Junta Municipal de Distrito
Una Junta Municipal de Distrito es un órgano de gobierno que se encarga de la administración de un barrio o distrito de determinadas ciudades.
Sus competencias varían de una ciudad a otra, estando relacionadas generalmente con la organización de la participación ciudadana y la transmisión de las necesidades públicas al propio Ayuntamiento de la ciudad.
Asumirán las siguientes funciones: -Fomentar las relaciones del Excmo. Ayuntamiento con las entidades cívicas y culturales radicadas en el distrito. -Informar a los órganos de gobierno municipal sobre la eficacia de los servicios prestados en el ámbito territorial de la Junta Municipal de Distrito y elaborar estudios sobre las necesidades y prioridades de los mismos. -Facilitar, en el ámbito de su demarcación, la relación constante entre las diferentes áreas y servicios del Excmo. Ayuntamiento -Poner en conocimiento de los órganos municipales competentes las circunstancias colectivas o personales de los vecinos que puedan tener incidencia en las resoluciones que se dicten. -Informar a los vecinos de la actividad municipal a través de los correspondientes órganos de información de cada Junta Municipal de Distrito Cada Junta Municipal contará con un presidente y un vicepresidente que serán nombrados y cesados libremente por el alcalde entre los concejales. El Presidente representará al alcalde en el ámbito de la Junta Municipal y velará por la correcta aplicación del Reglamento de gobierno y administración del Ayuntamiento de Valencia en el ámbito concreto de la Junta Municipal de Distrito. Corresponde al Vicepresidente la asistencia permanente al Presidente en el ejercicio de sus competencias, así como su sustitución en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.