Mutualidad General Judicial

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Mutualidad General Judicial

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Palacio de Zabálburu, sede de la Mutualidad
Localización
País España
Información general
Jurisdicción EspañaBandera de España España
Tipo Organismo autónomo y entidad gestora de la seguridad social
Sede C/ Marqués del Duero, 7
Madrid
Sistema Seguridad Social de España
Organización
Presidente Secretario de Estado de Justicia
Gerente Juana María Gómez Valle[3]
Depende de Secretaría de Estado de Justicia
Entidad superior Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Empleados 127 (31 de diciembre de 2022)[1]
Presupuesto 128,17 millones de (2023)[2]
Historia
Fundación 29 de junio de 1978 (45 años)
Sitio web oficial
Entrada al Palacio de Zabálburu, sede central del Organismo.

La Mutualidad General Judicial (MUGEJU) es un organismo público español, adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, responsable de la gestión y prestación de los mecanismos de cobertura del régimen especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.[4]

El personal al que presta servicios este organismo abarca todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración, para los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional y los miembros de los Cuerpos profesionales extinguidos o integrados que conserven el derecho a pertenecer a esta Mutualidad.[5]

Historia[editar]

La razón de ser de este organismo se encuentra en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, que estableció que «La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia se regulará en una Ley especial, adaptada a las directrices de la presente Ley y en régimen de mutualismo, a través de una Mutualidad de Funcionarios de la Administración de Justicia».[6]

En virtud de ese mandato, tres años después se aprobó el Real Decreto-Ley 16/1978, que estableció el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia y creó la Mutualidad General Judicial como entidad gestora del mutualismo judicial.[7]

Estructura[editar]

La MUGEJU se estructura a través de dos tipos de órganos: de control y vigilancia, y de dirección y gestión.[4]

Órganos de control y vigilancia[editar]

Los órganos de control y vigilancia de la gestión, también llamados órganos de gobierno, son los órganos encargados de establecer las líneas generales de actuación del organismo así como controlar y vigilar la buena marcha del mismo. Son dos:

  • La Comisión Rectora, compuesta por altos funcionarios del Ministerio de Justicia y de la Administración de Justicia así como del propio organismo, es responsable de establecer los planes de actuación, velar por el cumplimiento dela normativa y así como informar de diversos cambios legales y sobre prestaciones.
  • El Consejo General, compuesto por representantes de los distintos Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, se encarga de conocer todo la información relevante para el organismo y su actividad así como de proponer aquellas medidas que consideren pertinentes para mejorarlo.

Órganos de dirección y gestión[editar]

Por otra parte, existen órganos de dirección y gestión, también llamados órganos ejecutivos. Son dos:

  • La Gerencia. Es el órgano central del Organismo, encargado de la representación, dirección, inspección y gestión directa del mismo. El gerente tiene rango de subdirector general.
  • Las Delegaciones Provinciales, encabezadas por un delegado provincial que actúa por delegación de la Gerencia en su ámbito territorial.

Prestaciones[editar]

Las prestaciones que ofrece la Mutualidad General Judicial se regulan actualmente en el artículo 12 del Real decreto legislativo 3/2000, de 23 de junio y en su reglamento de desarrollo, y son:[8][5]

  1. Asistencia sanitaria.
  2. Subsidio por incapacidad temporal, por riesgo durante el embarazo y por riesgo durante la lactancia natural.
  3. Prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente, total, absoluta y gran invalidez, y para la retribución del personal encargado de la asistencia al gran inválido.
  4. Indemnizaciones por lesión, mutilación o deformidad, de carácter definitivo no invalidante, originada por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él.
  5. Prestaciones sociales y asistencia social.
  6. Prestaciones familiares por hijo a cargo con discapacidad.
  7. Subsidio especial por maternidad o paternidad en los supuestos de parto, adopción o acogimiento múltiples, prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples y prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas o monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.

Financiación[editar]

Las prestaciones anteriormente descritas se financian a través de cuatro vías:[8]

  • Las aportaciones estatales.
  • Las cuotas de los mutualistas.
  • Las subvenciones, herencias, legados o donaciones de cualquier naturaleza.
  • Los bienes que adquiera y sus frutos, rentas e intereses.

