Leyes de Toro

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Las Leyes de Toro son el resultado de la actividad legislativa de los Reyes Católicos, fijada tras la muerte de la Reina Isabel con ocasión de las Cortes de Toro de 1505, en un conjunto de 83 leyes promulgadas el 7 de marzo de ese mismo año por la Reina Juana I de Castilla.

La iniciativa de esta tarea legislativa había partido del testamento de Isabel la Católica, a partir del cual se creó una comisión de letrados entre los que estaban el obispo de Córdoba y los doctores Díaz de Montalvo, Galíndez de Carvajal y Palacio Rubio. Conviene situar el contexto histórico: la reina Juana (que pasó a la historia como la loca) era hija de Isabel y de Fernando el Católico, que en ese momento permanecía como rey de Aragón. En poco tiempo (1507, tras la muerte del marido de Juana, Felipe el hermoso) retomaría el gobierno en Castilla como regente en nombre de su hija, declarada incapaz.

La interpretación jurídica de las Leyes de Toro suele hacerse en el sentido de que ordenan la aplicación, recogen y actualizan el corpus legislativo de la Corona de Castilla durante toda la Edad Media, heredero del gótico Fuero Juzgo (liber iudicorum) y la recepción del Derecho Romano (ius commune o derecho común) a partir de la Baja Edad Media, especialmente el Código de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio y el Ordenamiento de Alcalá; al mismo tiempo que lo coordinaba con los fueros municipales y los privilegios nobiliarios y eclesiásticos, aclarando las contradicciones existentes entre todos ellos. Se componen de 83 preceptos o leyes, sobre diversas cuestiones, especialmente de Derecho Civil, derecho sucesorio, derecho matrimonial, Derecho Procesal, derechos reales y de obligación y, finalmente, materias de Derecho Penal.

Posiblemente la mayor trascendencia de las Leyes de Toro sea la regulación del mayorazgo, cuyo significado social fue garantizar el predominio social de las familias de la alta nobleza vencedoras de las guerras civiles castellanas durante todo el Antiguo Régimen.

Las Leyes de Toro fueron la base de las siguientes recopilaciones legislativas (Nueva Recopilación y Novísima Recopilación), que a su vez estuvieron vigentes hasta la promulgación del Código Civil, en 1889.

Las Leyes de Toro han permanecido vigentes hasta la promulgación del Código Civil, en 1889, y su importancia e interés han suscitado la atención y el estudio de los más célebres jurisconsultos de este país.


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