849), político mexicano, nace en Bolonchenticul, Yucatán, ahora Bolonchén de Rejón, Campeche. Hijo de Manuel García Rejón y doña Bernarda de Alcalá, el primero vallisoletano y la segunda, de ascendencia canaria. Curso sus estudios en la Ciudad de Mérida en filosofía donde ingresó al seminario conciliar de San Ildefonso hasta que se graduó en el año de 1819. Apoyo hasta el día de su muerte, la independencia del estado de Yucatán, como una República Independiente de México.
Contenido |
[editar] Inicios y Carrera Politica
De ideas e iniciativas que encabeza o en las que participa Rejón, son notables para su tiempo. Después de resultar electo diputado al Congreso méxicano propone que sea abolida en México la pena de muerte, por ser contraria a la humanidad y por principios meramente éticos. Además, que fueran abolidas las mitas, mandamientos, repartimientos y servicios personales a que estaban sujetos los indígenas y en relación con Yucatán, cuyos asuntos nunca olvidó como diputado o senador, pide que se concediese la fundación de una universidad en la ciudad de Mérida. En mayo de 1822 el joven diputado yucateco ataca y critica fuertemente a Agustín de Iturbide cuando se hace proclamar emperador; por lo que al disolver Iturbide al Congreso, Rejón se encuentra entre los diputados que van a dar a la cárcel. Fue ministro de relaciones exteriores, diplomático y jurisconsulto.
[editar] Destierro
Cuando Iturbide renuncia y marcha al destierro, vuelve a plantearse en el Congreso la cuestión de una nueva Constitución. En ella participa don Manuel Crescencio Rejón, y no solamente redacta artículos y los defiende en la tribuna, sino que aporta Rejón las bases para la independencia del Poder Judicial, así como la ampliación de las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia. Activista dentro de las logias masónicas, escribe en diversos periódicos. Perseguido, despojado de sus dietas, crítica en lo económico durante los años de 1835 a 1840.
Sufre además la muerte de su pequeño hijo Manuel, de cuatro años. En julio de 1840, participó en una conjura contra el gobierno bustamantista cuyo objetivo era restaurar la Constitución de 1824.
[editar] Resurgimiento politico
Participa en la Constitución yucateca de 1841. Manuel Crescencio Rejón, debe ser considerado a la par con Valentín Gómez Farías, como uno de los más importantes precursores del Movimiento de Reforma Liberal, durante el Siglo XIX. Su labor como legislador fue invariablemente progresista con un pensamiento de avanzada.
[editar] Muerte
Al poco tiempo que presidente Antonio López de Santa Anna le nombró ministro de Relaciones Interiores y Exteriores el 19 de agosto de 1844, cargo que desempeñó durante cuatro meses. Nuevamente diputado desde 1846, falleció tres años después en la ciudad de México.
[editar] Ideales y caracter personal
Rejón, fue un permanente impulsor de reformas políticas encaminadas a la realización de la democracia, tal como el establecimiento de la votación directa para la elección de los miembros del Congreso y de autoridades del Ejecutivo. En este sentido, y también por su defensa de la autonomía de los Poderes Legislativo y Judicial, su actuación tiene un carácter de vigencia y modernidad. Polemista apasionado, siempre en pie de lucha, Rejón fue un periodista político de primer orden, su trabajo fue constante en la redacción de diversos periódicos liberales de su época, la exposición de sus ideas y su combate a tiranos y opresores le valieron persecuciones y cárcel.
[editar] Juicio de Amparo
Rejón defendió siempre la libertad de expresión. Federalista de convicciones firmes. Reconocido como el padre del amparo. El derecho positivo mexicano estableció desde el siglo pasado un mecanismo privilegiado del que puedan hacer uso los particulares para defenderse de los actos de autoridad que violan sus garantías individuales, que es el “Juicio de Amparo”; este recurso es a la vez un juicio de defensa de la legalidad y de defensa de la Constitución. Este mecanismo que tienen los ciudadanos mexicanos fue establecido desde el siglo pasado a nivel local, por el abogado yucateco Manuel Crescencio Rejón, quien lo incluyó en la Constitución Yucateca de 1840 y, a nivel federal, fue impulsada por Mariano Otero, preclaro pensador jalisciense, quien logró que se incluyera en el Acta de Reformas de 1847.


