Instituto de Mayores y Servicios Sociales
El actual Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), es una Entidad Gestora del Gobierno de España para la gestión de los servicios complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social que tiene como antecedente inmediato al Instituto Nacional de Servicios Sociales (Inserso), creado por el Real Decreto-Ley 36/1978, de 16 de noviembre,sobre gestión institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo.
Hasta 1997 los colectivos a los que dirigía su acción el Instituto eran las personas mayores y las personas con discapacidad, así como los solicitantes de asilo y refugiados, y su estructura estaba enfocada para un ámbito territorial de gestión a nivel nacional. Este modelo fue modificado por el proceso de transferencias a las Comunidades Autónomas culminado prácticamente a principios de 1998, de modo que en la actualidad la entidad solo mantiene Direcciones Territoriales en las Ciudades de Ceuta y Melilla y los Centros de Referencia de ámbito estatal.
El Real Decreto 140/1997, de 31 de enero, transformó al Inserso en el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (Imserso), ampliando las competencias de la entidad en materia de inmigración, configurando una organización del Instituto por colectivos: personas mayores, personas con discapacidad y migrantes.
En 2004 el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales redenomina al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales con la denominación actual, Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), limitándose desde entonces su ámbito de actuación a los colectivos de personas mayores y personas en situación de dependencia, si bien mantiene todavía importantes responsabilidades en materia de discapacidad como, por ejemplo, la gestión de determinados centros de atención y recuperación de personas con discapacidad física o la propuesta de normativa básica en materia de reconocimiento de la discapacidad.
Desde 2008 el Imserso ha sido adscrito a diversos departamentos ministeriales: en abril de 2008 al entonces Ministerio de Educación, Política Social y Deportes, en junio de 2009, al Ministerio de Sanidad y Política Social y en octubre de 2011 al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
Tras la remodelación de los departamentos ministeriales de diciembre de 2011 regulada por el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, y aprobada la estructura orgánica básica de los mismos por Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre y la del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad por Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, el Imserso queda adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Estructura actual [editar]
La estructura actual del Instituto se rige por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, atribuyendo al Imserso competencias en materia de personas mayores, incorporando, entre ellas, las que se deriven de la creación y puesta en funcionamiento del sistema de protección a las personas en situación de dependencia y el desarrollo de políticas y programas en relación con el envejecimiento activo de la población. Asimismo le corresponde la gestión de los servicios sociales complementarios del sistema de la Seguridad Social y la gestión de los planes, programas y servicios de ámbito estatal para personas mayores y para personas con dependencia. Finalmente se atribuye al Imserso la elaboración de propuestas de normativa básica que garanticen la igualdad de los ciudadanos y el desarrollo de políticas de cohesión social interterritorial en relación con las materias antes enumeradas.
El Imserso, como Entidad Gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, con naturaleza de entidad de derecho público y capacidad jurídica para el cumplimiento de los fines que le están encomendados a tenor del artículo 59.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, tiene competencias en las siguientes materias:
- La gestión y seguimiento de las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contributivas y en la forma prevista en la disposición adicional decimoctava del referido texto refundido.
- Los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de Seguridad Social.
- El seguimiento de la gestión de las prestaciones económicas derivadas de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de las personas con discapacidad, sin perjuicio de la gestión directa de estas prestaciones en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- La propuesta de normativa básica que garantice los principios de igualdad y solidaridad para la determinación de los baremos, a los efectos del reconocimiento del grado de minusvalía.
- La propuesta y ejecución, en su caso, de las funciones atribuidas a la Instituto de Mayores y Servicios Sociales en el artículo 9.1.a) del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, en concreto "La planificación y regulación básica del reconocimiento del derecho a una ayuda personalizada a toda persona dependiente, garantizando un sistema de servicios universal, integrado y uniforme".
- El fomento de la cooperación con las organizaciones y entidades que agrupan a las personas mayores.
- El establecimiento y gestión de centros de atención especializada o de aquellos a los que se les asignen objetivos especiales de investigación de ámbito de actuación estatal en el campo de acción del Instituto.
- La propuesta, gestión y seguimiento de planes de servicios sociales de ámbito estatal en las áreas de personas mayores y de personas dependientes.
- Las relaciones con organismos extranjeros e internacionales y la asistencia técnica a los programas de cooperación internacional en materias y colectivos de su ámbito de acción.
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales se estructura en los siguientes órganos:
De participación en el control y vigilancia de la gestión:
- Consejo General.
- Comisión Ejecutiva.
De dirección:
- La Dirección General.
- La Secretaría General.
- La Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación.
- La Subdirección General de Gestión.
- La Subdirección General de Análisis Presupuestario y de Gestión Financiera.
La gestión de las prestaciones y de los programas de servicios sociales atribuidos al Instituto de Mayores y Servicios Sociales se realizará a través de las Direcciones Territoriales de Ceuta y Melilla y de los centros de competencia estatal.
Lista de Directores Generales [editar]
- César Antón Beltrán (2011- )
- Purificación Causapié Lopesino (2010-2011)
- Pilar Rodríguez Rodríguez (2008-2010)
- Natividad Enjuto García (2007-2008)
- Ángel Rodríguez Castedo (2004-2007)
- Antonio Lis Darder (2002-2004)
- Alberto Galerón de Miguel (2000-2002)
- Héctor Maravall Gómez-Allende (1992-2000)
- Angel Rodríguez Castedo (1985-1992)
- Luis Santonja Peris (1979-1980)