Presupuesto[editar]

Evolución del presupuesto de la Mutualidad 1991-2021
Década 1990 Década 2000 Década 2010 Década 2020
Año Presupuesto Variación Ref. Año Presupuesto Variación Ref. Año Presupuesto Variación Ref. Año Presupuesto Variación Ref.
1991 35.526.372 € - [9] 2001 64.888.765 € Crecimiento 6,05 % [10] 2011 103.121.970 € Decrecimiento 1,61 % [11] 2021 111.681.330 € Crecimiento 6,83 % [12]
1992 49.233.127 € Crecimiento 38,58 % [13] 2002 57.698.220 € Decrecimiento 11,08 % [14] 2012 102.796.410 € Decrecimiento 0,32 % [15] 2022 125.044.460 € Crecimiento 11,97 % [16]
1993 49.793.781 € Crecimiento 1,14 % [17] 2003 71.923.960 € Crecimiento 24,66 % [18] 2013 98.563.290 € Decrecimiento 4,12 % [19] 2023 128.172.830 € Crecimiento 2,50 % [2]
1994 47.001.129 € Decrecimiento 5,61 % [20] 2004 77.514.310 € Crecimiento 7,77 % [21] 2014 98.963.730 € Decrecimiento 0,41 % [22]
1995 48.171.252 € Crecimiento 2,49 % [23] 2005 80.027.150 € Crecimiento 3,24 % [24] 2015 99.346.930 € Crecimiento 0,39 % [25]
1996 Sin cambios 0 % 2006 86.411.980 € Crecimiento 7,98 % [26] 2016 101.403.640 € Crecimiento 2,07 % [27]
1997 52.310.880 € Crecimiento 8,59 % [28] 2007 92.340.630 € Crecimiento 6,86 % [29] 2017 101.903.640 € Crecimiento 0,49 % [30]
1998 54.388.921 € Crecimiento 3,97 % [31] 2008 98.469.870 € Crecimiento 6,64 % [32] 2018 104.543.170 € Crecimiento 2,59 % [33]
1999 57.325.069 € Crecimiento 5,4 % [34] 2009 103.827.340 € Crecimiento 5,44 % [35] 2019 Sin cambios 0 %
2000 61.189.577 € Crecimiento 6,74 % [36] 2010 104.811.850 € Crecimiento 0,95 % [37] 2020 Sin cambios 0 %
  • El presupuesto de los años 1991 a 2001 es una conversión de pesetas a euros (1 euro = 166,3860 pesetas).

Véase también[editar]

Referencias[editar]

  1. Intervención General de la Administración del Estado (2022). «Personal al servicio del Sector Público Estatal». Consultado el 1 de julio de 2023. 
  2. a b Ministerio de Hacienda y Función Pública (2023). «Presupuestos Generales del Estado para el año 2023». www.boe.es. Consultado el 27 de diciembre de 2022. 
  3. Press, Europa (7 de febrero de 2024). «Bolaños renueva la dirección del Centro de Estudios Jurídicos y de la Mutualidad General Judicial». www.europapress.es. Consultado el 10 de febrero de 2024. 
  4. a b «Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.». www.boe.es. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  5. a b «Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.». www.boe.es. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  6. «Ley 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.». www.boe.es. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  7. «Real Decreto-ley 16/1978, de 7 de junio, por el que se regula la Seguridad Social de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.». boe.es. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  8. a b «Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.». boe.es. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  9. «Presupuestos Generales del Estado para 1991.». pp. 16-17. 
  10. «PGE 2001». pp. 34-35. 
  11. «PGE 2011». 
  12. «PGE 2021». p. 126557 (600 PDF). 
  13. «Presupuestos Generales del Estado para 1992.». pp. 138-139. 
  14. «PGE 2002». pp. 34-35. 
  15. «PGE 2012». 
  16. «PGE 2022». p. 165675 (562 PDF). 
  17. «Presupuestos Generales del Estado para 1993.». pp. 16-17. 
  18. «PGE 2003». pp. 78-79. 
  19. «PGE 2013». 
  20. «Presupuestos Generales del Estado 1994.». p. 16-17. 
  21. «Presupuestos Generales del Estado para 2004». pp. 34-35. 
  22. «Presupuestos Generales del Estado 2014». 
  23. «Presupuestos Generales del Estado 1995, prorrogados para 1996.». p. 36-37. 
  24. «PGE 2005». pp. 38-39. 
  25. «PGE 2015». 
  26. «PGE 2006». pp. 38-39. 
  27. «PGE 2016». 
  28. «PGE 1997». pp. 92-93. 
  29. «PGE 2007». pp. 38-39. 
  30. «PGE 2017». 
  31. «Presupuestos Generales del Estado 1998». p. 34-35. 
  32. «PGE 2008». pp. 40-41. 
  33. «PGE 2018, prorrogados en 2019 y 2020.». 
  34. «Presupuestos Generales del Estado para 2000». p. 34-35. 
  35. «Presupuestos Generales del Estado 2009». 
  36. «PGE 2000». pp. 34-35. 
  37. «PGE 2010». 

Enlaces externos[editar]